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Documento BOE-B-2002-69171

Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas por la que se autoriza a "Iberdrola Distribución, Sociedad Anónima" una línea eléctrica aérea de 30 kV, doble circuito, interprovincial entre Álava y Burgos, con origen en la línea Ali-Puentelarrá I y II y final en el centro de transformación de la Comunidad de Regantes Berokia en el Condado de Treviño, y se declara, en concreto, la utilidad pública de la misma.

Publicado en:
«BOE» núm. 69, de 21 de marzo de 2002, páginas 2241 a 2242 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Economía
Referencia:
BOE-B-2002-69171

TEXTO

Visto el expediente incoado en el Área de Industria

y Energía de la Subdelegación del Gobierno de

Álava y en el Servicio Territorial de Industria, Comercio

y Turismo de la Delegación Territorial de Junta

de Castilla y León en Burgos, a instancia de

"Iberdrola Distribución, Sociedad Anónima", con

domicilio en Vitoria (Álava), calle Urartea, 2, solicitando

la autorización administrativa y declaración, en

concreto, de la utilidad pública de la instalación que

se cita;

Resultando que la petición de la empresa ha sido

sometida durante el plazo reglamentario a

información pública, a los efectos previstos en el

título IX de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del

Sector Eléctrico y en los artículos 125 y 144 del

Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por

el que se regulan las actividades de transporte,

distribución, comercialización, suministro y

procedimientos de autorización de instalaciones de energía

eléctrica;

Resultando que de conformidad con el

artículo 127 del citado Real Decreto se envió separata

del proyecto y se solicitó informe a las distintas

administraciones, organismos, empresas de servicio

público o de interés general que pudieran verse

afectadas por el proyecto, no presentándose oposición

al proyecto en los informes emitidos y siendo

aceptados por "Iberdrola Distribución Eléctrica,

Sociedad Anónima" los condicionados impuestos;

Resultando que en la provincia de Burgos, además

de a los particulares afectados y relacionados por

la empresa peticionaria, se remitió comunicación

a la Junta Administrativa de Ocilla-Ladrera (La

Puebla de Arganzón), a la Junta Administrativa de

Zurbito (Condado de Treviño), a la Junta

Administrativa de Golernio (Condado de Treviño) y a la

Junta Administrativa de Treviño (Condado de

Treviño);

Resultando que en la provincia de Burgos se han

presentado alegaciones por parte de:

Vecinos y moradores de Golernio.

Propietarios de fincas de la localidad de Golernio.

Vecinos y moradores de Zurbitu.

Varios particulares;

Resultando que las alegaciones se basan

fundamentalmente en:

La Comunidad de Regantes de Berokia cuenta

con suficientes recursos para atender el regadío.

Condicionar que se autorice la línea a la

incorporación de nuevos regadíos.

La traza de la línea discurre próxima a

edificaciones, lo que impide el desarrollo urbanístico.

Que el suministro es exclusivo para un bombeo

que no utilizan todas las personas afectadas en sus

fincas;

Resultando que por "Iberdrola Distribución,

Sociedad Anónima" son contestadas estas

alegaciones manifestando:

No puede valorar la disponibilidad de recursos

hidráulicos para la ampliación del regadío, pero la

instalación, además de dotar de energía eléctrica

a la presa del río Arrieta, crea una infraestructura

que en un futuro permitirá dotar a la comarca de

disponibilidad y garantía de suministro de energía

eléctrica.

En cuanto a la idoneidad del trazado, considera

que discurre por terreno rústico, preferentemente

por terrenos de dominio público y linderos,

salvaguardando aquellas zonas que por su importancia

medioambiental y paisajística resultan de interés

especial;

Resultando que en la provincia de Álava se han

firmado acuerdos con todos los propietarios de las

fincas afectadas.

Vistos los informes favorables emitidos por el

Área de Industria y Energía de la Subdelegación

del Gobierno de Álava y por el Servicio Territorial

de Industria, Comercio y Turismo de la Delegación

Territorial de la Junta de Castilla y León en Burgos;

Considerando que se han cumplido los trámites

reglamentarios establecidos en el capítulo II del

título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de

diciembre.

Esta Dirección General de Política Energética y

Minas ha resuelto:

1. Autorizar a "Iberdrola Distribución Eléctrica,

Sociedad Anónima" una línea eléctrica aérea a 30

kV, doble circuito, interprovincial entre Álava y

Burgos, desde la línea "Ali-Puentelarrá I y II hasta el

centro de transformación de la Comunidad de

Regantes Berokia en el Condado de Treviño", cuyas

características principales son:

Origen: Apoyo número 1.368 de la línea eléctrica

aérea a 30 kV, doble circuito, Ali-Puentelarrá I y

II derivación al CT Oteros.

Final: Apoyo número 1.514 de la línea a construir,

junto a la estación de bombeo del cual se entrará

en subterráneo al centro de transformación a instalar

por la Comunidad de Regantes de Berokia.

Términos municipales afectados: Iruña de Oca

en la provincia de Álava y la Puebla de Arganzón

y Treviño en la provincia de Burgos.

Número de circuitos: Dos.

Conductores: LA 125, de 125,1 mm2 de sección.

Apoyos: Metálicos.

Aislamiento: Aisladores de vidrio.

Longitud: 8.609 metros de los que 1.650 metros

corresponden a la provincia de Álava y el resto

a la de Burgos.

La finalidad de la instalación es la alimentación

al centro de transformación de la Comunidad de

Regantes Berokia en la presa del río Arrieta y crear

una infraestructura que permita dotar a la comarca

de una disponibilidad y garantía de suministro de

energía eléctrica en el futuro.

2. Declarar, en concreto, la utilidad pública de

la instalación que se autoriza, a los efectos previstos

en el título IX de la Ley 54/1997, de 27 de

noviembre, del Sector Eléctrico y en el capítulo V del

título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de

diciembre.

Contra la presente Resolución cabe interponer

recurso de alzada ante el excelentísimo señor

Secretario de Estado de Economía, de Energía y de la

Pequeña y Mediana Empresa en el plazo de un

mes, de acuerdo con lo establecido en la

Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, modificada por

la Ley 4/1999, de 13 de enero y en el

artículo 14.7 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de

Organización y Funcionamiento de la Administración

General del Estado.

Madrid, 29 de enero de 2002.-La Directora

general, Carmen Becerril Martínez.-&8.806.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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