Está Vd. en

Documento BOE-B-2009-6787

Anuncio de la Demarcación de Carreteras del Estado en Cantabria sobre resolución de 30 de enero de 2009 de la Excma. Sra. Ministra de Fomento, por la que se aprueba el expediente de información pública y el Estudio Informativo: Carretera N-623 de Burgos a Santander. Variante de Alceda y Ontaneda. Clave: EI-2-S-15.

Publicado en:
«BOE» núm. 55, de 5 de marzo de 2009, páginas 26476 a 26477 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-B-2009-6787

TEXTO

Visto el informe de la Dirección General de Carreteras sobre el estudio informativo de referencia y en uso de la competencia establecida en la Resolución de Delegación de Atribuciones de 30 de mayo de 1996, la Secretaria de Estado de Infraestructuras, por delegación (Resolución de Delegación de Atribuciones 30-05-1996), resuelve:

1. Declarar que el expediente de información pública reseñado en el asunto cumple con lo preceptuado en los artículos 32, 33, 34 y 35 del vigente Reglamento de Carreteras (1812/1994 de 2 de septiembre).

2. Aprobar el expediente de información pública y definitivamente el estudio informativo de clave EI-2-S-15 "Carretera N-623 de Burgos a Santander. Variante de Alceda y Ontaneda" seleccionando como alternativa a desarrollar en el proyecto de construcción la denominada alternativa 2 consistente en una variante de 5,676 Km de longitud, de sección 7/10 y un presupuesto base de licitación de 25,8 Meuros.

3. En el proyecto de construcción se tendrán en cuenta las prescripciones siguientes:

3.1. Las establecidas en el DIA de fecha 15 de septiembre de 2008 publicada en el BOE de 10 de octubre de 2008.

3.2. Se estudiarán la reposición de todos los caminos y vías pecuarias que aseguran la correcta permeabilidad de la carretera minimizando las afecciones a espacios agrícolas.

3.3. Se cumplirán las condiciones impuestas por la normativa del Plan Hidrológico Norte II.

3.4. Se realizará un estudio del ruido generado, y se adoptarán las medidas correctoras oportunas.

3.5. En la redacción del proyecto se realizará un estudio detallado de préstamos y vertederos.

3.6. Al proyecto le deberá acompañar un informe de afección de sus repercusiones sobre los hábitats y especies objeto de protección, tal y como establece la Ley de Cantabria 4/2006.

La presente Resolución pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 109.c) de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y, contra la misma se puede interponer recurso potestativo de reposición, ante la Ministra del Departamento, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional. El plazo para interponer dichos recursos es, respectivamente de uno (1) o dos (2) meses a partir del día siguiente al de la publicación de aquélla en el "Boletín Oficial del Estado", sin que quepa formular el recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.

Santander, 20 de febrero de 2009.- El Jefe de la Demarcación de Carreteras del Estado en Cantabria, Fdo.: Vicente Revilla Durá.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid