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Documento BOE-B-2003-25123

Resolución de la Consejería de Economía, Comercio e Industria del Gobierno de las Illes Balears, de autorización del establecimiento de una instalación eléctrica, expediente UP 4/02, y declaración, en concreto, de utilidad pública.

Publicado en:
«BOE» núm. 25, de 29 de enero de 2003, páginas 692 a 693 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de las Illes Balears
Referencia:
BOE-B-2003-25123

TEXTO

La empresa "Gas y Electricidad I, Sociedad

Anónima", unipersonal, con domicilio social en la calle

Joan Maragall, 16, de Palma, solicitó, el 8 de agosto

de 2001, la autorización administrativa y la

declaración, en concreto, de utilidad pública de la

instalación eléctrica siguiente:

Reforma de las líneas aéreas de 15 kV por

interferencia con el proyecto de carretera variante

Vilafranca derivación Na Voradada, en los términos

municipales de Vilafranca y Sant Joan.

En cumplimiento de los trámites establecidos en

el Decreto 99/1997, de 11 de julio, por el que se

regula el procedimiento aplicable a la tramitación

de las instalaciones eléctricas de la Comunidad

Autónoma de las Illes Balears ("Boletín Oficial de

las Illes Balears" número 93, de 26 de julio de 1997);

en los artículos 52, 53 y 54 de la Ley 54/1997,

de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico ("Boletín

Oficial del Estado" número 285, del 28) y en el

Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre

("Boletín Oficial del Estado" número 310, del 27), esta

solicitud se ha intentado la notificación de forma

individualizada a los titulares afectados para que

puedan formular las alegaciones procedentes, si bien

dicha notificación fue devuelta por el servicio de

Correos por caducidad; se ha sometido a un período

de información pública, mediante el anuncio

publicado en el "Boletín Oficial de las Illes Balears"

número 73, de 18 de junio de 2002; en el "Boletín Oficial

del Estado" número 214, de 6 de septiembre de

2002, y en el "Diario Última Hora", el 14 de junio

de 2002; esta publicación produce los efectos

previstos en los artículos 58, 59 y 60 de la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, respecto de todos los

titulares afectados; y en cumplimiento de los artículos

144 y 146 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de

diciembre ("Boletín Oficial del Estado" número 310,

del 27), se ha notificado a los Ayuntamientos de

Vilafranca de Bonany y de Sant Joan para su

exposición al público y para su conocimiento como

administración afectada.

El Ayuntamiento de Vilafranca ha expedido el

correspondiente informe favorable y la certificación

de la exposición al público de este proyecto en el

tablón de anuncios del Ayuntamiento durante un

mes.

El 13 de setiembre de 2002, el Ayuntamiento

de Sant Joan recibió la segunda petición de informe

y de acreditación de la correspondiente exposición

al público del proyecto de acuerdo con lo dispuesto

en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre,

que en su artículo 146 prevé que "por el órgano

encargado de la tramitación del expediente,

simultáneamente al trámite de información pública, dará

cuenta de la solicitud y de la parte del documento

técnico por el que las distintas administraciones,

organismos, empresas de servicio público o de

servicios de interés general resulten afectadas, a fin de

que éstas emitan el informe correspondiente. Se

entenderá que no hay ninguna objeción cuando,

transcurridos veinte días y reiterada la petición,

transcurran diez días más sin recibir respuesta de

dichas administraciones, organismos públicos o

empresas". Transcurrido el plazo de diez días desde

la segunda petición sin haber recibido ni el informe

ni la acreditación de la exposición pública se

entiende que no hay ninguna objeción por parte del

Ayuntamiento de Sant Joan.

No se han presentado alegaciones al proyecto.

Vista la autorización de cruzamiento de la

Dirección General de Régimen Hidráulico de la

Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del

Territorio y Litoral.

Vista la autorización de cruzamiento del

Departamento de Carreteras de la Consejería de Obras

Públicas, Vivienda y Transporte;

Visto cuanto antecede, cumplidos los trámites

administrativos que establecen la Ley 54/1997, de

27 de noviembre, del Sector Eléctrico; el título VII

del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre;

el Decreto 99/1997, de 11 de julio, por el que se

regula el procedimiento aplicable a la tramitación

de las instalaciones eléctricas de la Comunidad

Autónoma de las Illes Balears, todos ya

mencionados;

Visto que el punto 2 del artículo 18 del Decreto

58/2002, de 6 de abril, de aprobación del Plan

director sectorial energético de las Illes Balears prevé,

como una excepción a la obligación de enterrar

las líneas de media y baja tensión en suelo rústico,

la existencia de dificultades técnicas, como es el

caso, a causa de lo que establece la Ley 5/1990,

de 24 de mayo, de Carreteras de la Comunidad

Autónoma de las Illes Balears;

Vista la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de

Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas

y del Procedimiento Administrativo Común y las

otras normas legales que le sean de aplicación;

Haciendo uso de las atribuciones que tengo

legalmente conferidas, resuelvo:

1. Autorizar la reforma de líneas aéreas de 15

kV por interferencia con el proyecto de carretera

variante Vilafranca con las características técnicas

siguientes:

Peticionario: "Gas y Electricidad Distribución,

Sociedad Anónima", unipersonal.

Domicilio: calle Joan Maragall, 16, Palma.

Situación de la instalación: En los términos

municipales de Vilafranca de Bonany y de Sant Joan.

Finalidad de la instalación: Modificación del trazado

de las redes existentes de 15 kV que interfieren

con el proyecto de la nueva carretera denominada

variante Vilafranca.

Características técnicas: Reforma de cuatro

tramos de la línea aérea de 15 kV existente.

Conductores de Al-Alw de 49,49 mm2 de sección (507

metros) y de Al-Alw de 78,6 mm2 de sección (518

metros), apoyos metálicos y aislantes de suspensión

E-70-127. Presupuesto: 49.339,22 euros.

2. Declarar la utilidad pública de la instalación

eléctrica que se autoriza, conforme a lo que

establecen los artículos 52 y siguientes de la Ley

54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico,

que lleva implícita, en su caso, la necesidad de

ocupación de los bienes o la adquisición de los derechos

afectados de los propietarios con quien la persona

solicitante no ha llegado a un acuerdo, e implica

la ocupación urgente de los bienes y derechos

mencionados en el anexo de esta Resolución, a los

efectos previstos en el artículo 52 de la Ley de

Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954.

3. Contra esta Resolución se puede interponer

un recurso potestativo de reposición ante el

Consejero de Economía Comercio e Industria, en el

plazo de un mes, a contar desde el día siguiente

a su notificación y publicación en el "Boletín Oficial

de las Illes Balears", de acuerdo con lo que

establecen los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común; o un recurso

contencioso-administrativo ante la Sala Contenciosa

Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de las

Illes Balears, de acuerdo con lo que establecen los

artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,

reguladora de la Jurisdicción

Contenciosa-Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde

el día siguiente a su notificación y publicación en

el "Boletín Oficial de las Illes Balears".

Palma de Mallorca, 27 de noviembre de 2002.-La

Directora general de Industria, Francisca Vives

Amer.-2.410.

Anexo

Relación concreta e individualizada de bienes

y derechos afectados

1. Finca afectada: Polígono 3, parcela 159, del

término municipal de Vilafranca.

Propietaria titular: Catalina Gayá Vilanova.

Titular del derecho de usufructo: Isabel Vilanova

Morlà Domicilio: Calle de Jaime I, 188. 07300 Inca.

Afección longitud de vuelo entre conductores: 0

metros.

Servidumbre: 0 ^ 9 = 0 m2.

Soporte: Uno.

Superficie total de la base de soporte: 1,56 m2.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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