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Documento BOE-B-2009-28807

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA.

Publicado en:
«BOE» núm. 200, de 19 de agosto de 2009, páginas 99528 a 99528 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2009-28807

TEXTO

Dª. María Victoria Basanta Eiras, Secretaria Judicial del Juzgado Mercantil Nº 1 de Las Palmas de Gran Canaria doy fe y testimonio:

Que en este Juzgado se siguen los presentes autos de concurso ordinario, número 31/2007, seguidos contra las entidades Casa Tino El Sardinero, SL e Inversiones Turísticas de Lanzarote, SA, a los que se ha acumulado el procedimiento concurso ordinario núm. 29/2009, seguido contra la entidad Organizaciones Turísticas de Lanzarote SL, en virtud de Auto de acumulación de fecha 01.07.2009 recaído en este último procedimiento, y obrante al legajo correspondiente, cuya parte dispositiva contiene, entre otros, los siguientes particulares:

"Se suspende el ejercicio por el deudor de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, siendo sustituido por los administradores concursales y las que correspondan al deudor de la sociedad o comunidad conyugal.

Queda intervenida y a disposición de la administración concursal toda la correspondencia de las entidades concursadas.

La administración concursal podrá determinar los actos u operaciones propios del giro o tráfico de aquella actividad que, por razón de su naturaleza o cuantía, quedan autorizados con carácter general.Corresponderá a la administración concursal adoptar las medidas necesarias para la continuación de la actividad profesional o empresarial.

Los libros de llevanza obligatoria y cualesquiera otros libros, documentos y registros relativos a los aspectos patrimoniales de su actividad profesional o empresarial quedan a disposición de la administración concursal.

Se restringe la entrada en la sede y dependencias cualesquiera de la concursada a Agustín García Rodríguez, conforme a las instrucciones que le sean dadas por la administración concursal.

Para el caso de que fuera preciso recábese el auxilio de la Fuerza pública debiendo dar cuenta a este Juzgado. Llévese testimonio de este auto y actuaciones de las que deriva a la pieza separada que se abrirá al efecto en la sección primera del presente concurso."

Firmado.- Tomás Luis Martín Rodríguez, Magistrado Juez - María Victoria Basanta Eiras, Secretaria.- Rubricado.

Las Palmas de Gran Canaria, 15 de julio de 2009.- La Secretaria Judicial.

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