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Documento BOE-B-2004-246062

Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas por la que se autoriza a Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A.U el sistema de 220 kV de la subestación a 220/20 kV denominada «BECHI», en el término municipal de Betxí, en la provincia de Castellón.

Publicado en:
«BOE» núm. 246, de 12 de octubre de 2004, páginas 9012 a 9012 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-B-2004-246062

TEXTO

Visto el expediente incoado en la Dependencia del Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Castellón, a instancia de Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A.U., con domicilio en Madrid, avenida de Burgos 8, solicitando la autorización administrativa de la instalación arriba citada. Resultando que la petición de Iberdrola Distribución Eléctrica, S. A. U., ha sido sometida a información pública a los efectos previstos en el artículo 125 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro, y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, no presentándose alegación ni oposición alguna al proyecto. Resultando que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 127 del citado Real Decreto, se ha enviado separata al Ayuntamiento de Betxi, en cuyo término municipal se pretende ubicar la subestación, a fin de que se emita informe sobre su conformidad o reparos al proyecto, no contestando el Ayuntamiento ni la petición ni a su reiteración, por lo que de acuerdo con lo establecido en el referido artículo 127, ha de entenderse su conformidad. Resultando que la subestación se pretende instalar en una parcela propiedad de Iberdrola Distribución Eléctrica, S. A. U. Resultando que la subestación de Bechí viene contemplada en el documento de la Planificación de los Sectores de Gas y Electricidad, Desarrollo de las Redes de Transporte 2002-2011, aprobado por Acuerdo del Consejo de Ministros de fecha 13 de septiembre de 2002, y ratificado por la Comisión de Economía y Hacienda del Congreso de los Diputados el día 2 de octubre de 2002. Considerando que el parque de 220 kV de la subestación de Bechí, para el que se solicita autorización, una vez construido y conectado a la línea a 220 kV Sagunto- La Plana formará parte de la Red de Transporte Mallada Peninsular, por lo cual su autorización corresponde a la Administración General del Estado. Visto el informe favorable emitido por la Dependencia de Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Castellón. Visto el informe de la Comisión Nacional de Energía aprobado por el Consejo de Administración en su sesión celebrada el día 27 de julio de 2004. Considerando que se han cumplido los trámites reglamentarios establecidos en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Esta Dirección General de Política Energética y Minas ha resuelto:

Autorizar a Iberdrola Distribución Eléctrica, S. A. U., el parque de 220 kV de la subestación a 220/20 kV de «Bechi», en el término municipal de Betxí, en la provincia de Castellón, cuyas características principales son:

-Configuración en doble barra, tipo interior, con aislamiento en SF6 y ocho posiciones, de las cuales cuatro son de línea, tres de transformador, y una de enlace de barras. La finalidad de la subestación a 220/20 kV de Bechí es mejorar la calidad del suministro en la zona y satisfacer la nueva demanda prevista tanto para usos industriales como residenciales. La presente autorización se concede bajo las condiciones siguientes:

1. Se deberán obtener los correspondientes informes favorables de acceso y conexión a la Red de Transporte por parte del Gestor de la Red de Transporte.

2. La instalación que se autoriza deberá pasar a titularidad de la sociedad Infraestructuras de Alta Tensión (INALTA), como empresa propietaria de la línea a 220 kV Sagunto- La Plana a la que se conectará. 3. Esta instalación no podrá entrar en servicio mientras no cuente el peticionario de la misma con la aprobación del proyecto, previo cumplimiento de los trámites que se señalan en el Título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, debiendo solicitarse la indicada aprobación en el plazo máximo de doce meses. Caso de no ser factible lo anteriormente expuesto se procederá por el peticionario de la autorización a cumplir lo que para concesión de prórroga se ordena en el Capítulo IV del Decreto 1775/1967, de 22 de julio. Contra la presente Resolución cabe interponer recurso de alzada ante el Ilmo. Sr. Secretario General de Energía (por delegación Orden ITC/1102/2004, de 27 de abril, Boletín Oficial del Estado n.º 103 de 28 de abril) en el plazo de un mes, de acuerdo con lo establecido en la ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y en el artículo 14.7 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado.

Madrid, 16 de septiembre de 2004.-El Director General Jorge Sanz Oliva.-46.577.

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