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Documento BOE-B-1998-46374

Otros anuncios oficiales

Publicado en:
«BOE» núm. 255, de 24 de octubre de 1998, páginas 16433 a 16435 (3 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Referencia:
BOE-B-1998-46374

TEXTO

MINISTERIO DE FOMENTO

Autoridades Portuarias

PUERTO DE BARCELONA

Resolución por la que se hace pública la tramitación

de expediente de concesión administrativa que se

indica

La Autoridad Portuaria de Barcelona hace público

que la sociedad "Terminal Catalunya, Sociedad

Anónima" ha presentado petición para la ampliación

de la concesión de la terminal multipropósito, en

unos 63.000 metros cuadrados, en el muelle Príncipe

de España y dársena sur del puerto de Barcelona.

De acuerdo con la disposición transitoria sexta

de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina

Mercante y en aplicación del artículo 74 de la Ley

de Costas y del artículo 146.8 del Reglamento para

su aplicación, se hace público para general

conocimiento que la sociedad "Terminal Catalunya,

Sociedad Anónima" ha solicitado la ampliación de

la concesión administrativa de la terminal

multipropósito, en el muelle Príncipe de España y dársena

sur del puerto de Barcelona.

El escrito de petición, el proyecto básico y el

estudio económico-financiero se hallan a disposición

del público para su examen en la Autoridad

Portuaria de Barcelona, Servicio de Acceso Unificado

(SAU), sito en la carretera de circunvalación, tramo

sexto, edificio ASTA, durante el plazo de veinte

días hábiles, a contar desde el siguiente al de la

publicación de este anuncio.

Durante este plazo se podrán presentar

observaciones y/o proyectos alternativos (con la

documentación exigida por la Ley de Puertos del Estado

y de la Marina Mercante) mediante escrito dirigido

al señor Director del puerto de Barcelona (puerta

de la Paz, número 6).

Barcelona, 9 de octubre de 1998.-El Director,

Josep Oriol Carreras.-54.327.

COMUNIDAD AUTÓNOMA

DE GALICIA

Consejería de Política Territorial,

Obras Públicas y Vivienda

Dirección General de Obras Públicas

Servicio Provincial de Carreteras

PONTEVEDRA

Resolución por la que se señalan fechas para el

levantamiento de las actas previas a la ocupación

de los bienes afectados por las obras de "Alternativa

sur del puente de la Barca. Término municipal de

Poio (Pontevedra). Clave N/PO/95.7.2"

El artículo 28 del vigente Estatuto de Autonomía

de Galicia establece en su apartado segundo la

competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia

en el desarrollo legislativo y la ejecución de la

legislación del Estado en materia de expropiación

forzosa.

Las obras reseñadas en el encabezamiento de la

presente Resolución se encuentran incluidas en el

programa de obras a realizar con cargo al programa

413-B, "Construcción, Conservación y Explotación

de Carreteras".

Por Resolución de la Dirección General de Obras

Públicas de la Consejería de Política Territorial,

Obras Públicas y Vivienda, de 1 de septiembre de

1998, se aprobó el correspondiente proyecto de

trazado.

El Consejo de la Junta de Galicia, en su reunión

del día 10 de septiembre de 1998, acordó declarar

la utilidad pública de las mencionadas obras y,

asimismo, urgente la ocupación de los bienes afectados

por éstas, a efectos de lo que previenen los artículos

10 y 52 de la vigente Ley de Expropiación Forzosa.

En su virtud, y en cumplimiento de lo dispuesto

en los artículos 52 de la la vigente Ley de

Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954, y

55 y siguientes del Reglamento para su aplicación,

este Servicio, en uso de las facultades que le confiere

el artículo 98 de la mencionada Ley, ha resuelto

convocar a los titulares de bienes y derechos

afectados que figuran en la relación expuesta en el tablón

de anuncios del Ayuntamiento que se cita a

continuación, para que comparezcan en los lugares,

fechas y horas que se detallan para proceder al

levantamiento de las actas previas a la ocupación,

en las que se recogerán los datos necesarios para

determinar los derechos afectados, el valor de éstos,

y los perjuicios dimanantes de la rápida ocupación,

sin perjuicio de trasladarse al lugar de las fincas

si se considera necesario.

Lugar: Casa Consistorial del Ayuntamiento de

Poio:

Día 29 de octubre de 1998:

De diez a trece horas: De la finca número 1 a

la finca número 30.

Día 30 de octubre de 1998:

De diez a trece horas: De la finca número 31

a la última finca.

A dicho acto, deberán acudir los titulares

afectados, personalmente o representados por persona

debidamente autorizada para actuar en su nombre,

aportando los documentos acreditativos de su

titularidad, documento nacional de identidad y el último

recibo de la contribución, pudiendo hacerse

acompañar, a su costa y si lo estiman oportuno, de sus

peritos y Notario.

Asimismo, y en cumplimiento de lo establecido

en el artículo 56 del Reglamento de la Ley de

Expropiación Forzosa, se abre información pública

durante el plazo de quince días naturales, contados a

partir del siguiente al de la publicación de esta

Resolución o hasta el momento del levantamiento del

acta previa a la ocupación correspondiente, a fin

de que los interesados puedan formular por escrito,

ante este Servicio Provincial de Carreteras de la

Junta de Galicia, en Pontevedra, calle Said Armesto,

número 1, las alegaciones que estimen oportunas

con el objeto de corregir posibles errores padecidos

al relacionar los bienes afectados por la urgente

ocupación.

Pontevedra, 13 de octubre de 1998.-El Jefe del

Servicio, Enrique Pardo Landrove.-54.436.

COMUNIDAD AUTÓNOMA

DE ANDALUCÍA

Consejería de Trabajo e Industria

Delegaciones Provinciales

GRANADA

Solicitud de permiso de investigación

La Delegación Provincial de la Consejería de

Trabajo e Industria de Granada, hace saber, que ha

sido solicitado el siguiente permiso de investigación,

con expresión del numero, nombre, mineral,

cuadrículas y términos municipales:

30.447, "Montilla", Sección C), 54, Orce y Cúllar.

Lo que se hace público a fin de que todos aquellos

que tengan la condición de interesados puedan

personarse en el expediente, dentro del plazo de quince

días contados a partir de esta publicación de

conformidad con lo establecido en el artículo 70 del

Reglamento General para el Régimen de la Minería

de 25 de agosto de 1978.

Granada, 8 de mayo de 1998.-El Delegado

provincial, Mariano Gutiérrez Terrón.-53.089.

Solicitud de permiso de investigación

La Delegación Provincial de la Consejería de

Trabajo e Industria de Granada, hace saber, que ha

sido otorgado el siguiente permiso de investigación,

con expresión del numero, nombre, mineral,

cuadrículas y términos municipales:

30.419, "La Reala I", Sección C), 105, Gualchos

y Motril (Granada).

Lo que se hace público en cumplimiento de lo

dispuesto en el artículo 101 del Reglamento General

para el Régimen de la Minería de 25 de agosto

de 1978.

Granada, 18 de junio de 1998.-El Delegado

provincial, Mariano Gutiérrez Terrón.-53.081.

Solicitud de permiso de investigación

La Delegación Provincial de la Consejería de

Trabajo e Industria de Granada, hace saber, que ha

sido solicitado el siguiente permiso de investigación,

con expresión del numero, nombre, mineral,

cuadrículas y términos municipales:

30.423, "Competa II", Sección C), 12, Alhama de

Granada (Granada) y Competa (Málaga).

Lo que se hace público a fin de que todos aquellos

que tengan la condición de interesados puedan

personarse en el expediente, dentro del plazo de quince

días contados a partir de esta publicación de

conformidad con lo establecido en el artículo 70 del

Reglamento General para el Régimen de la Minería

de 25 de agosto de 1978.

Granada, 18 de junio de 1998.-El Delegado

provincial, Mariano Gutiérrez Terrón.-53.077.

Otorgamiento de permiso de investigación

La Delegación Provincial de la Consejería de

Trabajo e Industria de Granada, hace saber, que ha

sido otorgado el siguiente permiso de investigación,

con expresión del numero, nombre, mineral,

cuadrículas y término municipal:

30.396, "Hachuelo", Sección C), 39, Illora.

Lo que se hace público en cumplimiento de lo

dispuesto en el artículo 101 del Reglamento General

para el Régimen de la Minería de 25 de agosto

de 1978.

Granada, 24 de junio de 1998.-El Delegado

provincial, Mariano Gutiérrez Terrón.-53.068.

Otorgamiento de permiso de investigación

La Delegación Provincial de la Consejería de

Trabajo e Industria de Granada, hace saber, que ha

sido otorgado el siguiente permiso de investigación,

con expresión del numero, nombre, mineral,

cuadrículas y término municipal:

30.448, "Invernadero", recursos geotérmicos,

Sección D), 4, Zújar.

Lo que se hace público en cumplimiento de lo

dispuesto en el artículo 101 del Reglamento General

para el Régimen de la Minería de 25 de agosto

de 1978.

Granada, 24 de junio de 1998.-El Delegado

provincial, Mariano Gutiérrez Terrón.-53.073.

Otorgamiento de permiso de investigación

La Delegación Provincial de la Consejería de

Trabajo e Industria de Granada, hace saber, que ha

sido solicitado el siguiente permiso de investigación,

con expresión del numero, nombre, mineral,

cuadrículas y términos municipales:

30.428, "Torrecilla", Sección C), 28, Alhama de

Granada, Zafarraya y Ventas de Huelma.

Lo que se hace público a fin de que todos aquellos

que tengan la condición de interesados puedan

personarse en el expediente, dentro del plazo de quince

días, contados a partir de esta publicación, de

conformidad con lo establecido en el artículo 70 del

Reglamento General para el Régimen de la Minería

de 25 de agosto de 1978.

Granada, 26 de junio de 1998.-El Delegado

provincial, Mariano Gutiérrez Terrón.-53.103.

Otorgamiento de permiso de investigación

La Delegación Provincial de la Consejería de

Trabajo e Industria de Granada, hace saber, que ha

sido otorgado el siguiente permiso de investigación,

con expresión del numero, nombre, mineral,

cuadrículas y términos municipales:

30.383, "Pararrayos", Sección C), 55, Beas de

Granada, Quentar, Diezma y La Peza.

Lo que se hace público en cumplimiento de lo

dispuesto en el artículo 101 del Reglamento General

para el Régimen de la Minería de 25 de agosto

de 1978.

Granada, 7 de julio de 1998.-El Delegado

provincial, Mariano Gutiérrez Terrón.-53.092.

Otorgamiento de permiso de investigación

La Delegación Provincial de la Consejería de

Trabajo e Industria de Granada, hace saber, que ha

sido otorgado el siguiente permiso de investigación,

con expresión del numero, nombre, mineral,

cuadrículas y términos municipales:

30.407, "Blanca", Sección C), 64, Loja (Granada)

y Villanueva del Trabuco (Málaga).

Lo que se hace público en cumplimiento de lo

dispuesto en el artículo 101 del Reglamento General

para el Régimen de la Minería de 25 de agosto

de 1978.

Granada, 15 de julio de 1998.-El Delegado

provincial, Mariano Gutiérrez Terrón.-53.099.

Solicitud de permiso de investigación

La Delegación Provincial de la Consejería de

Trabajo e Industria de Granada, hace saber, que ha

sido solicitado el siguiente permiso de investigación,

con expresión del numero, nombre, mineral,

cuadrículas y términos municipals:

30.451, "Pegasus", Sección C), 97, Huéscar y

Castril.

Lo que se hace público a fin de que todos aquellos

que tengan la condición de interesados puedan

personarse en el expediente, dentro del plazo de quince

días contados a partir de esta publicación de

conformidad con lo establecido en el artículo 70 del

Reglamento General para el Régimen de la Minería

de 25 de agosto de 1978.

Granada, 17 de julio de 1998.-El Delegado

provincial, Mariano Gutiérrez Terrón.-53.085.

Otorgamiento de permiso de investigación

La Delegación Provincial de la Consejería de

Trabajo e Industria de Granada, hace saber, que ha

sido otorgado el siguiente permiso de investigación,

con expresión del numero, nombre, mineral,

cuadrículas y término municipal:

30.397, "Blanquizares II", Sección C), 55, Baza.

Lo que se hace público en cumplimiento de lo

dispuesto en el artículo 101 del Reglamento General

para el Régimen de la Minería de 25 de agosto

de 1978.

Granada, 11 de agosto de 1998.-El Delegado

provincial, Mariano Gutiérrez Terrón.-53.102.

Otorgamiento de permiso de investigación

La Delegación Provincial de la Consejería de

Trabajo e Industria de Granada, hace saber, que ha

sido otorgado el siguiente permiso de investigación,

con expresión del numero, nombre, mineral,

cuadrículas y término municipal:

30.443, "Virgen de la Cabeza", Sección C), 27,

Huéscar.

Lo que se hace público en cumplimiento de lo

dispuesto en el artículo 101 del Reglamento General

para el Régimen de la Minería de 25 de agosto

de 1978.

Granada, 13 de agosto de 1998.-El Delegado

provincial, Mariano Gutiérrez Terrón.-53.105.

COMUNIDAD AUTÓNOMA

DE MADRID

Consejería de Economía y Empleo

Dirección General de Industria, Energía

y Minas

Resolución por la que se autoriza a la compañía

logística de hidrocarburos "CLH, Sociedad

Anónima", la ejecución de las instalaciones

correspondientes al proyecto "Desdoblamiento del oleoducto

Torrejón-Loeches". Expediente OLE-01/98

Antecedentes de hecho

Primero.-"CLH, Sociedad Anónima", en escrito

de fecha 3 de junio de 1997, con entrada en esta

Dirección General el 23 de junio de 1997, solicita

autorización para la ejecución de las instalaciones

incluidas en el proyecto "Desdoblamiento del

oleoducto Torrejón-Loeches", al amparo de lo dispuesto

en la Ley 34/1992, de 22 de diciembre, de

Ordenación del Sector Petrolero.

Segundo.-Acompaña a dicha solicitud el proyecto

de instalaciones denominado "Desdoblamiento del

oleoducto Torrejón-Loeches", realizado por el

Ingeniero don Salvador Soler González, Ingeniero

Industrial del ICAI, con el número 596, visado en fecha

14 de mayo de 1997.

Tercero.-Por parte de esta Dirección General se

dio cumplimiento al artículo 86 de la Ley de

Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y

del Procedimiento Administrativo Común,

sometiendo a información pública el referido proyecto,

en el que se incluye la relación concreta e

individualizada de bienes y derechos afectados, sin que

se hayan formulado alegaciones durante dicho

período.

Cuarto.-En la tramitación de ese expediente se

han observado las formalidades legales.

Quinto.-La Consejería de Medio Ambiente y

Desarrollo Regional de la Comunidad de Madrid

ha emitido, igualmente, con fecha 20 de julio de

1998, declaración de impacto ambiental,

informando favorablemente el proyecto.

Fundamentos de Derecho

Primero.-La competencia de esta Dirección

General de Industria, Energía y Minas para resolver

la cuestión planteada viene determinada por el Real

Decreto 1860/1984, de 18 de julio ("Boletín Oficial

del Estado" de 19 de octubre), y el Decreto

258/1995, de 5 de octubre ("Boletín Oficial de la

Comunidad de Madrid" del 11), todo ello en

relación con la Ley 34/1992, de 22 de diciembre, de

Ordenación del Sector Petrolero, y la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, y demás disposiciones

concordantes.

Segundo.-Del examen de la documentación que

obra en el expediente, se desprende que se ha

seguido el procedimiento y cumplido los requisitos

determinados en la normativa anteriormente señalada.

Vistos los preceptos legales citados y demás de

general y pertinente aplicación,

Esta Dirección General de Industria, Energía y

Minas, en uso de las atribuciones legalmente

establecidas, acuerda:

Autorizar a "CLH, Sociedad Anónima", la

ejecución de las instalaciones correspondientes al

proyecto "Desdoblamiento del oleoducto

Torrejón-Loeches" citado anteriormente, con arreglo a las

siguientes condiciones:

Primera.-En todo momento se deberá cumplir

cuanto establece la Ley 34/1992, de 22 de

diciembre, de Ordenación del Sector Petrolero.

Segunda.-Las instalaciones que se autorizan por

la presente Resolución habrán de realizarse de

acuerdo con el proyecto citado en el punto segundo de

los antecedentes de hecho, y cuyos datos básicos

son:

A) Descripción de las instalaciones: Tubería de

acero al carbono tipo API-5LX-52, con diámetro

de 12 pulgadas.

B) Presupuesto de las instalaciones: El

presupuesto objeto de esta autorización asciende a

190.570.400 pesetas.

Tercera.-Para introducir modificaciones en las

instalaciones que afectan a los datos básicos a que

se refiere la condición segunda, será necesario

obtener la autorización de esta Dirección General.

Cuarta.-Las instalaciones deberán cumplir lo

dispuesto en el Real Decreto 2085/1994, de 20 de

octubre ("Boletín Oficial del Estado" de 27 de enero

de 1995), por el que se aprueba el Reglamento

de Instalaciones Petrolíferas, sin perjuicio de lo

dispuesto en otra normativa general o especial

aplicable.

El reconocimiento y supervisión de las pruebas

reglamentarias de las instalaciones se realizará por

una EICI (entidades de inspección y control

industrial).

La empresa suministradora comunicará con tres

días hábiles de antelación como mínimo la fecha

en que se realizarán dichas pruebas.

Las instalaciones podrán ponerse en servicio

provisional, una vez la empresa suministradora haya

presentado en esta Dirección General, y ésta haya

diligenciado, las actas de reconocimiento y pruebas

levantadas en campo por la EICI con resultado

satisfactorio.

Quinta.-La afección a fincas particulares derivada

de la construcción de las instalaciones se concreta

en la siguiente forma:

Uno.-Para las instalaciones fijas: Expropiación

de los terrenos sobre los que han de construirse.

Dos.-Para las canalizaciones:

A) Imposición de servidumbre permanente de

paso, en una franja de terreno de 4 metros, dentro

de la cual discurrirá enterrada la canalización o

tubería junto con los accesorios, elementos auxiliares

y de señalización de ésta que sean precisos. Los

límites de dicha franja quedarán definidos a 2 metros

a cada lado del eje del trazado de la conducción.

Esta franja se utilizará para instalar la

canalización, su renovación, vigilancia y mantenimiento,

para ello, se dispondrá en dicha franja del libre

acceso del personal, elementos y medios necesarios

con pago de los daños que se ocasionen en cada

caso.

B) Ocupación temporal durante el período de

ejecución de las obras, en una franja o pista donde

se hará desaparecer, temporalmente, todo obstáculo,

cuya anchura máxima será la que se indica en los

planos parcelarios, con pago de los daños que se

ocasionen en cada caso.

C) Prohibición de efectuar trabajos de arada,

cava u otros análogos, a una profundidad superior

a 70 centímetros, de plantar árboles o arbustos de

tallo alto y efectuar movimiento de tierras en la

franja de servidumbre permanente de paso.

D) Prohibición de levantar edificaciones o

construcciones de cualquier tipo, aunque tengan carácter

provisional o temporal, ni efectuar acto alguno que

pueda dañar o perturbar el buen funcionamiento,

vigilancia, conservación, reparaciones y

sustituciones necesarias, en su caso, de la canalización y sus

instalaciones auxiliares, a la distancia de 10 metros

contados a cada lado del eje de la canalización

instalada.

No obstante, esta distancia podrá reducirse

siempre que se solicite expresamente y se cumplan las

condiciones que, en cada caso, fije el órgano

competente de la Administración.

Sexta.-Los cruces especiales con bienes de uso

o servicio público se realizarán, en todo caso, de

acuerdo con los condicionados impuestos por los

organismos de que dependan.

Séptima.-La Administración se reserva el derecho

de dejar sin efecto esta autorización en el momento

en que se demuestre el incumplimiento de las

condiciones impuestas, inexactitud de los datos

suministrados y otra causa excepcional que lo justifique.

Octava.-Esta autorización es independiente de las

que corresponda otorgar a otros organismos.

Contra esta Resolución podrá interponerse

recurso ordinario ante el excelentísimo señor Consejero

de Economía y Empleo de la Comunidad de Madrid

en el plazo de un mes, de conformidad con lo

dispuesto en el artículo 114 de la vigente Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común.

Madrid, 15 de septiembre de 1998.-El Director

general, Jaime Marín Ibáñez.-54.280.

ADMINISTRACIÓN LOCAL

Ayuntamientos

A CAÑIZA

Edicto

Fijación de día y hora para el levantamiento de

actas previas en procedimiento de expropiación por

vía de urgencia de los terrenos en los que se ubicará

el centro "Expo-Paradanta"

Visto el Decreto del Consejo de la Junta de Galicia

de fecha 24 de septiembre de 1998, por el que

se declara la urgente ocupación, para efectos de

expropiación forzosa por el Ayuntamiento de A

Cañiza, de los bienes y derechos necesarios para

la ejecución del proyecto "Expropiación de los

terrenos donde se pretende ubicar el centro de exposición

permanente de recursos de la comarca de A

Paradanta, Expo-Paradanta", en cumplimiento de lo

dispuesto en el artículo 52.2 de la Ley de Expropiación

Forzosa y 56 de su Reglamento, se hace saber a

los titulares de los terrenos incluidos en dicho

proyecto, y que a continuación se relacionan, que el

día 23 de noviembre de 1998, a las diez horas,

serán levantadas las actas previas a la ocupación,

en el salón de sesiones de la Casa Consistorial,

sin perjuicio del traslado a los terrenos objeto de

expropiación,

A dicho acto deberán asistir personalmente (o

bien por medio de representante debidamente

autorizado) los interesados; asimismo, los

comparecientes deberán ir provistos de documentación

acreditativa de su identidad y de la titularidad de los

terrenos, también podrán hacerse acompañar, a su costa,

de Peritos y Notario si así lo estimasen oportuno.

De la misma manera, se abre un período de

información pública, que abarcará hasta el día anterior

al señalado para el levantamiento de las actas de

ocupación, a efectos de que los interesados puedan

formular, por escrito, ante este Ayuntamiento, el

que estimen oportuno, con el fin de enmendar los

posibles errores existentes en la relación de

propietarios, bienes y derechos a expropiar.

A Cañiza, 5 de octubre de 1998.-El Teniente

Alcalde, Manuel Gregorio Pérez.-53.108.

ANÁLISIS

Tipo:
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