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Documento BOE-B-2003-85106

Anuncio del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales por el que se notifica la resolución del expediente 61/2002.

Publicado en:
«BOE» núm. 85, de 9 de abril de 2003, páginas 2826 a 2827 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-B-2003-85106

TEXTO

Notificación a la empresa "Multicines Oscar's,

S.L." titular de los Cinematógrafos "Multicines

Oscars Sala 4", de Santa Cruz de Tenerife de la

resolución de fecha 24 de febrero último,

correspondiente al expediente sancionador n.o 61/02, por

infracción de la normativa que regula la actividad

de exhibición cinematográfica, que se hace por este

medio por haberse intentado sin efecto la

notificación ordinaria del mismo al último domicilio

conocido, que es: Avda. de Bélgica, s/n. Edificio

Jamel. 38007 Santa Cruz de Tenerife, cuya parte

dispositiva dice lo siguiente:

"Visto el expediente y la propuesta anterior, este

Instituto ha resuelto imponer a la empresa titular

del Cinematógrafo Amulticines Oscars Sala 4 de

Santa Cruz de Tenerife, la sanción de multa de

mil ochocientos dos euros (1.802 Euros)".

Lo que se notifica en cumplimiento y a los efectos

previstos en el artículo 59.5 de la Ley de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y

Procedimiento Administrativo Común, significando que

el texto íntegro de la citada Resolución se encuentra

archivado en la Secretaría General de este

Organismo, Plaza del Rey, n.o 1 en Madrid. Esta

resolución es definitiva en la vía administrativa, de

acuerdo con lo establecido en la disposición adicional

decimoquinta de la Ley 6/1997, de 14 de abril,

de Organización y Funcionamiento de la

Administración General del Estado (LOFAGE), y contra

la misma cabe interponer recurso

contenciosoadministrativo ante los Juzgados Centrales de lo

Contencioso-Administrativo, conforme a lo

establecido en el artículo 9, c) de la Ley 29/1998, de 13

de julio, reguladora de la Jurisdicción

ContenciosoAdministrativa, en el plazo de dos meses, a contar

desde el día siguiente a la fecha de la notificación

de la presente resolución, de acuerdo con lo

dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.

En el caso de no impugnarla directamente mediante

el recurso contencioso-administrativo a que se

refiere el párrafo anterior, la presente resolución podrá

ser recurrida potestativamente en reposición, en el

plazo de un mes y ante el mismo órgano que la

ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los arts.

116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en

la redacción dada por la Ley 4/1999 de 13 de enero.

Debo manifestarle que, de interponerse el recurso

de reposición, el recurso

contencioso-administrativo, no podrá interponerse hasta que el de

reposición haya sido resuelto expresamente o se haya

producido la desestimación presunta del mismo. El

plazo máximo para dictar y notificar la resolución

del recurso de reposición es de un mes, transcurrido

el cual podrá entenderse desestimado a los efectos

de interponer el recurso

contencioso-administrativo.

Madrid, 31 de marzo de 2003.-La Secretaria

general, Fdo.: Milagros Mendoza Andrade.-12.486.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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