1. Antecedentes:
Con fecha 14 de diciembre de 1999 la Secretaría
de Estado de infraestructuras y Transportes aprobó
técnicamente el "Estudio Informativo del Proyecto
de la Línea de Alta Velocidad
Madrid-CastillaLa Mancha-Comunidad Valenciana-Región de
Murcia. Tramo: Madrid-Albacete/Valencia".
El Estudio Informativo fue sometido al trámite
de Información Pública, mediante publicación de
anuncio en el B.O.E. de 17 de diciembre de 1999
y posterior rectificación de erratas en B.O.E. de
4 de febrero de 2000, de acuerdo con lo establecido
en la L.O.T.T. y en el real Decreto Legislativo
1302/86 de Evaluación de Impacto Ambiental
(modificado por Real Decreto Ley 9/2000).
El Estudio Informativo tiene por objeto la
definición y análisis de las distintas alternativas de
proyecto que justificadamente pueden plantearse para
el tramo Madrid-Albacete/Valencia de la nueva
Línea de Alta Velocidad. Estas alternativas han de
satisfacer dos objetivos complementarios:
Comunicaciones radiales en Alta Velocidad
Madrid-Castilla-La Mancha-Mediterráneo.
Comunicaciones en Alta Velocidad a lo largo del
tramo central del eje Mediterráneo.
El Estudio se estructura en tres partes
diferenciadas; pero complementarias entre sí:
Estudios de trazado, se realizan para el tramo
Madrid-Albacete/Valencia.
Estudio de Impacto Ambiental para los mismos
tramos que los estudios de trazado.
Estudio de Demanda y Rentabilidad, que
corresponde al sector Mediterráneo completo (incluye
también los accesos a Alicante/Elche y a la Región
de Murcia), pues conceptualmente no puede
realizarse este análisis por tramos separados.
Las soluciones desarrolladas para el sector
completo (en el Estudio sólo se incluyen los trazados
y estudios ambientales del tramo
Madrid-Albacete/Valencia) son las siguientes:
Solución A. La conexión Madrid-Valencia se
realiza partiendo de la línea de alta velocidad
Madrid-Barcelona, pasando por Cuenca, Motilla,
Requena y Buñol. En el entorno de Motilla se
produce la bifurcación hacia Albacete, desde donde
continúa, hasta el enlace de La Encina la línea que
conecta con Alicante y Murcia. Además se hace
necesario el tramo La Encina-Valencia para atender
las relaciones del Corredor Mediterráneo.
Solución B. La conexión Madrid-Valencia se
desarrolla partiendo de la línea Madrid-Sevilla y tras
atravesar La Mancha, desde San Clemente se dirige
hacia el embalse de Contreras, donde prosigue por
el mismo trazado que el acceso a Valencia por Buñol
de la solución anterior. Desde San Clemente parte
el trazado de conexión con Albacete que, a su vez,
permite acceder a Alicante y Murcia pasando por
La Encina. Además se hace necesario el tramo La
Encina-Valencia para atender las relaciones del
Corredor Mediterráneo.
Solución C. El trazado Madrid-Valencia es
pasante por Albacete y La Encina, desarrollándose, en
paralelo con la línea actual de ancho convencional
de RENFE. En La Encina se produce el enlace
con los acceso a Alicante y Murcia.
Solución D. En esta solución el trazado
Madrid-Valencia es pasante por Cuenca, Albacete
y La Encina. Se trata en realidad de una
combinación de la Solución A (el tramo entre Madrid
y Albacete) y de la solución C (entre Albacete y
las capitales mediterráneas).
Solución E. Resulta de añadir a la solución C
una variante Albacete-Valencia por Alcalá del Júcar
y Buñol, para acordar la conexión de la capital
levantina con Madrid y Albacete.
Solución F. Resulta de añadir a la solución C
una variante Albacete-Murcia por Cieza, a fin de
acortar los recorridos Madrid-Murcia y
Albacete-Murcia.
Como resultado del proceso de Información
Pública se recibieron 38.342 escritos que contienen
68.274 firmas.
De las alegaciones presentadas durante el proceso
de información pública se dedujo la falta de
viabilidad, por razones de impacto ambiental y de
limitaciones de futuro para la explotación ferroviaria,
del trazado concreto considerado en dicho estudio
entre Madrid y Cuenca, en las soluciones A y D.
Por ello se redactó el "Documento
Complementario relativo al Subtramo Madrid-Cuenca al Estudio
Informativo del Proyecto de la Línea de Alta
Velocidad Madrid-Castilla-La Mancha-Comunidad
Valenciana-Región de Murcia. Tramo:
Madrid-Albacete/Valencia" en el cual se define y analiza la
Solución Variante de A de acuerdo con el mismo
esquema seguido con el resto de soluciones del
Estudio Informativo. En dicho Documento
Complementario se procede al análisis comparativo de la
Solución A y de la Solución Variante de A (para no
repetir las consideraciones ya efectuadas en el
Estudio Informativo inicial y evitar así redundancias
innecesarias centrando el análisis en los elementos
diferenciales).
Con fecha 15 de septiembre de 2000 la Secretaría
de Estado de Infraestructuras aprobó técnicamente
el "Documento Complementario relativo al
Subtramo Madrid-Cuenca al Estudio Informativo del
Proyecto de la Línea de Alta Velocidad
Madrid-Castilla-La Mancha-Comunidad Valenciana-Región de
Murcia. Tramo Madrid-Albacete/Valencia", siendo
sometido dicho documento Complementario a
Información Pública, mediante publicación de
anuncio en el B.O.E. de 19 de septiembre de 2000.
Una vez finalizado el procedimiento de
información pública, reunidos en Murcia el día 8 de enero
de 2001, el Ministerio de Fomento D. Francisco
Álvarez Cascos, y los presidentes de las
Comunidades Autónomas de Madrid, Valencia, Castilla-La
Mancha y Murcia, acordaron con relación al trazado
del AVE que afecta a sus respectivos territorios,
considerar como base de la solución definitiva del
mismo, la propuesta sometida a información pública
por el Ministerio de Fomento en el BOE de 19
de septiembre de 2000. Es decir la Solución Variante
de A incluida en el "Documento Complementario
relativo al Subtramo Madrid-Cuenca al Estudio
Informativo del Proyecto de la Línea de Alta
Velocidad Madrid-Castilla-La Mancha-Comunidad
Valenciana-Región de Murcia. Tramo
Madrid-Albacete/Valencia", que modificaba para el Subtramo:
Madrid-Cuenca la Solución A del Estudio
Informativo inicial que fue sometido a información
pública entre los meses de diciembre de 1999 y abril
de 2000.
En abril de 2001, se remitió el expediente a la
Dirección General de Calidad y Evaluación
Ambiental del Ministerio de Medio Ambiente, solicitando
la preceptiva Declaración de Impacto Ambiental
para todo el tramo: Madrid-Albacete/Valencia.
Con fecha 17 de diciembre de 2001, y al objeto
de que la Dirección General de Calidad y Evaluación
Ambiental del Ministerio de Medio Ambiente
dispusiera de una mayor información para poder
realizar la Declaración de impacto Ambiental se remitió
a dicho organismo la fase 1/5.000 del "Estudio
Informativo del Proyecto de la Línea de Alta Velocidad
Madrid-Castilla-La Mancha-Comunidad
Valenciana-Región de Murcia. Tramo
Madrid-Albacete/Valencia" en el cual está incluido el Subtramo:
Cuenca-Albacete. En concreto para el tramo
Cuenca-Albacete la solución desarrollada parte del punto
donde finaliza el trazado estudiado en el documento
complementario del Subtramo Madrid-Cuenca,
cruce del arroyo de la Motilla junto a Fuentes,
situándose inicialmente entre las carreteras nacionales
N-420 y N-320, cruza pronto esta última y sigue
la misma dirección que la N-320 hasta Motilla del
Palancar.
A partir de Motilla del Palancar el trazado
continúa con orientación norte-sur entre el Júcar por
el oeste y la N-320 por el este. Así el trazado llega
hasta el Término Municipal de Montalvos, donde
cruza el río Júcar. A continuación, poco antes de
llegar a La Gineta el trazado gira para situarse en
dirección sur-este paralelo a la N-301, llegando así
hasta la actual estación de Albacete.
2. Informe del Servicio Jurídico:
El Abogado del Estado-Jefe, mediante escrito de
fecha 22 de junio de 2001, ha informado que el
expediente de información pública y oficial del
"Estudio Informativo del Proyecto de la Línea de Alta
Velocidad Madrid-Castilla-La Mancha-Comunidad
Valenciana-Región de Murcia. Tramo:
Madrid-Albacete/Valencia" ha sido tramitado en la forma
legalmente prevista en el R.D. 1211/90, Reglamento de
la Ley de Ordenación de los Transportes.
3. Declaración de Impacto Ambiental:
La Declaración de Impacto Ambiental, relativa
al "Estudio Informativo del Proyecto de la Línea
de Alta Velocidad Madrid-Castilla-La
Mancha-Comunidad Valenciana-Región de Murcia. Tramo:
Madrid-Albacete/Valencia. Subtramo:
Cuenca-Albacete", que se incluye como anexo a esta aprobación,
se ha formulado por la Secretaría General de Medio
Ambiente el 31 de enero de 2003, y se ha publicado
en el B.O.E. de fecha 21 de febrero de 2003.
4. Informe de la Subdirección General de Planes
y Proyectos de Infraestructuras Ferroviarias:
La Subdirección General de Planes y Proyectos
de Infraestructuras Ferroviarias elevó con fecha 5
de marzo de 2003 la Propuesta de Aprobación del
expediente de información pública y oficial y
Aprobación Definitiva del "Estudio Informativo del
Proyecto de la Línea de Alta Velocidad
Madrid-Castilla-La Mancha-Comunidad Valenciana-Región de
Murcia. Tramo: Madrid-Albacete/Valencia.
Subtramo: Cuenca-Albacete".
5. Resolución:
A la vista de todo lo expuesto, esta Secretaría
de Estado resuelve lo siguiente:
Primero: Hacer constar que el expediente
reseñado cumple con lo preceptuado en la Sección 1.a,
capítulo 2.o, del vigente Reglamento de la Ley de
Ordenación de los Transportes Terrestres (R.D.
1211/90 de 28 de septiembre).
Segundo: Aprobar el expediente de Información
pública y oficial y definitivamente el "Estudio
Informativo del Proyecto de la Línea de Alta Velocidad
Madrid-Castilla-La Mancha-Comunidad
Valenciana-Región de Murcia. Tramo:
Madrid-Albacete/Valencia. Subtramo: Cuenca-Albacete", seleccionando
como alternativa a desarrollar en los proyectos
constructivos la definición a escala 1/5.000 de la
Solución Variante de A (en el tramo Cuenca-Albacete
coincide con la solución A) entre el p.k. 175+600
y la actual estación de Albacete, entorno del p.k.
285+200, que fue remitida a la Dirección General
de Calidad y Evaluación Ambiental del Ministerio
de Medio Ambiente con fecha 17 de diciembre
de 2001.
Tercero: En los sucesivos Proyectos Constructivos
que desarrollen la solución aprobada se tendrán en
cuenta las prescripciones siguientes:
3.1 Las establecidas en el condicionado de la
Declaración de Impacto Ambiental, cuya copia se
incluye como anejo a esta aprobación.
3.2 La reposición de viales y servidumbres, y
la ejecución de nuevos pasos y caminos prevista
en el Estudio Informativo, se considerará de nuevo
en la fase de Proyecto Constructivo para analizar
posibles modificaciones.
Durante la redacción de dicho proyecto se
mantendrán contactos con los Ayuntamientos,
Asociaciones y otros interesados, para concretar con
exactitud los caminos y pasos que haya que reponer
o construir, así como prever la reposición de redes
de riegos, acequias y demás servicios afectados.
Cuarto: Contra la presente Resolución, que pone
fin a la vía administrativa, cabe interponer ante esta
Secretaría de Estado, en el plazo de un mes, recurso
potestativo de reposición, al amparo de los artículos
116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,
modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
Asimismo, en el plazo de dos meses, podrá
interponerse recurso contencioso-administrativo ante la
Sala de lo Contencioso-Administrativo de la
Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo
11.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio. Dicho
recurso no podrá ser interpuesto hasta que el anterior
recurso potestativo de reposición sea resuelto
expresamente o se haya producido la desestimación
presunta.
Madrid, 6 de marzo de 2003.-El Secretario de
Estado de Infraestructuras, Benigno Blanco
Rodríguez.-&16.283.
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