Está Vd. en

Documento BOE-B-2009-40182

MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 282, de 23 de noviembre de 2009, páginas 145496 a 145497 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2009-40182

TEXTO

Edicto

Doña M.ª Jesús Palmero Sandín, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 6 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:

Que el procedimiento concursal 208/06 referente al concursado Afinsa Bienes Tangibles, S.A., por auto de fecha 4 de noviembre de 2009, ha dispuesto lo siguiente:

1.- Acordar la apertura, de oficio, de la fase de liquidación, de la mercantil Afinsa Bienes Tangibles, S.A.

2.- Acordar la continuación de la suspensión, durante la fase de liquidación, de los administradores sociales en las facultades de administración y disposición, que serán íntegramente asumidas por los administradores concursales, con todos los efectos establecidos en el Título III de la L.Co.

3.- Declarar el cese de los Administradores o Liquidadores sociales –en su caso-, que serán sustituidos por la Administración concursal.

4.- Declarar disuelta la sociedad concursada; si no estuviera ya acordada la misma.

5.- Declarar, junto a lo señalado en el Capítulo II del Título III de la L.Co., a fecha de la presente resolución, el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos consistentes en otras prestaciones.

6.- Acordar la apertura y formación de la Sección 6ª, de calificación del concurso, que se encabezará con testimonio de esta Resolución y del Auto de declaración del concurso; haciendo constar en la publicación de edictos que cualquier interesado podrá personarse y ser parte en dicha Sección dentro de los diez días siguientes a la última de las publicaciones; alegando al tiempo cuanto estime relevante respecto a la calificación del concurso.

7.- Ordenar la publicación por edictos de la apertura de la fase de liquidación, que se fijará en el tablón de anuncios de este Juzgado, así como la publicación en el BOE y en el periódico en el que se publicó la declaración del presente concurso, tanto en España como en el extranjero; haciendo entrega al Procurador del instante de los oficios y mandamientos necesarios para su adecuado diligenciamiento;

8.- Procede inscribir en el Registro Mercantil la declaración de la apertura de la fase de liquidación; lo acordado respecto a la suspensión de las facultades de administración y disposición de la concursada, así como el cese de tales administradores sociales y el simultáneo nombramiento de los administradores concursales en las funciones de aquellos, así como la disolución de la sociedad concursada, de no estar ya acordada.

9.- Ordenar la inscripción de la apertura de la fase de liquidación en el Registro de la Propiedad y en los demás registros en los que figuren bienes a nombre de la concursada.

10.- Los respectivos oficios y mandamientos se entregarán al Procurador de Ia instante para que cuide de su diligenciado, significándole el deber de remitirlos de inmediato a los medios de publicidad correspondientes y, una vez verificados, aportar para su unión al presente procedimiento, de justificante de su publicación, inscripción o anotación.

11.- Acordar la temporal suspensión del plazo para la formulación por la Administración concursal del plan de liquidación; a los fines señalados.

Notifíquese esta resolución (que no constituye "…apelación más próxima…" a los efectos del art. 197 L.Co.) a la partes personadas; haciéndole saber a las partes que la presente Resolución es definitiva, siendo susceptible de recurso de reposición, a formular ante este Juzgado en el plazo de cinco días a contar desde su notificación.

Madrid, 4 de noviembre de 2009.- La Secretaria Judicial.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid