Relación de saldos acreedores incursos en presunción de abandono que, de conformidad con lo previsto en la Ley General Presupuestaria número 11/1977,
de 4 de enero, artículo 92.2, se entregarán al Estado si en el plazo máximo de tres meses, y con las formalidades precisas, no fueran reclamadas por los interesados o sus causahabientes
ANEXO (ver imágenes páginas 9800 a 9805).
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