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Documento BOE-B-2009-694

PAMPLONA.

Publicado en:
«BOE» núm. 14, de 16 de enero de 2009, páginas 3483 a 3483 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2009-694

TEXTO

El Juzgado de lo Mercantil de Navarra, Anuncia:

1.- Que en el procedimiento concursal número 0000243/2008 referente al deudor Sercom España Grupo Corporativo S.L., así como en los procedimiento que a continuación se relaciona, relativos a las empresas concursadas pertenecientes al mismo grupo empresarial, se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores:

1.- Sercom Comunicación e Imagen S.L. 229/2008.

2.- Sercom Viajes S.L. 230/2008.

3.- Sercom Centro de Formación S.L. 231/2008

4.- Sercom Gestion Centralizada S.L. 232/2008

5.- Sercom Asesoria y Consulting S.L. 233/2008.

6.- Ciudad Negocio Inversiones S.L. 234/2008.

7.- Activa Online Desarrollo Tecnológico S.L. 235/2008.

8.- Sercom Desarrollo y Expansión S.L. 236/2008.

9.- Ahora Viajomas.Com S.L. 237/2008.

10.- Sercom Financial Servicies S.L. 238/2008.

11.- Esemace Central Editora y Producciones S.L. 239/2008.

Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaria del Juzgado, así como obtener copias, a su costa.

2.- En las respectivas resoluciones recaídas en esta fecha y el 1 de octubre de 2008 se ha acordado comunicar la presentación de dichos informes en el Tabón de anunción del Juzgado, así como en el BOE y en el Diario de Navarra.

3.- Dentro del plazo de Diez Días, computado desde el día siguiente a la última de las comunicacioenes de este edicto en los medios indicados, cuyos destinatarios son todos los acreedores de las entidades concursadas anteriormete realcionadas, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil.

3.- Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador.

Pamplona/Iruña, 20 de octubre de 2008.- El/La Secretario Judicial.

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