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Documento BOE-B-2009-7987

GIRONA.

Publicado en:
«BOE» núm. 64, de 16 de marzo de 2009, páginas 30894 a 30895 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2009-7987

TEXTO

edicto

Don Carlos Peinado Domínguez, Magistrado-Juez del Juzgado Mercantil n.º 1 de Girona,

HAGO SABER: Que en el concurso voluntario n.º 195/2008, se ha acordado median auto de esta fecha la transformación de la fase de convenio a liquidación de oficio de conformidad con lo prevenido en el art. 143.1ºª de la Ley Concursal el cual en su parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

parte dispositiva

ACUERDO: DECLARAR la transformación de la fase de convenio del presente procedimiento concursal de la entidad mercantil TÉCNICA CONSTRUCTORA PADILLA, S.L., con CIF A-17/156928 y ABRIR de oficio la fase de liquidación, en los términos previstos en el artículo 143.1.1º de la Ley Concursal, al no haberse presentado dentro del plazo legal ninguna propuesta de convenio.

Durante la fase de liquidación quedarán en suspenso las facultades de administración y disposición de la entidad concursada sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el Título III de la Ley Concursal. Asimismo se declara la disolución y el cese de los administradores o liquidadores, que serán sustituidos por la administración concursal para proceder de conformidad con lo establecido en esta Ley.

Anúnciese por edictos la apertura de oficio de la fase de liquidación, que se fijarán en el tablón de anuncios de este Juzgado y se publicarán en el Boletín Oficial del Estado y en el Diari de Girona.

Inscríbase, asimismo, en los Registros correspondientes la apertura de la fase de liquidación, librándose los oportunos mandamientos al Registro Mercantil de Girona, haciéndole saber del cierre de la fase de convenio y la apertura de la fase de liquidación, la suspensión de las facultades de los administradores, la disolución y el cese de los administradores o liquidadores, que serán sustituidos por la administración concursal.

Entréguese en debida forma al procurador Lluis Martínez Ferrer, los mandamientos y oficios correspondientes para la práctica inmediata de las anotaciones acordadas.

En el plazo de 8 días computados desde la notificación de esta resolución la administración concursal presentará un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la Ley Concursal.

Fórmese la Sección sexta de calificación del concurso, que se encabezará con testimonio de esta resolución y del auto de declaración de concurso.

MODO DE IMPUGNACIÓN: mediante recurso de REPOSICIÓN ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de CINCO DÍAS hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 197.2 de la Ley Concursal y 451, 452 de la LEC).

Así lo manda y firma el Magistrado-Juez, D. Carlos Peinado Domínguez del Juzgado Mercantil 1 Girona; de lo que doy fe.

y para que sirva de publicidad a los efectos prevenidos en los artículos 144 en relación con los arts. 23 y 24 de la Ley Concursal, expido el presente en Girona, a 13 de enero de 2008.

Girona, 13 de enero de 2008.- EL MAGISTRADO JUEZ.

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