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Documento BOE-B-2009-41264

GIRONA

Publicado en:
«BOE» núm. 288, de 30 de noviembre de 2009, páginas 148697 a 148698 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2009-41264

TEXTO

Edicto.

El Juzgado de Primera Instancia número 6, con funciones de mercantil de Girona, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia:

Que en el procedimiento número 1037/2005 concurso, por auto de fecha 4 de octubre de 2009 se ha dictado auto que es del tenor literal siguiente:

Juzgado Mercantil 1 de Girona, avenida Ramon Folch, 4-6, Girona.

Procedimiento: Concurso 1037/2005. Parte demandante: "Givecork, S.A." Procurador: Maria Angels Vila Reyner. Administradores: Señor Batllori, señor Gumbert, señor Cortadas.

Auto

Magsitrado Juez: Hugo Novales Bilbao.

En Girona, a 4 de noviembre de 2009.

Antecentes de hecho:

Primero.-En el presente juicio se ha dictado sentencia de fecha 13 de noviembre de 2007, que ha sido notificada a las partes en 16 de noviembre de 2007.

Segundo.-En la referida resolución no se expresa el cese de los administradores concursales de la mercantil "Givecork, S.A."

Fundamentos de Derecho:

Único.-El artículo 214.1 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn), después de proclamar el principio de que los tribunales no podrán variar sus resoluciones una vez firmadas, permite sin embargo, en el apartado 3 rectificar errores materiales manifiestos o errores aritméticos que se hubieran podido cometer, rectificación que puede tener en cualquier tiempo.

En el presente caso se ha omitido el cese de los Administradores y dar publicidad en el "Boletín Oficial del Estado" previsto en los artículos 23 y 24 de la Ley Concursal, ahora advertido, es manifiesto, como se desprende de la simple lectura de los autos, por lo que procede su rectificación.

Parte dispositiva:

Acuerdo: Se rectifica la sentencia de fecha 13 de noviembre de 2007 haciendo constar en el fallo de la misma de conformidad con lo dispuesto en el artículo 133 de la Ley Concursal el cese de los Administradores concursales señor Batllorei, señor Gumbert y señor Cortadas.

Líbrese edicto al "Boletín Oficial del Estado" el cual será entregadao a la procuradora señora Vila una vez firme la presente resolución.

Modo de impugnación: Mediante recurso de reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efectos lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de cinco días hábiles contados desde el siguiente de la modificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículos 451 y 452 de la Ley Enjuiciamiento Civil).

Lo acuerda y firma el Magistrado-Juez Hugo Novales Bilbado del Juzgado Mercantil 1 de Girona, doy fe.-El Magistrado Juez.-El Secretario Judicial.

Girona, 4 de noviembre de 2009.- El Secretario Judicial, José Antonio Marquínez Beitia.

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