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Documento BOE-B-2009-17405

Resolución del Organismo Autónomo Parques Nacionales por la que se procede a la publicación oficial del extracto del Acuerdo de inicio del procedimiento sancionador 2073/08 del Parque Nacional del Teide.

Publicado en:
«BOE» núm. 126, de 25 de mayo de 2009, páginas 61861 a 61861 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino
Referencia:
BOE-B-2009-17405

TEXTO

No habiendo surtido efecto los dos intentos de notificación en el domicilio conocido de don Candelario González Morales, procede notificar, conforme prevé el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y se transcribe extracto del acuerdo de inicio del procedimiento sancionador 2073/08 del Parque Nacional del Teide:

"El Secretario de Estado de Medio Rural y Agua acuerda iniciar procedimiento sancionador a don Candelario González Morales por la presunta infracción del artículo 76.1.r) de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, y artículo 5.2.2. del Decreto 153/2002, de 24 de octubre, por el que se aprueba el Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Nacional del Teide, tipificada como leve en el artículo 77.4.c) de la citada Ley 42/2007, pudiendo ser sancionado con una multa de 500 a 5.000 euros, de conformidad con lo establecido en el artículo 77.1 de la citada Ley 42/2007. Nombrar como Instructor a don David Leal Fernández, indicando que podrá ser recusado. El Secretario de Estado de Medio Rural y Agua es competente para resolver este procedimiento según lo establecido en el artículo 77.3 de la Ley 42/2007 y Orden ARM/1555/2008 de 30 de mayo. Se otorgan quince días hábiles para que a formule las alegaciones y proponga las pruebas que considere convenientes pudiendo reconocer voluntariamente su responsabilidad a los efectos previstos en el artículo 8 del Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto.

De no efectuar alegaciones sobre el contenido de la iniciación de este procedimiento, la iniciación se considerará propuesta de resolución, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13.2 del citado Real Decreto 1398/1993. Firmado en Madrid, el 23 de marzo de 2009, por el Secretario de Estado de Medio Rural y Agua, Josep Puxeu Rocamora".

El expediente completo podrá ser consultado en las oficinas del Parque Nacional del Teide, calle Emilio Calzadilla, 5, 4.º, 38002 Santa cruz de Tenerife.

Madrid, 19 de mayo de 2009.- El Director del organismo autónomo Parques Nacionales, Juan Garay Zabala.

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