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Documento BOE-B-2009-28356

VALENCIA.

Publicado en:
«BOE» núm. 195, de 13 de agosto de 2009, páginas 97823 a 97823 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2009-28356

TEXTO

Edicto

Don Jorge Victor Iglesias de Baya, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil num. 2 de Valencia, por el presente,

Hago saber: Que en este Juzgado se siguen autos de Proc.Concursal Ordinario 000672/2007 voluntario, de la deudora concursada Entorna Soluciones Medioambientales, S.L.U., Llanera, S.L., LLanera Construcciones, Obras y Proyectos, S.L.U., Llanera Urbanismo e Inmobiliaria, S.L.U., Aldalondo, S.L.U., Descans les Marines, S.L.U., Patrimonial Arenal, S.L.U., y Inversions Monvarla, S.L.U., con CIF n.º B-97528715, B-46555207, B-97494264, B-97494298, B-97664783, B-97530380, B-97631503 y B-97664775, con domicilio en la Avenida de Aragon, n.° 10, Entlo. Valencia. Polígono Industrial F, Parcela A (Centro Empresarial Avanza), Xativa (Valencia), Polígono Industrial F, Parcela A (Centro Empresarial Avanza), Xativa (Valencia), Polígono Industrial F. Parcela A (Centro Empresarial Avanza). Xativa (Valencia), Polígono Industrial F, Parcela A (Centro Empresarial Avanza), Xativa (Valencia), Polígono Industrial F, Parcela A (Centro Empresarial Avanza), Xativa (Valencia), Polígono Industrial F, Parcela A (Centro Empresarial Avanza), Xativa (Valencia) y Polígono Poligono Industrial F. Parcela A, Edificio Avanza, Xativa (Valencia) en cuyo seno se ha dictado auto de fecha veintitrés de julio de dos mil nueve por el llmo. Sr. Magistrado-Juez, por el que se ha procedido a la apertura de la fase de liquidación en el presente concurso.

Respecto de las mercantiles Llanera Construcciones Obras y Proyectos, S.L.U., Inversions Monvarla, S.L., Entorna Soluciones Medio Ambientales, S.L. y Descans les Marines, S.L.U., habiéndose acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio de la empresa concursada con los efectos previstos en el Título III de la Ley Concursal, la disolución de la mercantil y el cese de los administradores o liquidadores que serán sustituidos por el administrador concursal, así como el vencimiento anticipado de los créditos concúrsales aplazados y la conversión en dinero de aquéllos que consistan en otras prestaciones, dándole a dicha resolución la publicidad acordada en la misma conforme al art. 144 de la Ley Concursal. y disponiendo de un plazo de dies dias desde la publicación ordenada en el BOE para que cualquier acreedor o persona con interés legitimo pueda personarse en debida forma, por escrito, en la Secc. 6.ª de calificación del concurso a los efectos previstos en el art. 168 de la Ley Concursal.

Y de conformidad con lo ordenado se expide el presente edicto para conocimiento de los acreedores y demás interesados.

Valencia, 23 de julio de 2009.- El Secretario Judicial.

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