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Documento BOE-B-2006-286107

Anuncio del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas sobre notificación resolución expediente sancionador a la Sociedad Comercial Irene and Heinz Lanzarote, S. L., y trece más.

Publicado en:
«BOE» núm. 286, de 30 de noviembre de 2006, páginas 13321 a 13322 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-B-2006-286107

TEXTO

Por el presente anuncio, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y dado que no han podido ser notificadas en su último domicilio social conocido, se notifica a las sociedades que se relacionan en el Anexo que en virtud de lo establecido en el artículo 20 del Reglamento del Procedimiento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora, aprobado mediante Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, han sido dictadas con fecha 25 de septiembre de 2006, y en el curso de expedientes administrativos sancionadores seguidos frente a ellas, Resoluciones del Presidente del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas. Dado que este acto no se publica en su integridad, de conformidad con lo previsto en los artículos 60.2 y 61 de la Ley de Régimen Jurídico y Procedimiento Administrativo Común, se indica a las sociedades inculpadas que el texto íntegro de las resoluciones que se notifica se encuentra a su disposición, junto al resto de la documentación de los expedientes, en la sede de este Instituto, calle Huertas, número 26, 28014 Madrid. Estos expedientes se iniciaron por el Presidente del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas con fecha 29 de mayo de 2006, tras remitir la Dirección General de los Registros y del Notariado a dicho Instituto, en virtud de lo dispuesto en el artículo 371 del Reglamento del Registro Mercantil, aprobado por Real Decreto 1784/1996, de 19 de julio, una relación continente de las sociedades incumplidoras de la obligación de depósito de cuentas anuales del ejercicio 2004. Concluida la fase de instrucción de los expedientes, y teniendo en cuenta lo establecido en los artículos 218 y 221 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, aprobado mediante Real Decreto Legislativo 1564/1989, de 22 de diciembre, y considerando igualmente, de conformidad con lo establecido en el apartado 2 del artículo 13 del Reglamento de la Potestad Sancionadora, el hecho de que las sociedades inculpadas, no han suministrado al órgano instructor información que desvirtúe los hechos que motivaron la incoación del correspondiente procedimiento, se resuelve:

Primero.-Considerar que los hechos enjuiciados respecto de las sociedades inculpadas constituyen una infracción contemplada en el artículo 221 del mismo texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, al haber quedado acreditado que dichas sociedades no depositaron en la debida forma en el Registro Mercantil las preceptivas cuentas anuales y resto de documentación correspondiente al ejercicio social 2004, y por lo tanto incumplieron la obligación establecida en el artículo 218 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas.

Segundo.-Declarar a las sociedades inculpadas, responsables directas de la comisión de la citada infracción. Tercero.-Imponer en consecuencia a las sociedades relacionadas en el anexo, dando cumplimiento a lo previsto en el artículo 221.1 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, sanción de multa por el importe que en dicho anexo se detalla.

Contra la presente Resolución, se podrá interponer recurso de alzada ante el Ministro de Economía y Hacienda, disponiendo para ello de un plazo de un mes, cuyo cómputo se iniciará desde el día siguiente a aquel en que tenga lugar la presente publicación, o bien desde el siguiente al último día de exposición en el tablón de edictos del Ayuntamiento de su localidad (si dicha fecha fuera posterior), de acuerdo con lo establecido en los artículos 114 y 115.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento administrativo Común.

En caso de interponer recurso de alzada, su resolución pondrá fin a la vía administrativa, de conformidad con el artículo 109.a) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. El transcurso del plazo de tres meses sin que sea notificada la resolución del recurso permitirá al interesado entenderlo desestimado por silencio administrativo e interponer recurso contencioso-administrativo, sin perjuicio de la obligación de la Administración de resolver aquél expresamente, según lo estipulado en el artículo 115.2 de la citada Ley. En el supuesto de no interponer recurso de alzada, la Resolución ganará firmeza, a todos los efectos, por el transcurso del plazo de un mes establecido para su interposición.

La sanción impuesta puede abonarse en cualquier momento en las cuentas del Tesoro Público de la Delegación Provincial de Economía y Hacienda correspondiente a su domicilio social, debiendo remitir copia del justificante de ingreso a este Instituto. El plazo para el ingreso en periodo voluntario de la multa impuesta le sera notificado por la Delegación Provincial de Economía y Hacienda de su localidad, una vez haya ganado firmeza en vía administrativa, la presente resolución.

Madrid, 17 de noviembre de 2006.-José Luis Menoyo González, Secretario General.

Anexo

Relación de número de expedientes, sociedades inculpadas, domicilios sociales, cifras de capital social y multa propuesta para cada sociedad

2006013656; Irene An Heinz Lanzarote, S. L.; Urb. Los Claveles, 13, sin calle. Playa Blanca 35570 Yaiza-Lanzarote; 420.708,47; 10.825,13. 2006013665; Sefton Investments, S. L.; El Toscón, 10; 35572 Tías Lanzarote; 240.404,84; 7.756,90. 2006013674; Promolanza, S. A.; General Prim, 1; Urb. Las Playas; 35510. Puerto del Carmen Tías-Lanzarote; 601.012,10;13.279,36. 2006013692; Lubina Mar, S. A.; Calle los Cabezos, s/n; 35510 Puerto del Carmen Tías-Lanzarote; 240.404,84;7.756,90. 2006013700; Lanzasur, S. A.; Gramillo, s/n, Com. Nautilus; Pya Matagorda. 35510 Puerto del Carmen; Tías-Lanzarote; 1.202.024,21;19.503,08. 2006013719; Acualanza, S. A.; Juan Carlos I, s/n; Ctro. Comer. La Curva, local 2; 35510 Puerto del Carmen; Tías-Lanzarote; 180.303,63; 6.483,76. 2006013773; Fermalan, S. A.; avenida Marítima de las Playas, Apart. 1023;35510, Puerto Carmen; Tías- Lanzarote; 300.506,06;8.878,55. 2006013791; Inmobiliaria Aguazul, S. A.; Timón, s/n; 35510 Puerto del Carmen; Tías-Lanzarote; 210.354,24; 7.143,15. 2006013809; Ladyland, S. A.; conjunto Los Molinos, apart. 4303; comunidad FC, Teguise; 35509 Teguise-Lanzarote; 865.457,43;16.284,42. 2006013818; Ground Control Lanzarote, S. L.; La Vieja, 19; Costa Teguise; 35509 Teguise-Lanzarote; 423.112,52; 10.861,00. 2006013845; Timanfaya Promociones y Construcciones, S. A. CC. Punta Limones, 28 bis; Playa Blanca; 35570 Yaiza-Lanzarote; 294.495,93; 8.771,77. 2006013854; Hibiscos, S. A.; Hibiscos-Playa Blanca; 35570 Yaiza-Lanzarote; 497.638,02; 11.926,26. 2006013863; Crosdil Alligator Pools, S. L.; Las Gavias, 7 bis.; Las Breñas; 35570 Yaiza-Lanzarote; 178.500,00;6.442,49. 2006014141; Grenwich, S. A.; Anzuelo, 5.; apartamentos Columbus; 35510 Puerto del Carmen. Tías, Lanzarote; 360.607,26;9.892,61.

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