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Documento BOE-B-2004-226022

Resolución del Servicio Provincial de Industria, Comercio y Turismo de Huesca por la que se declara en concreto la utilidad pública de la instalación eléctrica Reforma línea aérea 25 kV Circunvalación Peñalba y Derivaciones y C.T.I. Cacho, en término municipal de Peñalba (Huesca), de referencia AT-111/1999.

Publicado en:
«BOE» núm. 226, de 18 de septiembre de 2004, páginas 8201 a 8201 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Aragón
Referencia:
BOE-B-2004-226022

TEXTO

Visto el expediente incoado en este Servicio

Provincial de Industria, Comercio y Turismo, a petición

de Endesa Distribución Eléctrica, S.L.U. con

domicilio en San Miguel, 10, Zaragoza, solicitando

autorización y declaración en concreto de utilidad

pública para el establecimiento de Reforma línea

aérea 25 kV Circunvalación Peñalba y Derivaciones

y C.T.I. Cacho en términos municipales de Peñalba

(Huesca), cumplidos los trámites reglamentarios

ordenados en el artículo 53 de la Ley 54/97,

de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico.

Vistas las alegaciones presentadas por D. Bautista

Lax Calavera el 2 de mayo de 2001 en las que

en lo fundamental manifiesta su oposición al

proyecto de referencia por entender que no queda

suficientemente justificada la necesidad de la

declaración de utilidad pública ni la urgente ocupación

y manifiesta la falta de información respecto al

trazado de la línea lo que implica su indefensión en

el procedimiento y manifiesta la lesión del principio

de mínima intervención.

Vistas las alegaciones presentadas por D.a Isabel

Quibus Gros en fecha 25 de abril de 2001 en las

que en lo fundamental manifiesta su oposición al

proyecto de referencia por entender que no queda

suficientemente justificada la necesidad de la

declaración de utilidad pública ni la urgente ocupación

y manifiesta la falta de información respecto al

trazado de la línea lo que implica su indefensión en

el procedimiento y manifiesta la lesión del principio

de mínima intervención. Así mismo considera

insuficientes las indemnizaciones ofrecidas.

Vistas las alegaciones presentadas por D.a Alegría

Royo Carreras en fecha 25 de abril de 2001 en

la que en lo fundamental manifiesta que en la

notificación recibida no consta la indemnización a

recibir, que la finca se ve devaluada por el paso de

la línea y que existen otras alternativas para lo cual

aporta un trazado alternativo.

Considerando que la finalidad de la instalación

es la de mejorar la calidad del suministro eléctrico

en la zona de Peñalba, y que la Utilidad Pública

que lleva implícita la urgente ocupación de los bienes

y derechos afectados, está reconocida para las

instalaciones de distribución de energía eléctrica según

el artículo 52 de la Ley 54/1997 de 27 de Noviembre

del Sector Eléctrico.

Considerando que el trazado contemplado en el

proyecto al tratarse de una reforma de una línea

existente puede considerarse adecuado y

reglamentario y que en las alegaciones presentadas no se

aportan otros trazados alternativos salvo el

presentado por D.a Alegría Royo Carreras que no es

técnicamente viable al no permitir la conexión con

la línea general.

Considerando en cuanto al procedimiento

administrativo se han cumplido los trámites

reglamentarios ordenados en la Ley 54/97 de 27 de

noviembre del Sector Eléctrico.

Este Servicio Provincial ha resuelto lo siguiente:

Declarar en concreto la utilidad pública de la

instalación eléctrica citada, lo cual según

lo dispuesto en el artículo 54 de la Ley 54/97,

de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico lleva

implícita la urgente ocupación de los bienes y derechos

afectados necesarios para el establecimiento y

conservación de las instalaciones a los efectos señalados

en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.

Finalidad de la instalación: Mejorar la calidad

del suministro de energía en la zona de Peñalba

(Huesca).

Características:

Reforma de Línea aérea M.T. "Circunvalación

Peñalba", de 25 kV, con origen en apoyo n.o 15

existente LAMT Bujaraloz-Peñalba y final en apoyo

n.o 37 LAMT Peñalba-Candasnos, de 3,354 km de

longitud, conductores LA-110, apoyos de hormigón

y metal.

"LAMT Derivación a C.T. Peñalba", con origen

en apoyo n.o 21 LAMT Circunvalación Peñalba

y final en apoyo n.o 2 LAMT Derivación a C.T.

Peñalba, de 0,294 m de longitud, conductores

LA-56.

"LAMT Derivación Riegos San Miguel", con

origen en apoyo n.o 21 LAMT Circunvalación Peñalba

y final en apoyo n.o 5 LAMT Derivación Riegos

San Miguel, de 0,159 km de longitud, conductores

LA-56.

"LAMT Derivación C.T.I. Cacho", con origen en

apoyo n.o 23 LAMT Circunvalación Peñalba y final

en apoyo C.T. Cacho, de 0,145 km de longitud,

conductores LA-56.

"LAMT Derivación C.T.Carretera Peñalba", con

origen en apoyo n.o 30 LAMT Circunvalación

Peñalba y final en apoyo C.T. Carretera Peñalba,

de 0,781 km de longitud, conductores LA-56.

"LAMT Derivación C.T. Airtel", con origen en

apoyo n.o 30 LAMT Circunvalación Peñalba y final

en apoyo n.o 3 LAMT Derivación a C.T. Airtel,

de 0,336 km de longitud, conductores LA-56.

"LAMT Particular "Royano"", con origen en

apoyo n.o 31 LAMT Circunvalación Peñalba y final

en apoyo n.o 3 Particular "Royano", de 0,147 km

de longitud, conductores LA-56.

C.T. CACHO, de tipo intemperie sobre apoyo

metálico, con 1 transformador, de 50 kVA de

potencia.

La servidumbre de paso aéreo de energía eléctrica

comprenderá:

A) El vuelo sobre el predio sirviente.

B) El establecimiento de postes, torres o apoyos

fijos para la sustentación de los cables conductores

de energía eléctrica e instalación de puestas a tierra

de dichos postes, torres o apoyos fijos.

C) El derecho de paso o acceso para atender

al establecimiento, vigilancia, conservación,

reparación de la línea eléctrica y corte de arbolado, si

fuera necesario.

D) La ocupación temporal de terrenos u otros

bienes, en su caso, necesarios a los fines indicados

en el apartado C) anterior.

En todo caso, y para las líneas eléctricas aéreas,

queda limitada la plantación de árboles y prohibida

la construcción de edificios e instalaciones

industriales en la franja definida por la proyección sobre

el terreno de los conductores extremos en las

condiciones más desfavorables, incrementada con las

distancias reglamentarias a ambos lados de dicha

proyección.

Relación concreta e individualizada de bienes y

derechos afectados

Finca n.o 1. Propietario afectado: Cereales Lax

Caspe. Bautista Lax Calavera.

Domicilio: C/ Albarado 50, 22592 Peñalba

(Huesca). Finca afectada: Polígono 2 Parcela 557 del

término municipal de Peñalba. Cultivo: Labor.

Afección: Vuelo: 47 m.l. Servidumbre de paso: 188 m2.

N.0 apoyos: 1 (n.o 9) con una superficie de 1,28 m2.

Finca n.0 2. Propietario afectado: Luis Casasnovas

Royo. Domicilio: C/ Albarado 17, 22592 Peñalba

(Huesca). Finca afectada: Polígono 2 Parcela 502

del término municipal de Peñalba. Cultivo: Labor

Afección: Vuelo: 234 m.l. Servidumbre de

paso:1170 m2.

Finca n.o 3. Propietario afectado: Alegría Royo

Carreras. Domicilio: C/ Joaquín Costa, 20 22592

Peñalba (Huesca). Finca afectada: Polígono 2

Parcela 578 del término municipal de Peñalba. Cultivo:

Labor. Afección: Vuelo: 22 m.l. Servidumbre de

paso: 88 m2.

Finca n.o 4. Propietario afectado: Explotaciones

Sijena. José M.a Pomar. Domicilio: 22592 Peñalba

(Huesca). Finca afectada: Polígono 3 Parcelas 649

y 64 del término municipal de Peñalba. Cultivo:

Labor. Afección: Vuelo: 83 y 18 m.l. Servidumbre

de paso: 332 y 63 m2.

Finca n.o 5. Propietario afectado: J. Ignacio Bitria

Montull. Domicilio: C/ Carmen, 18 22592 Peñalba

(Huesca). Finca afectada: Polígono 3 Parcelas 627

y 633 del término municipal de Peñalba. Cultivo:

Labor. Afección: Vuelo: 90 y 75 m.I. Servidumbre

de paso: 324 y 263 m2. N.o apoyos: 1 y 1/2 (n.0

18 y 20) con una superficie de 1 y 0,64 m2.

Finca n.o 6. Propietario afectado: Isabel Quibús

Gros. Domicilio: Carretera, n.o 15 (entrada de

Bujaraloz) 22592 Peñalba (Huesca). Finca afectada:

Polígono 3 y 2 Parcelas 606 y 537 del término municipal

de Peñalba. Cultivo: Labor. Afección: Vuelo: 32

y 182 m.I. Servidumbre de paso: 116 y 910 m2.

N.o apoyos: 1 (n.o 27) con una superficie de 1,26 m2.

La presente autorización se otorga sin perjuicio

e independientemente de las autorizaciones,

licencias o permisos de competencia municipal,

provincial y otras, necesarias para la realización de las

instalaciones.

Contra la presente Resolución, que no pone fin

a la vía administrativa, podrá interponerse recurso

de alzada ante el Consejero de Industria, Comercio

y Turismo en el plazo de un mes, contado a partir

del día de su notificación (o publicación en el Boletín

Oficial del Estado y Boletín Oficial de la Provincia,

en su caso), sin perjuicio de que el interesado pueda

interponer cualquier otro recurso que estime

procedente.

Huesca, 1 de septiembre de 2004.-El Director

del Servicio Provincial, el Secretario del Servicio

Provincial, suplencia (Decreto 74/2000), Fdo.:

Miguel Ángel Rodríguez Huerta.-43.142.

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