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Documento BOE-B-2004-60106

Anuncio del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas sobre notificación del acuerdo de incoación de expediente sancionador a la sociedad Saucor, S. L.

Publicado en:
«BOE» núm. 60, de 10 de marzo de 2004, páginas 2175 a 2175 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Economía
Referencia:
BOE-B-2004-60106

TEXTO

Por el presente anuncio, en cumplimiento de lo

dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, y dado que no ha podido

ser efectuada la notificación en su último domicilio

social conocido, se notifica a la sociedad SAUCOR,

S. L. que el Presidente del Instituto de Contabilidad

y Auditoría de Cuentas, en uso de las atribuciones

conferidas por el apartado 1 del artículo 221 del

Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas,

aprobado por Real Decreto Legislativo 1564/1989,

de 22 de diciembre, ha dictado, con fecha 16 de

Febrero de 2004, Acuerdo de Incoación de

expediente sancionador por el posible incumplimiento

de la obligación de depósito, en la debida forma

y plazo en el Registro Mercantil de su domicilio

social, de sus cuentas anuales y documentación

complementaria correspondiente a los ejercicios sociales

de los años 2001 y 2002 respectivamente, de

acuerdo con lo establecido en la Sección Décima del

Capítulo VII (artículos 218 a 222), del citado Texto

Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas.

Este hecho puede ser constitutivo de dos

infracciones administrativas tipificadas en el precitado

apartado 1 del artículo 221 del Texto Refundido

de la Ley de Sociedades Anónimas, el cual prevé

la imposición de sanción de multa, graduable según

los parámetros y previsiones específicas

contempladas en los apartados 2 y 3 del mismo artículo.

A efectos del régimen de recusación vigente

establecido en el artículo 29 de la Ley de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, la competencia

para la instrucción de dicho expediente corresponde

al funcionario de este Instituto, cuyo nombre consta

en el Acuerdo de Incoación íntegro.

La competencia para la resolución del expediente,

conforme a lo preceptuado en el artículo 221 del

Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas,

corresponde al Presidente de este Instituto.

Dado que este Acuerdo no se publica en su

integridad, de conformidad con la previsión del

artículo 61 de la Ley de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, se indica a la sociedad inculpada

que el Acuerdo de Incoación íntegro está a su

disposición, junto al resto de los documentos del

expediente, en la sede de este Instituto -C/

Huertas n.o 26, C.P. 28014, Madrid-, así como que,

tal y como dispone el artículo 16 del Real

Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba

el Reglamento del Procedimiento para el Ejercicio

de la Potestad Sancionadora, dispone de un plazo

de quince días, a contar desde la publicación de

este anuncio en el Boletín Oficial del Estado, o

desde el último día de su exhibición en el tablón

de edictos del Ayuntamiento de Fuentesauco

(Zamora), si fuera posterior, para aportar cuantas

alegaciones, documentos o informaciones estime

convenientes y, en su caso, proponer prueba

concretando los medios de que pretenda valerse, de

acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley

de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Asimismo en el supuesto de que no se presentaran

alegaciones en dicho plazo, y dado que el presente

acuerdo de incoación contiene un pronunciamiento

preciso acerca de la responsabilidades imputadas,

el contenido del mismo será considerado como

propuesta de resolución, debiendo entenderse a tal

efecto propuesta la imposición a la sociedad Saucor,

S. L. por cada uno de los posibles incumplimientos

correspondientes a cada uno de los ejercicios

sociales, de dos sanciones de multa por importe

de 12.106,70 euros por el incumplimiento del

ejercicio social de 2001 y de 12.106,70 euros por el

incumplimiento del ejercicio social de 2002.

Madrid, 2 de marzo de 2004.-El Secretario

General.-Pedro de María Martín.-7.942.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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