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Documento BOE-B-2004-252068

Anuncio de la Confederación Hidrográfica del Guadiana sobre notificación de resoluciones sancionadoras.

Publicado en:
«BOE» núm. 252, de 19 de octubre de 2004, páginas 9206 a 9207 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-B-2004-252068

TEXTO

Al no haber sido posible la notificación a los correspondientes interesados por desconocer el domicilio de los mismos o porque intentada la notificación ésta no se ha podido practicar, en virtud de lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de la Administración Pública y del Procedimiento Administrativo Común, por el presente anuncio se notifican a los mismos las resoluciones y las liquidaciones practicadas en concepto de sanciones e indemnizaciones, que al final de este anuncio se relacionan, y relativas a los expedientes y los ejercicios que, asimismo, se indican. Dichas resoluciones, así como las liquidaciones, podrán ser solicitadas en este Organismo, para lo cual deberán ponerse en contacto con el Servicio de Gestión de Ingresos, personal o telefónicamente (Teléfono: 924.21.21.00), de donde podrán ser retiradas. Lugar y forma de pago: En efectivo, en la cuenta n.º 0049-6744-41-2816150252, a través de cualquier sucursal de la entidad Santander Central Hispano, mediante la presentación de los documentos que se le remitirán previa petición de los mismos. Plazo para efectuar el ingreso:

Artículo 339 Real Decreto 849/1986.

Artículo 20.2 del Reglamento General de Recaudación (RD 1684/1990, de 20 de diciembre).

a) Las notificadas entre los días 1 y 15 de cada mes, desde la fecha de notificación hasta el día 5 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior.

b) Las notificadas entre los días 16 y último de cada mes, desde la fecha de notificación hasta el día 20 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior.

Consecuencias de la falta de ingreso: El vencimiento del plazo de ingreso en período voluntario sin haber sido satisfecha la deuda, determinará el inicio del procedimiento de apremio, el devengo del recargo del apremio y de los intereses de demora, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 128 de la Ley General Tributaria y en los artículos 91 y siguientes del Reglamento General de Recaudación (Real Decreto 15684/1990, de 20 de diciembre, B.O.E. de 3 de enero de 1991).

Recursos: Esta Resolución pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse Recurso Contencioso-Administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia con jurisdicción sobre el lugar de su domicilio o ante el de Extremadura en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a su notificación. Asimismo, podrá interponerse previamente y de forma potestativa recurso de Reposición ante el órgano que dictó la Resolución en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su notificación. Ambos procesos impugnatorios no podrán simultanearse, advirtiéndole que la interposición de los mismos no suspenderá la ejecución del acto de liquidación ni el ingreso de su importe, salvo que en el recurso se solicite la suspensión del acto, de conformidad con lo establecido en el artículo 337 del Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, del Reglamento del Dominio Público Hidráulico.

Badajoz, 28 de septiembre de 2004.-El Secretario General, Diego de la Cruz Otero.-46.456. Deuda: No tributaria (sanciones):

Núm. de liquidaciones no tributarias (sanciones): 21.

Importe: 45.120,00.

Deuda: No tributaria (indemnizaciones):

Núm. de liquidaciones no tributarias (indemnizaciones): 1.

Importe: 351,00.

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