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Documento BOE-B-2003-85100

Anuncio del Tribunal Económico-Administrativo Central. Por el que se hace pública la notificación del expediente R.G.-2452-00 y R.S.-242-01.

Publicado en:
«BOE» núm. 85, de 9 de abril de 2003, páginas 2825 a 2825 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Hacienda
Referencia:
BOE-B-2003-85100

TEXTO

Este Tribunal Económico-Administrativo Central,

en Sala, en el recurso extraordinario de alzada

interpuesto por el Director General de Tributos contra

Resolución del Tribunal Regional de Valencia

dictada en reclamación n.o 46/218/99 acuerda:

Estimarlo y, respetando la situación jurídica particular

nacida del acto impugnado, revocar la Resolución

impugnada y declarar que la doctrina de este

Tribunal en relación con el ejercicio del derecho a

la deducción del IVA soportado es que solo la

factura completa o cualquiera de los documentos a

que se refiere el artículo 97 de la Ley 37/1992

del IVA pueden ser considerados justificantes de

su ejercicio; y que en los supuestos de adquisiciones

en común, solo el original y los ejemplares

duplicados de la factura emitidos en la forma prevista

en el apartado Cuatro del artículo 97 de la Ley

37/1992, habilitan para el ejercicio de ese derecho.

Lo que notifico reglamentariamente a Vd.

advirtiéndole que contra esta resolución definitiva en vía

económico-administrativa puede interponer recurso

contencioso-administrativo ante la Sala de lo

Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional

en el plazo de dos meses a contar del día siguiente

a la fecha de este Edicto.

Madrid, 20 de marzo de 2003.-Alejandro Rebollo

Álvarez-Amandi.-&12.118.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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