Desconociéndose el actual domicilio de Don Pablo Rincón Barrios, que consta como titular de la vivienda militar, sita en la Calle Barberán y Collar, n.º 22, 4.º A, de Alcalá de Henares (Madrid), se le hace saber que, por el Director General Gerente del Instituto para la vivienda de las Fuerzas Armadas, en el expediente incoado para el ejercicio del desahucio de la vivienda militar, se ha dictado con fecha 20 de octubre de 2008, Resolución de archivo, por no haber quedado debidamente acreditada la causa por la que se tramitaba, prevista en el artículo 10.1 e) de la Ley 26/1999, de 9 de julio.
En virtud de lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley 26/1999 de 9 de julio, la presente Resolución agota la vía administrativa y contra la misma podrá formular en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su recepción, Recurso Contencioso-Administrativo, ante la Sala de dicha índole del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid o el correspondiente al domicilio del interesado, o potestativamente, en el plazo de un mes, el recurso de reposición regulado en la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, ante esta Dirección General.
Madrid, 11 de noviembre de 2008.-La Jefe de la Subunidad, Cristina Úbeda Murillo.
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