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Documento BOE-B-2010-12435

ESTEPONA

Publicado en:
«BOE» núm. 87, de 10 de abril de 2010, páginas 38240 a 38240 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2010-12435

TEXTO

Cédula de Notificación

En el procedimiento Procedimiento Ordinario 67/08 seguido en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 3 de Estepona, Málaga a instancia de Cia. de Obras Castillejos, S.A., contra Avenida de Andalucía Sociedad Cooperativa Andaluza, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

Sentencia n.º 79/09

En Estepona, a 12 junio de 2009.

Dña. Mª del Carmen Gutiérrez Henares, Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 3 de Estepona, Málaga y su partido, habiendo visto los presentes autos de Procedimiento Ordinario 67/08 seguidos ante este Juzgado, entre partes, de una como demandante Cia. de Obras Castillejos, s.a., representado por el Procurador de los Tribunales D. Carlos Fernández Martínez y asistido por el letrado D. José Carlos López Pérez; y de otra como demandado Avenida de Andalucía Sociedad Cooperativa Andaluza, en situación de rebeldía procesal, sobre reclamación de cantidad.

Fallo:

Que debo estimar y estimo íntegramente, la demanda interpuesta por el Procurador de los Tribunales D. Carlos Fernández Martínez, en nombre y representación de la Compañía de Obras Castillejos, S.A., contra Avenida de Andalucía Sociedad Cooperativa Andaluza, condenando a la demandada al pago a favor de la demandante de la cantidad de 59.487,20 euros en concepto de intereses devengados hasta el día 30 de noviembre de 2007, exceso de intereses ya devengados sobre los garantizados con la hipoteca constituida sobre la finca registral 48.639 más la cantidad que resulte a razón de 16,89 euros/día desde el día 1 de diciembre de 2007 hasta el total y completo pago del principal que asciende a 34.258,30 euros, más los intereses legales devengados desde la interposición de la demanda y costas del procedimiento.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra ella cabe Recurso de Apelación ante la Audiencia Provincial de Málaga (artículo 455 L.E.C.). El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (Art. 457.2 Ley Enjuiciamiento Civil.

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al/a los demando/s Avenida de Andalucía Sociedad Cooperativa Andaluza,extiendo y firmo la presente

Estepona, 15 de enero de 2010.- El/La Secretario.

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