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Documento BOE-B-2009-41268

GIRONA

Publicado en:
«BOE» núm. 288, de 30 de noviembre de 2009, páginas 148702 a 148702 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2009-41268

TEXTO

Don Jose Antonio Marquinez Beitia, Secretario Judicial del Juzgado Mercantil número 1 de Girona,

Hago saber: Que en el concurso voluntario número 668/08 se ha acordado mediante auto de esta fecha la apertura de la liquidación, de conformidad con lo prevenido en el artículo 143 de la ley concursal, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:

"Acuerdo: Declarar finalizada la fase común del presente procedimiento concursal de la entidad mercantil"Nou Dolmen Sociedad Limitada", unipersonal, y abrir la fase de liquidación, formándose la sección quinta, la cual se encabezará con testimonio de esta resolución.

Durante la fase de liquidación quedarán en suspenso las facultades de administración y disposición de la entidad concursada sobre su patrimonio, con todos los efectos establecidos en el titulo tercero de la Ley concursal. Asimismo, se declara la disolución y el cese de los administradores o liquidadores, que serán sustituidos por la administración concursal para proceder de concormdidad con lo establecio en esta ley.

Anúnciese por edictos la apertura la fase de liquidación, que se fijarán en el tablón de anuncios de este Juzgado y se publicarán en el "Boletín Oficial del Estado".

Inscribase, asimismo, en el Registro mercantil de Girona la apertura de la fase de liquidación, librándose el oportuno mandamiento.

En el plazo de ocho días computados desde la notificación de esta resolución, la administración concursal presentará un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado, conforme a lo dipuesto en el artículo 148 de la Ley concursal.

Fómese la sección sexta de calificación del concurso, que se encabezará con testimonio de esta resolución y del auto de declaración de concurso."

Y para que sirva de publicidad a los efectos prevenidos en el artículo 144, en relación con los artículos 23 y 24 de la Ley concursal, expido el persente.

Girona, 13 de noviembre de 2009.- El Secretario Judicial.

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