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Documento BOE-B-2009-28919

Anuncio de la Demarcación de Costas en Cantabria, comunicando el emplazamiento ante la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional. Recurso contra la Orden Ministerial de 21 de diciembre de 2008, por la que se aprueba el deslinde de los bienes de dominio público marítimo-terrestre de un tramo de costa en la ría de San Martín de la Arena, comprendido desde el límite del término municipal de Torrelavega hasta el puerto de Requejada (incluido), término municipal de Polanco (Cantabria).

Publicado en:
«BOE» núm. 200, de 19 de agosto de 2009, páginas 99696 a 99696 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino
Referencia:
BOE-B-2009-28919

TEXTO

La Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y el Mar ha acordado la remisión del expediente (D.S-26/5; DL-99-Santander) correspondiente al deslinde de los bienes de dominio público marítimo-terrestre del tramo de costa unos seis mil seiscientos cuarenta y cinco (6.645) metros de longitud, en la ría de San Martín de la Arena, vértices 1 a 199, comprendido desde el límite del término municipal de Torrelavega hasta el puerto de Requejada (incluido), término municipal de Polanco, (Cantabria), aprobado por Orden Ministerial de 21 de Diciembre de 2008, a la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional, ante la que se ha presentado el recurso nº 307/2009, interpuesto por La Asociación Española de Afectados por la Ley de Costas.

De conformidad con lo dispuesto en el articulo 49 de la Ley 29/1998 de 13 de Julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, se emplaza ante dicha Sala a los interesados, para que puedan personarse y comparecer ante la misma, en el plazo de 9 días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

Lo que se comunica, mediante la publicación del presente edicto en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento y en el de la Demarcación de Costas en Cantabria, al no haber sido posible practicar la notificación individual, con los efectos establecidos en el artículo 59.5 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y su modificación por Ley 4/1999 de 13 de enero.

Santander, 6 de agosto de 2009.- El Jefe de la Demarcación.

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