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Documento BOE-B-2009-31944

ORTIGUEIRA.

Publicado en:
«BOE» núm. 230, de 23 de septiembre de 2009, páginas 113219 a 113219 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2009-31944

TEXTO

Edicto.

Doña María Novo López, Secretaria del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Ortigueira,

Hago saber: Que en los autos de juicio de división judicial de herencia, número 159/03, seguido a instancia de Virginia Cabanas Acción, Manuel Cabanas Cardelle, María Luisa Cabanas Penabad, María Amelia Cabanas Acción, Esther Cabanas Acción, María Cabanas Acción e Inés Cabanas Acción, representadas por la Procuradora Ana Isabel Fernández Álvarez, frente a Ovidio Cao Cabanas, María Luísa Cao Cabanas, María Luisa Penabad Posada, Amelia Ares Cabanas, José María Cabanas Costa, Julia Cabanas Costa y el Ministerio Fiscal, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, por el presente se cita José María Cabanas Costa, Francisco Cabanas Costa, Luis Cabanas Costa, Ceferino Cabanas Costa y a Julia Cabanas Costa, en paradero desconocido, extensivo a sus herederos, sucesores o causahabientes para el caso de haber fallecido, a fin de que el próximo día 15 de octubre de 2009, a las 10:00 horas, comparezcan ante este Juzgado para asistir a la Junta que previene el artículo 783 de la citada Ley Procesal, para ponerse de acuerdo en el nombramiento de contador que practique las operaciones divisorias del caudal hereditario, así como sobre el nombramiento de perito o peritos que hayan de intervenir en el avalúo de los bienes, advirtiéndose a los citados que la Junta se celebrará con los que concurran, por lo que no se suspenderá por su inasistencia, en cuyo caso les parará el perjuicio a que haya lugar en derecho, y asimismo, que no es necesaria la intervención de procurador cuando su comparecencia se limite a presentar títulos de crédito o derechos o para concurrir a Juntas, siendo preceptiva la asistencia letrada y representación por procurador para cualquier otra intervención en el proceso, debiendo comunicar a este tribunal cualquier cambio de domicilio que se produzca durante la sustanciación a este proceso

Ortigueira, 1 de septiembre de 2009.- La Secretaría.

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