Está Vd. en

Documento BOE-B-2000-276109

Resolución de la Delegación Provincial de Pontevedra, de 16 de octubre de 2000, de autorización administrativa, declaración, en concreto, de utilidad pública y la necesidad de la urgente ocupación que lleva implícita, así como la aprobación del proyecto de ejecución de la instalación eléctrica que se describe (número expediente IN407A 1998/233-4).

Publicado en:
«BOE» núm. 276, de 17 de noviembre de 2000, páginas 15203 a 15203 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Galicia
Referencia:
BOE-B-2000-276109

TEXTO

Visto el expediente para otorgamiento de

autorización administrativa, declaración, en concreto, de

utilidad pública y la necesidad de la urgente

ocupación que lleva implícita, así como la aprobación

del proyecto de ejecución de la instalación eléctrica

que a continuación se detalla:

Solicitante: "Unión Fenosa, Sociedad Anónima".

Domicilio social: Avenida García Barbón, 38,

36201 Vigo.

Título: LMT, CT, y RBT Ponte Nova

Oeste-Morade.

Situación: Baiona.

Características Técnicas:

LMT, aérea, desnuda a 20 KV, de 411 metros

de longitud, con conductor tipo LA-56, sobre apoyos

de hormigón y metálico, desde el apoyo N.1 de

la LMT Sopetalxuncal hasta el CT que se proyecta

en Ponte Nova Oeste-Morade, Ayuntamiento de

Baiona. CT de 100 KVA, relación de transformación

20 KV-380/220 V.RBT, aérea, de 815 metros de

longitud, con conductor tipo RZ, sobre apoyos de

hormigón.

Realizada la información pública y la notificación

individual a cada uno de los afectados, presentan

alegaciones los propietarios de las fincas 12, 15,

16 y 22. Todos ellos coinciden en que poseen

terrenos en los que se puede edificar y que con el paso

de la línea pierden valor, por lo que se oponen

al paso de la misma.

Trasladadas las alegaciones a la empresa eléctrica,

ésta contesta manifestando que la servidumbre de

paso de una línea no impide al dueño del terreno

cercarlo, plantar o edificar en él, dejando a salvo

dicha servidumbre, y que está prohibida la

colocación de apoyos en zonas de influencia de

carreteras a la red vecinal, a distancias inferiores a 15

metros y aún cumpliendo con lo anterior, a menos

de 8 metros de la arista exterior de la explanación

o a una distancia del borde de plataforma inferior

a vez y media la altura del apoyo, y que en la

finca número 22 la línea pasa muy próxima al

lindero.

Se trasladó copia de la contestación de la empresa

a cada uno de los afectados, volviendo a presentar

alegaciones el propietario de la finca 22,

ratificándose en su anterior escrito y lo mismo hace la

empresa eléctrica cuando se le envía copia de las nuevas

alegaciones.

Considerando que la única alegación común es

la depreciación de las fincas debido a la servidumbre

de paso de la línea eléctrica, pero no la existencia

de prohibiciones ni a la propuesta real de un trazado

alternativo, y que la cuestión económica se resuelve

en procedimiento de expropiación, y que respecto

a la finca 22 tenemos que indicar que la línea no

afecta a la utilización y uso que el propietario indica,

dada la altura del poste, 17,5 metros y de los

conductores sobre el terreno.

Vistos y cumplidos los trámites ordenados en la

Ley 54/1997, el 27 de noviembre, y en los capítulos

III y IV de los Decretos 2617 y 2619/1966, de

20 de octubre, sobre autorización y expropiación

forzosa de las instalaciones eléctricas,

Esta Delegación Provincial resuelve:

Autorizar, declarar, en concreto, la utilidad

pública y la necesidad de la urgente ocupación que lleva

implícita, así como la aprobación del proyecto de

ejecución de las referidas instalaciones, cuyas

características se ajustarán en todas sus partes a las que

figuran en el mismo y a las condiciones técnicas

y de seguridad establecidas en los Reglamentos de

aplicación, y en los condicionados establecidos por

los Ministerios, organismos o corporaciones que

constan en los expedientes.

Contra la presente resolución podrá interponer

recurso de alzada ante el excelentísimo señor

Consejero de Industria y Comercio en el plazo de un

mes, contado a partir del día siguiente al de

notificación de esta resolución; también podrá

interponer cualquiera otro recurso que estime pertinente

a su derecho.

Pontevedra, 16 de octubre de 2000.-La Delegada

provincial, Carmen Bianchi Valcarce.-62.174.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid