Está Vd. en

Documento BOE-B-2010-167

Resolución de la Presidencia del Fondo Español de Garantía Agraria por la que se hace público la notificación a Galia Foods, Sociedad Limitada.

Publicado en:
«BOE» núm. 3, de 4 de enero de 2010, páginas 228 a 229 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino
Referencia:
BOE-B-2010-167

TEXTO

El Presidente del Fondo Español de Garantía Agraria en relación con el procedimiento administrativo sancionador 6221/07 incoado contra la firma Galia Foods, Sociedad Limitada, y debido a la imposibilidad de hacer efectiva la comunicación de las actuaciones que constituyen el citado procedimiento al interesado, para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Hago saber: Por el Fondo Español de Garantía Agraria se ha dictado resolución de fecha 14 de diciembre de 2009, en virtud de la delegación conferida por la Excma. Sra. Ministra de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino (Capítulo I-sexto, O.M. ARM 499/2009-BOE 3-3-2009), con el contenido siguiente:

Imponer a la firma Galia Foods, Sociedad Limitada, en aplicación de la letra a) del artículo 51.1 del Reglamento (CE) 800/1999 de la Comisión, de 15 de abril, una sanción de 213,55 euros, equivalente a la mitad de la restitución a la exportación de distintas partidas de productos transformados que solicitó y obtuvo y a la cual no tenía derecho, dado que no había quedado acreditado el cumplimiento de los requisitos previstos reglamentariamente para la efectiva obtención de tales restituciones.

De conformidad con lo establecido en el artículo 51 del Reglamento (CE) 800/1999, el importe indicado deberá hacerse efectivo en el plazo de treinta días a contar desde el siguiente al de la recepción de esta notificación, mediante transferencia bancaria a la entidad: 9000 Banco de España, Sucursal: 0001 Madrid; C/c 20-0200009025 "Fega-Feaga Garantía Organismo Pagador".

Una vez efectuada dicha transferencia deberán remitir fotocopia del resguardo de la misma en el que se indicará el número de expediente, a la Subdirección General Económico Financiera, C/ Almagro, 33, 28010 Madrid y al Área de Procedimiento Administrativo y Régimen Legal de la Secretaría General del Organismo, C/ Beneficencia, 8, 28004 Madrid.

Si transcurrido el plazo citado no se tuviera constancia de la realización del pago se procederá sin más comunicación, a su cobro por vía de apremio, con el consiguiente abono de los recargos e intereses que legalmente procedan.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 116 de la ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según redacción aprobada por la ley 4/1999, la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá ser impugnada potestativamente en reposición ante este Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación, o directamente ante la Audiencia Nacional con la interposición de recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación, sin que puedan simultanearse ambos recursos.

Lo que se hace público en sustitución de la notificación directa a las personas interesadas, las cuales podrá dirigirse al Fondo Español de Garantía Agraria, C/ Beneficencia, 8, Madrid, para conocer el texto íntegro de la mencionada resolución.

Madrid, 23 de diciembre de 2009.- El Presidente, Fernando Miranda Sotillos.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid