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Documento BOE-B-2008-227103

Anuncio de la Dirección General de Minería y Energía relativo al otorgamiento de los permiso de investigación denominados «Los Llanos Fracción 1.ª» n.º 30.675, «Los Llanos Fracción 2.ª» n.º 30.675 bis, «Los Llanos Fracción 3.ª» n.º 30.675 ter y «Fresnedo» n.º 30.676.

Publicado en:
«BOE» núm. 227, de 19 de septiembre de 2008, páginas 10887 a 10887 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma del Principado de Asturias
Referencia:
BOE-B-2008-227103

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 78.2 de la Ley 22/73, de 21 de julio, de Minas y 101.5 del Reglamento General para el Régimen de la Mineria (Real Decreto 2857/1978, de 25 de agosto) se hace público que han sido otorgados los Permisos de Investigación que a continuación se relacionan, con indicación de su nombre, número, mineral, extensión, términos municipales, fecha de la resolución de su otorgamiento y titularidad.

Los Llanos Fracción 1.ª n.º 30.675, caolín y otras arcillas, 2 cuadrículas mineras, Candamo, 17 de abril de 2008, don Feliciano Fernández Ruiz y don Eusebio López Pérez.

Los Llanos Fracción 2.ª n.º 30.675 bis, caolín y otras arcillas, 2 cuadrículas mineras, Salas y Candamo, 17 de abril de 2008, don Feliciano Fernández Ruiz y don Eusebio López Pérez. Los Llanos Fracción 3.ª n.º 30.675 ter, caolín y otras arcillas, 2 cuadrículas mineras, Grado y Salas, 17 de abril de 2008, don Feliciano Fernández Ruiz y don Eusebio López Pérez. Fresnedo n.º 30.676, caolín, 1 cuadrícula minera, Quirós, 27 de mayo de 2008, don Ulises C. Lafuente Redón.

Dichas resoluciones, cuyo contenido integro ha sido comunicado a los que figuran como interesados en los respectivos expedientes y que puede ser examinado en las oficinas de la Dirección General de Minería y Energía, durante el plazo que seguidamente se señala, ponen fin a la vía administrativa y contra las mismas cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de esta publicación, sin perjuicio de la posibilidad de previa interposición del recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de esta publicación, no pudiendo simultanearse ambos recursos, conforme a lo establecido en el artículo 28 de la Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre régimen jurídico de la Administración del Principado de Asturias, y en el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen juríduco de las Administraciones Públicas y del procedimiento administrativo.

Oviedo, 1 de septiembre de 2008.-El Jefe del Servicio de Promoción y Desarrollo Minero, José Benito Solar Menéndez.

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