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Documento BOE-B-2002-43100

Resolución de la Confederación Hidrográfica del Norte por la que se anuncia el levantamiento de actas previas a la ocupación de los bienes afectados por las obras del proyecto de emisario terrestre de Aboño. Término municipal de Gijón (Asturias).

Publicado en:
«BOE» núm. 43, de 19 de febrero de 2002, páginas 1296 a 1297 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-B-2002-43100

TEXTO

Por Resolución de la Dirección General de Obras

Hidráulicas y Calidad de las Aguas, Ministerio de

Medio Ambiente, de 13 de noviembre de 2001,

fue aprobado técnica y definitivamente el proyecto

de referencia y cuyas obras por pertenecer al

"Aprovechamiento integral de los recursos hidráulicos de

la zona central de Asturias", han quedado

incorporadas al Plan General de Obras Públicas, por

Real Decreto Ley 15/1984, de 26 de diciembre,

lo que comporta las declaraciones de utilidad pública

y urgencia de la ocupación de los bienes y derechos

afectados, a efectos de aplicación del procedimiento

establecido en el artículo 52 de la Ley de

Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954.

En consecuencia, esta Confederación

Hidrográfica, en virtud de las atribuciones que tiene

conferidas, ha resuelto convocar a los propietarios

afectados, acto que se les comunicará individualmente,

para que, previo traslado a las fincas de ser ello

necesario, se proceda al levantamiento de las actas

previas a la ocupación.

La relación de bienes y derechos afectados se

publicará en los diarios "La Nueva España" y "El

Comercio" de Gijón y podrá ser examinada por

los interesados en las oficinas de esta Confederación

Hidrográfica en Oviedo (plaza de España,

número 2) y en el Ayuntamiento de Gijón.

El levantamiento de las actas previas tendrá lugar

en el Ayuntamiento de Gijón el próximo día 12

de marzo de 2002, a las diez treinta horas. A cada

afectado se le comunicará en la citación personal

la hora y el día que le corresponde comparecer.

Al citado acto concurrirán los afectados

personalmente o bien representados por persona con

poder bastante, aportando la documentación

acreditativa de la propiedad o titularidad que se ostente

sobre las fincas, así como el último documento de

pago del impuesto de bienes inmuebles, pudiéndose

acompañar de sus Peritos y un Notario, todo ello

a su cargo.

A tenor con lo dispuesto en el artículo 56-2 del

vigente Reglamento de Expropiación Forzosa, los

interesados podrán formular por escrito ante esta

Confederación Hidrográfica las alegaciones que

consideren oportunas a los solos efectos de subsanar

errores que se hayan podido cometer al describir

los bienes objeto de la urgente ocupación.

Oviedo, 12 de febrero de 2002.-El Secretario

general, Tomás Durán Cueva.-&4.970.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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