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Documento BOE-B-2006-83182

Anuncio de la Demarcación de Carreteras del Estado en la Comunidad Valenciana sobre aprobación del expediente de Información Pública y aprobación definitiva del Estudio Informativo de clave EI-1-V-30 «Autovía Murcia-Jumilla-Font de la Figuera. Tramo: A-31 a A-35 (antiguas N-330 a N-430). Font de la Figuera».

Publicado en:
«BOE» núm. 83, de 7 de abril de 2006, páginas 3519 a 3519 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-B-2006-83182

TEXTO

Con fecha 16 de febrero de 2006, el Secretario de Estado de Infraestructuras y Planificación, visto el informe de la Dirección General de Carreteras sobre el estudio informativo de referencia y en uso de la competencia establecida en la Resolución de Delegación de Atribuciones de 30 de mayo de 1996, ha resuelto lo siguiente:

1. Declarar que el expediente de información pública reseñado en el asunto cumple con lo preceptuado en los artículos 32, 33, 34 y 35 del vigente Reglamento General de Carreteras (1812/1994, de 2 de septiembre). 2. Aprobar el expediente de información pública del estudio informativo de clave EI-1-V-30 «Autovía A-33 Murcia-Jumilla-Font de la Figuera. Tramo: A-31 a A-35 (Font de la Figuera)», seleccionando como alternativa a desarrollar en los sucesivos proyectos de construcción la denominada alternativa 6 en el estudio, y que consiste en una autovía de nuevo trazado con una longitud de 12,540 kilómetros y un presupuesto de ejecución por contrata de 48,9 MEUR-2003.

3. En los proyectos de construcción se tendrán en cuenta las prescripciones siguientes:

3.1 Las establecidas en la Declaración de Impacto Ambiental de 19 de diciembre de 2005.

3.2 Se completará el semienlace norte de Font de la Figuera. 3.3 Se repondrán los caminos y vías pecuarias siguientes:

Cordel de la Sierra del Rocín y Caico.

Colada-Azagador de la Caseta Albero. Camino de la Casa de Candel. Vía Verde del Chicharra. Cordel de Cabrera.

de acuerdo con lo establecido en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de vías pecuarias.

La presente resolución pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 109.c) de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y, contra la misma se puede interponer recurso potestativo de reposición, ante el Ministro del Departamento, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional. El plazo para interponer dichos recursos es, respectivamente, de uno (1) o dos (2) meses a partir del día siguiente al de la publicación de aquella en el «Boletín Oficial del Estado», sin que quepa formular el recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.

Lo que se comunica para su general conocimiento.

Valencia, 20 de marzo de 2006.-El Ingeniero Jefe de la Demarcación.

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