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Documento BOE-B-2009-7079

OVIEDO.

Publicado en:
«BOE» núm. 58, de 9 de marzo de 2009, páginas 26939 a 26939 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2009-7079

TEXTO

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil número dos de Oviedo, en cumplimiento con lo dispuesto en la Ley Concursal (LC), Anuncia:

1º.- En el presente procedimiento concursal del concursado Asistencia Internacional Sociedad Anónima con CIF número A-33037631, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en calle Manuel Cueto Guisasola número cuatro – Oviedo, se deja sin efecto la fase de convenio acordada por auto de catorce de enero de 2009 y se abre la fase de liquidación por auto de trece de febrero de 2009, convirtiéndose en este sentido el contenido de la Sección quinta. Consecuentemente queda sin efecto el señalamiento de la Junta de acreedores para el día diecinueve de marzo de 2009.

2º.- Durante la fase de liquidación queda en suspenso las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el Título III de la LC.

Se declara el cese de los administradores de la sociedad concursada que serán sustituidos por la administración concursal.

3º.- Anúnciese por edictos la apertura de la fase de liquidación que se fijará en el tablón de anuncios del Juzgado y se publicarán en el Boletín Oficial del Estado y en el periódico La Voz de Asturias.

Inscríbase asimismo en los Registros correspondientes la apertura de la fase de liquidación.

4º.- En el plazo de quince días, computados desde la notificación de esta resolución, la administración concursal presentará un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado, conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la LC.

5º.- Procédase a la formación de la sección sexta de calificación del concurso, que se encabezará con testimonio de esta resolución y del auto de declaración del concurso (artículo 163.1.2ª)

Oviedo, 17 de febrero de 2009.- El/La Secretario Judicial.

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