Por Resolución de fecha 8 de noviembre de 2002
del Director General de Obras Públicas se aprobó
provisionalmente el proyecto básico "41-A-1680(2).
Eje del Segura, tramo Orihuela-Almoradí
(Alicante)". En el Boletín Oficial del Estado número 291,
de fecha 5 de diciembre de 2002, y en el Diario
Oficial de la Generalitat Valenciana número 4391,
de fecha 3 de diciembre de 2002, se publicaron
los anuncios en virtud de los cuales se abría el
trámite de información pública a los efectos de lo
dispuesto en la legislación vigente. Habiendo dictado
en fecha 29 de abril de 2003 la Directora General
de Planificación y Gestión del Medio la Declaración
de Impacto Ambiental del Proyecto de referencia.
En virtud de las atribuciones asignadas por el
Decreto 210/2001, de 18 de diciembre, del
Gobierno Valenciano, por el que se aprueba el reglamento
Orgánico y Funcional de la Consellería de Obras
Públicas, Urbanismo y Transportes, a la vista del
informe emitido por la División de Carreteras, con
los efectos señalados en el artículo 22 de la Ley
6/1991, de la Generalitat Valenciana de 27 de
marzo, de Carreteras de la Comunidad Valenciana, y
del artículo 123 del Real Decreto 1098/2001, de
12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento
General de la Ley de Contratos de las
Administraciones Públicas, así como por delegación de la
Orden del Conseller de Obras Públicas, Urbanismo
y Transportes de 11 de enero de 2001 (DOGV
núm. 3919) Resuelvo: Primero: Aprobar
definitivamente el proyecto básico "41-A-1680(2). Eje del
Segura, tramo Orihuela-Almoradí (Alicante)".
Segundo.-Visto lo dispuesto en el artículo 20 y
siguientes de la Ley 6/1991, de 27 de marzo, de
Carreteras de la Generalitat Valenciana, razones de
interés público aconsejan la publicación de esta
Resolución de acuerdo con lo dispuesto en el
artículo 60 de la Ley 4/99, de 13 de enero, de
modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de régimen jurídico de las Administraciones Públicas
y del procedimiento administrativo común. Contra
la presente resolución que agota la vía administrativa
podrá interponerse con carácter potestativo, recurso
de reposición ante el Director General de Obras
Públicas en el plazo de un mes, contado desde el
día siguiente al de su publicación, en virtud de lo
dispuesto en los artículos 116 y 117 de la
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, en la redacción
dada a los mismos por la Ley 4/1999, de 13 de
enero (BOE n.o 12, de 14 de enero). No obstante
lo dispuesto en el párrafo anterior, la presente
resolución podrá ser impugnada directamente ante el
Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de la
ciudad de Valencia, mediante la interposición del
correspondiente recurso
contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el
día siguiente al de la publicación de la misma o,
en su caso, de la resolución expresa del recurso
potestativo de reposición, de conformidad con lo
establecido en el artículo 46 de la Ley 29/1998,
de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa. Todo ello, sin perjuicio de
que pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro
recurso que estime procedente.
Valencia, 16 de mayo de 2003.-El Director
General de Obras Públicas, Pedro Marco Segura.-24.635.
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