Por la que se hace pública la notificación del
expediente R.G. 6759-99 y R.S. 544-99.
El Tribunal Económico-Administrativo Central,
en Sala, en el recurso de alzada interpuesto por
"Bodaño García, Sociedad Limitada", contra la
resolución de la reclamación económico-administrativa
dictada por el TEAR de Galicia, en los expedientes
acumulados números 36/02315/96 y 36/02316/96,
relativos al IVA de los ejercicios 1990 a 1994,
acuerda: Estimarla parcialmente, reconociendo el derecho
a la práctica de la tasación pericial contradictoria
a efectos de determinar la base imponible de la
operación de permuta celebrada el 11 de septiembre
de 1990, conforme a lo dispuesto en el artículo 52
de la Ley General Tributaria, y confirmando en
lo demás el acuerdo impugnado.
Lo que notifico reglamentariamente a usted,
advirtiéndole que contra esta resolución definitiva en vía
económico-administrativa puede interponer recurso
contencioso-administrativo ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional,
en el plazo de dos meses a contar del día siguiente
a la fecha de este edicto.
Madrid, 23 de enero de 2002.-Alejandro Rebollo
Álvarez-Amandi.-5.025.
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