Está Vd. en

Documento BOE-B-2009-29934

Resolución de la Agencia Española de Protección de Datos por la que se procede a la publicación oficial de extracto del acuerdo de inicio del procedimiento sancionador nº PS/00296/2008 por imposibilidad de notificación en su domicilio.

Publicado en:
«BOE» núm. 213, de 3 de septiembre de 2009, páginas 103091 a 103091 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Agencia Española de Protección de Datos
Referencia:
BOE-B-2009-29934

TEXTO

Al no haber sido posible la notificación, intentada por dos veces, a don José Gregorio Hernando del Val, en el domicilio conocido, procede notificar según lo previsto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificado por ley 4/1999, de 13 de enero. Para que sirva de notificación se transcribe extracto del acuerdo de inicio del procedimiento PS/00296/2008:

Por el Director de la Agencia Española de Protección de Datos, se acuerda:

1. Iniciar procedimiento sancionador a Afinsa Bienes Tangibles, S.A., con arreglo a lo dispuesto en el artículo 127 del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, por la presunta infracción del artículo 11 de dicha norma, tipificada como muy grave en el artículo 44.4.B) de la citada Ley Orgánica.

2. Iniciar procedimiento sancionador a Fórum Filatélico, S.A., en liquidación, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 127 del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, por la presunta infracción del artículo 11 de dicha norma, tipificada como muy grave en el artículo 44.4.B) de la citada Ley Orgánica.

6. Notificar a la Asociación de... y a cada uno de los denunciantes el presente acuerdo y exclusivamente el anexo que les corresponda, en el que se incluye su identificación, de conformidad con lo estipulado en el artículo 13.2 del REPEPOS, advirtiéndoles la posibilidad de actuar como interesado en el caso de cumplir los requisitos previstos en el artículo 31.1.c) de la LRJPAC.

Conforme a lo establecido en el artículo 107 de la LRJPAC, contra el presente acto no cabe recurso administrativo alguno.

Para su conocimiento una copia de la resolución completa esta a su disposición, y podrá solicitarla, en la Agencia Española de Protección de Datos, situada en la calle Jorge Juan, 6, 4.ª planta, 28001 Madrid.

Madrid, 28 de agosto de 2009.- El Director de la Agencia Española de Protección de Datos, Artemi Rallo Lombarte.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid