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Documento BOE-B-2001-148144

INVERSEGUROS GESTIÓN, S. A., SGIIC Sociedad unipersonal, en su calidad de sociedad gestora de Segurfondo High Yield, FIM

Publicado en:
«BOE» núm. 148, de 21 de junio de 2001, páginas 7064 a 7064 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - C. Anuncios particulares
Departamento:
Anuncios particulares
Referencia:
BOE-B-2001-148144

TEXTO

Comunica que, con fecha 11 de junio de 2001,

la Dirección General del Tesoro y Política

Financiera ha autorizado la modificación del Reglamento

de Gestión de Segurfondo High Yield FIM, al objeto

de, entre otros, acogerse al régimen de Fondos de

Inversión Mobiliaria de Fondos, y como

consecuencia de ello, modificar su denominación a Segurfondo

High Yield FIMF, con la consiguiente modificación

de los artículos 1, 6, 13 y 15.

Asimismo, una vez cumplidos los trámites

administrativos preceptivos, Segurfondo High Yield

FIMF variará su política de inversión que, si bien

se caracterizará por invertir mayoritariamente su

activo en acciones o participaciones de varias

instituciones de inversión colectiva de carácter

financiero, y en consecuencia respetará las normas

aplicables específicamente a este tipo de instituciones,

pretendemos mantener. Además se modificará la

vocación inversora del fondo -que será renta fija

internacional-, el índice de referencia del Fondo

-que pasará a ser el denominado Merrill Lynch

Global High Yield Index- y la limitación existente

respecto a la inversión en valores de emisores

radicados en países emergentes.

Sobre la base de cuanto antecede les

comunicamos que, de conformidad con la normativa

vigente, las circunstancias descritas constituyen hechos

específicamente relevantes para la institución que

dan lugar al derecho de separación de los partícipes

que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo

35.2 del Reglamento de la Ley de Instituciones de

Inversión Colectiva, podrán ejercitar en el plazo

de un mes desde la remisión del presente escrito,

sin deducción de comisión de reembolso o gasto

alguno, salvo la retención fiscal legalmente aplicable.

Lo que se comunica a los efectos oportunos.

Madrid, 12 de junio de 2001.-El Director, Jaime

Moreno Caballero.-33.703.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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