La Dirección General de MUFACE ha resuelto,
con fecha 15 de enero de 2003, de acuerdo con
lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, y al no haberse podido
practicar la notificación de requerimiento de pago de
la Resolución de la Dirección del Servicio Provincial
de MUFACE en Tarragona, de fecha 27 de julio
de 2001, por abonos indebidos del Subsidio de
Incapacidad Temporal, por la mutualista doña
Montserrat Pla Roca, con domicilio en calle Taquigraf
Marti, 7, Pral-A, 43002 Tarragona, que se inserte
en el "Boletín Oficial del Estado" y en el tablón
de edictos del Ayuntamiento de su último domicilio,
la notificación de requerimiento de pago,
advirtiéndole que, a tenor de lo dispuesto en el artículo
37 del Reglamento General del Mutualismo
Administrativo, se le concede un plazo de quince días
para proceder al abono de la cantidad adeudada,
más el 20 por 100 de recargo, total 155,45 euros
(129,54 euros 25,91 euros), mediante ingreso en
la cuenta número 9000-0001-20-020000698-7
abierta en Banco de España.
Transcurrido dicho plazo sin haberse procedido
al indicado ingreso, se dará curso al certificado de
descubierto y se procederá a la recaudación en vía
ejecutiva.
Contra la presente Resolución que no pone fin
a la vía administrativa, podrá interponerse recurso
de alzada ante el Ministerio de Administraciones
Públicas, en el plazo de un mes a partir del día
inmediato a la fecha de su publicación.
Madrid, 30 de enero de 2003.-El Director
general, Isaías López Andueza.-4.328.
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