EL Juzgado de lo Mercantil n.º 9 de Madrid, anuncia:
1.- Que en el procedimiento concursal número 6/2009 referente al concursado Hidrotermal, S.L., por Auto de fecha 29/10/09 se ha acordado lo siguiente:
2.- Se deja sin efecto la fase de convenio por no haberse presentado ninguna propuesta.
3.- Se abre de oficio la fase de liquidación, conforme a lo ordenado en los art 114.3 y 143.1 LC.
4.- Durante la fase de liquidación quedan en suspenso las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el Título III de la LC.
5.- Se declara disuelta la mercantil Hidrotermal, S.L., cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal.
5.- En el plazo de quince días computados desde la notificación de esta resolución, la administración concursal presentará un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la LC.
Madrid, 2 de noviembre de 2009.- Secretaria Judicial.
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