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Documento BOE-B-2009-26282

TARRAGONA.

Publicado en:
«BOE» núm. 182, de 29 de julio de 2009, páginas 90967 a 90968 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2009-26282

TEXTO

Edicto

Juzgado de Primera Instancia 7 (Mercantil) Tarragona

Don Joan Holgado Esteban, Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia 7 (Mercantil) de Tarragona, por el presente, hago saber:

Que en los autos de Concurso Necesario seguidos en este Juzgado con el número 26/2008, Sección 3, a instancia de la Procuradora de los Tribunales doña Mireia Gavaldà Sampere, en nombre y representación de las mercantiles Latteral Construcciones 21, Sociedad Limitada, Cuines i Despatxos Benaiges, Sociedad Limitada y Oportunitats Xolo, Sociedad Limitada, frente a la mercantil concursada Cartera de Proyectos, Sociedad Anónima, con código de identificación fiscal A-43371392, con domicilio en calle President Companys, número 14-B, bajos, de Tarragona, representada en los presentes autos por la Procuradora de los Tribunales doña Elisabeth Carrera Portusach, y defendida por el Letrado don Fernando Pérez de Ruibal y Rodríguez, se ha dictado en fecha 8 de mayo de 2009 Auto de finalización de la fase común del concurso y apertura de la fase de liquidación de la mercantil concursada, cuya parte dispositiva es la que sigue:

"Se declara la finalización de la fase común del concurso y la apertura de la fase de liquidación.

Fórmese la Sección Quinta que comprenderá todo lo relativo a la liquidación de la concursada.

Se declara la disolución de la referida entidad, el cese de los Administradores que serán sustituidos por la administración concursal y la suspensión del ejercicio de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos para ella en el Título III de la presente Ley.

Se decreta el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones.

Requiérase a la Administración Concursal a fin de que presente ante este Juzgado en el plazo de quince días siguientes a la notificación de la presente resolución, el plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concurso.

Se requiere a la Administración Concursal a fin de que informe sobre la modificación, en su caso, de su retribución ya fijada en la Sección segunda del presente concurso.

Se acuerda la formación de la sección sexta de calificación, que se encabezará con testimonio de la presente resolución, así coomo de la solicitud de concurso y del auto de declaración del concurso.

Hágase público el presente auto de finalización de la fase común y apertura de la fase de liquidación por medio de edictos, que se insertarán en el Boletín Oficial del Estado y en el Tablón de Anuncios de este juzgado, en la forma y con los requisitos establecidos en la Ley Concursal, apercibiendo a los interesados de que disponen de un plazo de diez días desde la publicación del presente auto en el Boletín Oficial del Estado para personarse y ser parte en la sección sexta y formular alegaciones respecto de la calificación como culpable del concurso.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley Concursal, expídase Mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Tarragona, para la anotación en la inscripción correspondiente al concursado, de la declaración de liquidación, de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del mismo e, igualmente expídanse mandamientos a los Registros de la Propiedad número 1 y número 3 de Tarragona, donde figuran inscritos los bienes y derechos del deudor para la práctica de las anotaciones preventivas correspondientes, librándose para ello los preceptivos oficios y mandamientos que serán entregador a la Procuradora de la parte demandante del concurso para su inmediata remisión al Boletín Oficial del Estado y práctica de los asientos registrales previstos.

Notifíquese la presente resolución al concursado, a la administración concursal y a todas las partes personadas en el procedimiento, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación, que se preparará en el plazo de cinco días a partir del siguiente al de su notificación ante este Juzgado, del que conocerá la Ilustrísima Audiencia Provincial de Tarragona y que tendrá la consideración de apelación más próxima a los solos efectos de reproducir las cuestiones planteadas en los recursos de reposición o incidentes concursales durante la fase común a que se refiere el artículo 197.3 de la Ley Concursal.

Así lo manda y firma don Jorge Luis Luque Ripoll, Magistrado-Juez del Juzgado Mercantil 1 de Tarragona, de lo que doy fe."

Y en cumplimiento de lo acordado libro el presente en

Tarragona, 8 de mayo de 2009.- El Secretario Judicial.

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