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Documento BOE-B-2010-13165

MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 91, de 15 de abril de 2010, páginas 40528 a 40528 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO SOCIAL
Referencia:
BOE-B-2010-13165

TEXTO

Doña Carmen Dolores Blanco de la Casa, Secretario Judicial del Juzgado de lo social número 2 de Madrid,

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución 13/10 de este Juzgado de lo social, seguido a instancia de doña Verceli de los Angeles Aguirre Sánchez contra la empresa Fincas Corral S.L sobre ordinario, se ha dictado resolución de fecha 23 de marzo de 2010 cuya parte dispositiva es:

En atención a lo expuesto, se acuerda:

a) Declarar al ejecutado Fincas Corral S.L, en situación de insolvencia total por importe de 5904,58 euros, insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional.

b) Archivar las actuaciones previa anotación en el libro correspondiente, y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes del ejecutado.

De conformidad con el art. 274-5 de la Ley de Procedimiento Laboral, remítase testimonio de estar resolución al Boletí Oficial del Registro Mercantil a efectos de publicación de su parte dispositiva.

Notifíquese esta resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial, advirtiéndose que frente a la misma cabe recurso de reposición en el plazo de cinco días hábiles ante este Juzgado, Y una vez firme hágase entrega de certificación a la parte ejecutante para que surta efectos ante el Fondo de Garantía Salarial.

Si quien recurre en reposición no ostenta la condición de trabajador beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, Ministerio Fiscal, Estado, Comunidad Autónoma, entidad local u organismo autónomo dependiente de aquéllos, vendrá obligado a consignar como depósito, en la cuenta bancaria de este Juzgado abierta en Banesto con el número 2500, la cantidad de 25 euros, como requisito necesario para la admisión a trámite del recurso de reposición, lo que deberá acreditarse, mediante el correspondiente resguardo de ingreso, al tiempo de presentar el recurso de reposición (D. Ad. 15.ª de la LOPJ según redacción dada por L.O. 1/2009 de 3 de noviembre).

Así lo acuerda, manda y firma S.S.ª el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez, don Isidro Saiz de Marco, doy fe.

Madrid, 23 de marzo de 2010.- Doña Carmen Dolores Blanco de la Casa, Secretario Judicial.

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