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Documento BOE-B-2009-33600

SANTA CRUZ DE TENERIFE

Publicado en:
«BOE» núm. 241, de 6 de octubre de 2009, páginas 119557 a 119558 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2009-33600

TEXTO

Edicto.

Don Alfonso Núñez Gómez, Secretario Titular del Juzgado de los Mercantil número 1 de los de Santa Cruz de Tenerife.

Hago saber: Que en el procedimiento concursal número 11/09, de la Entidad Limpiezas, Servicios y Reformas Archipiélago, S.L. (LYSCAN, S.L.), se ha dictado Auto de fecha 28/05/2009, cuyos puntos principales de su parte dispositiva, son del tenor literal siguiente:

"...parte dispositiva

Segundo.-Declaro en situación legal de Concurso Voluntario Abreviado a la Entidad Limpiezas, Servicios y Reformas Archipiélago, S.L. (LYSCAN, S.L.), con CIF-B38720157 se ha presentado escrito solicitando la declaración de concurso de su representada, la cual tiene su domicilio en Urb. Parque La Reina, Bloque 11, de Arona. Inscrita en el Registro Mercantil de Santa Cruz de Tenerife al Tomo 2.449, Folio 203, Hoja TF-31556.

Tercero.-El concursado conservará las facultades de disposición y administración de su patrimonio de acuerdo al estado legal en que se encuentra, quedando sometido el ejercicio de sus facultades a la intervención de la Administración Concursal mediante su autorización o conformidad.

Septimo.-Llámese, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 21.5.º, 84 y 85 de la Ley Concursal, a todos los acreedores de la Entidad deudora, para que en el medio mes, es decir 15 días naturales por aplicación del artículo 191.1 de la L. Concursal a contar desde su publicación en el B.O.E., acordada en este Auto, comuniquen a la Administración Concursal la existencia de sus créditos, por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, escrito que ha de presentarse en el Juzgado Decano de este Partido Judicial y en el que se expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda y caso de invocarse un privilegio especial, los bienes y derechos a que afecte y, en su caso, datos registrales, acompañado de los originales de los documentos relativos al crédito, de la representación en su caso alegada y, una copia de todo ello.

Comuníquese la declaración de concurso a los Juzgados de Primera Instancia e Instrucción y a los de lo Social de la provincia de Santa Cruz de Tenerife, así como al Fondo de Garantía Salarial a los efectos prevenidos en el Art. 33 del Estatuto de los Trabajadores.

Décimo.-Cítese al Fondo de Garantía Salarial a los efectos del artículo 184.1 de la Ley Concursal.

Undécimo.-Las personas legitimadas conforme a la Ley Concursal, para personarse en el procedimiento deben hacerlo por medio de Procurador y Asistidos de Letrado, a salvo de lo que dispone la Ley de Procedimiento Laboral para la representación y defensa de los trabajadores.

Notifíquese la presente resolución a las partes personadas y demás interesados, haciéndoseles saber que de conformidad con lo establecido en el artículo 197 de la Ley Concursal, contra la misma cabe interponer recurso de reposición ante este mismo Juzgado en el plazo de cinco días, sin que dicha interposición produzca los efectos de la suspensión del presente procedimiento.

Así lo acuerda, manda y firma D. Juan Antonio González Martín, Magistrado-Juez, por sustitución, del Juzgado Mercantil n.º 1 de Santa Cruz deTenerife. Doy fe. El Magistrdo-Juez.. El Secretario.

Y para que sirva de notificación y emplazamiento a todos los interesados, mediante su fijación en el tablón de anuncios de este Juzgado y su publicación en el Boletín Oficial del Estado, extiendo y firmo lla presente

Santa Cruz de Tenerife, 28 de mayo de 2009.- El/la Secretario.

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