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Documento BOE-B-2009-16305

BARCELONA.

Publicado en:
«BOE» núm. 121, de 19 de mayo de 2009, páginas 58586 a 58586 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2009-16305

TEXTO

Doña Pilar Vives Requena, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 7 de los de Barcelona y provincia,

Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el concurso necesario 90/09-G, en el que se ha dictado con fecha 23-02-09 auto declarando en estado de concurso necesario ordinario de la entidad "Ateia Mantenimientos y Servicios Industriales, S.L.", con domicilio en C/ Moll, de Barcelona, s/n, World Trade Center, Edificio Este, planta 6, de Barcelona, y mandando darle publicidad con los siguientes datos:

Solicitante: Desarrollo de obras, "Rehabilitaciones, Ingeniería y Arquitectura, Empresa Constructora, S.A.", con domicilio en C/ San Fernando, 8, de Montilla (Córdoba); "Tecnohm, S.A.", con domicilio en C/ Sol Ponent, 49, polígono industrial "Roques Planes", de Torredembarra (Tarragona); "Grupo Electro Meyras, S.L.", con domicilio en polígono industrial "Vado Hermoso", 39, de Cabra (Córdoba), y "Útiles Manchegos, S.L.", con domicilo en C/ Catorce, parcela 136, de Manzanares (Ciudad Real).

Administrador/es concursal/es: Don Jorge Cruz de Pablo (Auditor/Economista), con domicilio en C/ Castella, 12, de Sant Quirze del Vallés; don Pedro Franco Corrons (Abogado), domiciliado en Vía Augusta, 12, 4-2, de Barcelona.

Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal a través del Juzgado la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde la última de las publicaciones. La comunicación se hará por escrito y deberá estar firmada por el acreedor, interesado o representante, indicando nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor. Se acompañarán originales o copias auténticas del título.

Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.

Barcelona, 23 de febrero de 2009.- La Secretaria Judicial.

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