El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Santander, en su sesión de 18 de febrero de 2009, en virtud de las facultades conferidas por el artículo 40.5, en su apartado ñ), de la Ley 27/1992, de 24 de noviembre, de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, modificada por la Ley 62/1997, de 26 de diciembre, y en la Ley 48/2003, de 26 de noviembre, de Régimen Económico y de Prestación de Servicios de los Puertos de Interés General, por unanimidad, adoptó el acuerdo de otorgar concesión administrativa al "Ayuntamiento de Santoña", para establecer en el edificio del Faro del Pescador un espacio expositivo público con temas vinculados a faros y la cultura marinera, por un plazo inicial de treinta y cinco (35) años, destacando las siguientes condiciones de otorgamiento:
A) Superficie de dominio público otorgado: 149,10 metros cuadrados de superficie, ubicados en el Faro del Pescador.
B) Tasas:
b.1) Tasa por ocupación privativa de dominio público: Por ocupación de terrenos: 39,26 euros por año; y por ocupación de obras e instalaciones: 12.438,86 euros por año.
b.2) Tasa por aprovechamiento especial del dominio público en el ejercicio de actividades comerciales, industriales y de servicios: Exento, según lo dispuesto en el artículo 17.2.a) de la Ley 48/2003.
Lo que se hace público para el general conocimiento de conformidad a lo previsto en el artículo 110.7 de la Ley 48/2003, de 26 de noviembre, de Régimen Económico y de Prestación de Servicios de los Puertos de Interés General.
Santander, 3 de marzo de 2009.- El Presidente de la Autoridad Portuaria de Santander, Christian Manrique Valdor.
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