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Documento BOE-B-2005-172081

Resolución de la Agencia Estatal de Administración Tributaria por la que se anuncia la declaración de ingresos indebidamente percibidos y exigencia de su reintegro.

Publicado en:
«BOE» núm. 172, de 20 de julio de 2005, páginas 6545 a 6545 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-B-2005-172081

TEXTO

Asunto: Declaración de ingresos indebidamente percibidos y exigencia de su reintegro. Con fecha 26 de octubre de 2004 se le declaró en situación de baja en la Agencia Estatal de Administración Tributaria por excedencia por cuidado de familiares, debiendo reintegrar las cantidades indebidamente percibidas por un importe de 1.303,77 euros, correspondiente a los meses de octubre y noviembre de 2004, según la liquidación practicada por la Dependencia Regional de Recursos Humanos y Administración Económica de la Delegación Especial de Andalucía.

Teniendo en cuenta lo dispuesto en los artículos 77 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria; 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y el artículo 23 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la reforma de la función pública, con los importes establecidos en las Leyes de Presupuestos Generales del Estado, esta Dirección Adjunta, en el ejercicio de sus competencias en el ámbito de retribuciones en materia de personal, acuerda:

Declarar indebidamente percibido por don José Sánchez Reyes el importe de 1.303,77 euros, con la consiguiente obligación de reintegro de la citada cantidad.

El importe de la deuda arriba citada ha de ingresarla en las siguientes fechas: si esta notificación la recibe del 1 al 15 del mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 20 del mes posterior o el inmediato hábil siguiente, si la recibe entre los días 16 y último del mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 5 del segundo mes posterior o el inmediato hábil siguiente. Concluido este plazo se iniciara la vía ejecutiva, según establecen los apartados 4 y 5 del artículo 20 del Reglamento General de Recaudación (R. D. 1684/1990, de 20 de diciembre, BOE 3-1-91, modificado por R. D. 448/1995, de 24 de marzo, BOE 28-3-95). El ingreso ha de efectuarlo en la cuenta de tesorería interna que la Agencia Estatal de Administración Tributaria tiene abierta en la entidad Banco Santander Central Hispano, sucursal sita en la calle Orense, n.º 2, de la localidad de Madrid, cuyo número de identificación es el 0049 1811 31 2710261372.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de reposición en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, ante el Director General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su notificación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid o de la Comunidad Autónoma de residencia del recurrente, a elección de éste, no pudiendo interponerse simultáneamente ambos recursos. No obstante, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 111.1 de la citada Ley, la interposición de cualquier recurso no suspenderá la ejecución del acto impugnado.

Madrid, 7 de julio de 2005.-Director Adjunto de Recursos Humanos, Celso González González.

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