MINISTERIO
DE ECONOMÍA Y HACIENDA
Agencia Estatal
de Administración Tributaria
CÁDIZ
Dependencia de Recaudación
Anuncio de subasta de bienes
Doña María Angustias Caballero Contreras, Jefa
de la Dependencia de Recaudación de la
Delegación de la Agencia Estatal de Administración
Tributaria de Cádiz,
Hago saber: Que en los expedientes
administrativos de apremio seguidos en las Unidades de
Recaudación de la Agencia Estatal de Administración
Tributaria de Cádiz al deudor don Carmelo Gurrea
López, por sus débitos a la Hacienda Pública, he
dictado con fecha de hoy la siguiente providencia
de venta de bienes en subasta, por la que acuerdo
la venta del bien embargado o hipotecados al deudor
don Carmelo Gurrea López, en pública subasta,
a celebrar en el salón de actos de la Agencia Estatal
de Administración Tributaria de Cádiz, plaza
Constitución, número 1, el día 29 de octubre de 1998,
a las diez horas, a base de posturas que cubran
el tipo de subasta.
Notifíquese esta providencia, conforme establece
el artículo 146.2 del vigente Reglamento General
de Recaudación, haciendo constar en la notificación
que en cualquier momento anterior al de la
adjudicación del bien, podrán liberarse el bien
embargado o hipotecado pagando los débitos y costas
del procedimiento. Se procederá inmediatamente al
anuncio de la subasta.
En consecuencia, se hace público el presente
anuncio y se advierte a las personas que deseen
tomar parte en la subasta como licitadores, lo
siguiente:
Primero.-Que el bien a enajenar responde al
siguiente detalle:
Lote 1: Urbana.-Parcela de terreno con árboles
frutales, pozo y cerca de espino artificial, por su
lado este, sur y oeste; situado en el Campo de Guía,
término de esta ciudad; con una superficie de 2.778
metros 73 decímetros 76 centímetros cuadrados.
Linda: Norte, con una mitad de la manzana de
terreno de que procede, luego fincas "A &A
Sancho" y actualmente de los señores hijos y herederos
de don Carlos del Cuvillo; sur, con paso público
denominado primera calle nueva; este, con camino
prolongación de la calle del Sol, y oeste, también
camino de prolongación de la calle Comedias.
Inscrita en el Registro de la Propiedad número 1 de
El Puerto de Santa María, tomo 108, libro 53,
folio 14 vuelto, finca número 2.065, inscripción
vigésima.
Valoración: 55.374.752 pesetas.
Deducciones cargas preferenciales: 0 pesetas.
Primera licitación: 55.374.752 pesetas.
Segunda licitación: 41.531.064 pesetas.
Segundo.-Que todo licitador habrá de constituir
ante la Mesa de subasta fianza de, al menos, el 20
por 100 del tipo de subasta, depósito éste que se
ingresará en firme en la Caja General de Depósitos,
si los adjudicatarios no hacen efectivo el precio del
remate, sin perjuicio de las responsabilidades en
que podrán incurrir por los mayores perjuicios que
sobre la fianza originase la inefectividad de la
adjudicación.
Tercero.-Que la subasta se suspenderá en
cualquier momento antes de la adjudicación del bien,
si se hace efectivo el pago de la deuda, intereses
y costas de procedimiento.
Cuarto.-Que el rematante deberá entregar en el
acto de la adjudicación del bien o dentro de los
cinco días siguientes, la diferencia entre el depósito
constituido y el precio de la adjudicación.
Quinto.-Que los licitadores se conformarán con
los títulos de propiedad del bien obrante en el
expediente, sin derecho a exigir ningunos otros,
encontrándose de manifiesto aquéllos en esta Dependencia
de Recaudación hasta una hora antes de la señalada
para la subasta. Que de no estar inscrito el bien
en el Registro, la escritura de adjudicación es título
mediante el cual puede efectuarse la inmatriculación
en los términos prevenidos por el artículo 199.b)
de la Ley Hipotecaria, y que en los demás casos
en que sea preciso habrán de proceder, si les interesa,
como dispone el título VI de dicha Ley.
Sexto.-Que las cargas o gravámenes anteriores
y preferentes al Derecho anotado del Estado
quedarán subsistentes, sin aplicarse a su extinción el
precio del remate, entendiéndose que los rematantes
los aceptan y quedan subrogados en las
responsabilidades de los mismos.
Séptimo.-Que el Estado se reserva el derecho
de pedir la adjudicación del inmueble cuando en
el procedimiento de enajenación, regulado en el
capítulo VI del título I del libro III del Reglamento
General de Recaudación, no se hubiere adjudicado
el bien en cuestión, de conformidad con lo
determinado en el artículo 158 de dicho Reglamento.
Octavo.-Que los gastos de escritura y cuantos
de deriven de la adjudicación serán por cuenta del
rematante.
Noveno.-Que se admitirán ofertas en sobre
cerrado, las cuales deberán ajustarse a lo dispuesto en
el apartado 3 del artículo 147 del vigente
Reglamento General de Recaudación.
Décimo.-Que podrá realizarse una segunda
licitación cuando la Mesa, al finalizar la primera, lo
juzgue pertinente. Asimismo, podrá iniciarse el
trámite de adjudicación directa cuando el bien no haya
sido adjudicado en la subasta.
Se advierte a los deudores que sean forasteros
y no hayan designado persona que se encargue de
recibir las notificaciones en la localidad, así como
a los acreedores hipotecarios que sean forasteros
o desconocidos, que se les tendrá por notificados
mediante este anuncio, a todos los efectos legales,
de conformidad con lo establecido en el número 4
del artículo 146 del vigente Reglamento de
Recaudación.
Cádiz, 21 de septiembre de 1998.-La Jefa de
la Dependencia de Recaudación, María Angustias
Caballero Contreras.-49.563-E.
MINISTERIO
DE MEDIO AMBIENTE
Confederaciones Hidrográficas
GUADIANA
Procedimiento sancionador
De conformidad con lo establecido en el
artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común
("Boletín Oficial del Estado" número 285, del 27),
por la presente comunicación se notifican las
resoluciones formuladas en expedientes sancionadores
incoados, por infracción a la Ley de Aguas, que
a continuación se relacionan, al no haber sido
posible su notificación, bien por desconocerse el último
domicilio del interesado, o bien intentada ésta no
se ha podido practicar.
Las resoluciones podrán ser recogidas por el
interesado, representante legal acreditado, en las oficinas
de este organismo, sitas en calle Sinforiano
Madroñero, número 12, de Badajoz, y carretera de
Porzuna, número 6, de Ciudad Real, pudiendo
solicitarse igualmente por escrito.
Se le significa que de conformidad con lo
establecido en el artículo 20, apartado 2, de la Ley
de Aguas, de 2 de agosto de 1995, la presente
resolución pone fin a la vía administrativa, y contra
la misma puede interponerse recurso
contenciosoadministrativo ante la Sala de lo
ContenciosoAdministrativo del Tribunal Superior de Justicia que
corresponda, en el plazo de dos meses a partir del
día siguiente al de la presente publicación, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 58 de la
Ley Reguladora de la Jurisdicción
ContenciosoAdministrativa, de 27 de diciembre de 1956;
debiendo notificar a esta Confederación Hidrográfica la
interposición, en su caso, de dicho recurso, de
acuerdo con lo dispuesto en el artículo 110.3 de la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común.
Ciudad Real, 18 de septiembre de 1998.-El
Comisario de Aguas, José Díaz Mora.-49.280-E.
Relación que se cita
Número de expediente: E.S.-2076/96/AB.
Interesado: Don Jacinto Collado Calero. Infracción:
Apertura pozo.
COMUNIDAD AUTÓNOMA
DE CASTILLA-LA MANCHA
Consejería de Industria y Trabajo
Delegaciones Provinciales
ALBACETE
Por la Delegación Provincial de la Consejería de
Industria y Trabajo de Albacete, se hace saber, que
ha sido solicitada la siguiente concesión directa de
explotación:
Número: 1.627. Nombre: "Cerro Palacho".
Recurso: Yeso. Superficie: 6 cuadrículas mineras. Término
municipal: Casas de Vés.
Lo que se hace público para que todos los que
tengan la condición de interesados puedan
personarse en el expediente dentro del plazo de quince
días, a partir de su publicación, según se establece
en el artículo 70 del vigente Reglamento General
para el Régimen de la Minería.
Albacete, 31 de agosto de 1998.-El Delegado
provincial, José Luis Moreno García.-49.258.
COMUNIDAD AUTÓNOMA
DE EXTREMADURA
Consejería de Presidencia y Trabajo
Dirección General de Trabajo
En cumplimiento del artículo 4, punto 4, de la
Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad
Sindical ("Boletín Oficial del Estado" del 7 y 8),
y a los efectos previstos en la misma, se hace público
que, en esta oficina, cuyas funciones han sido
traspasadas a la Junta de Extremadura por Real Decreto
642/1995, de 21 de abril ("Boletín Oficial del
Estado" de 15 de mayo), y específicamente a la Dirección
General de Trabajo de la Consejería de Presidencia
y Trabajo por Decretos 76/1995, de 31 de julio,
y 22/1996, de 19 de febrero ("Diario Oficial de
Extremadura", números 91 y 24, de 3 de agosto
de 1995, y 27 de febrero de 1996, respectivamente),
a las catorce horas del día 16 de septiembre de
1998, se ha procedido al depósito de Estatutos de
la organización sindical denominada Sindicato
Sanitario Extremeño, en siglas SISAEX, y número de
expediente CA/72, cuyos ámbitos territorial y
funcional son de Comunidad Autónoma y de todos
los sectores Sanitarios de la misma, es decir,
abarcará a todos los trabajadores de centros sanitarios
públicos o privados, así como a los parados y
jubilados, siendo los firmantes del acta de constitución
doña Victoria Seijo García, con documento nacional
de identidad número 35.977.185, y seis señores más.
Mérida, 16 de septiembre de 1998.-El Director
general de Trabajo, Luis Revello Gómez.-49.296-E.
ADMINISTRACIÓN LOCAL
Diputaciones Provinciales
PONTEVEDRA
Anuncio levantamiento actas previas a la ocupación
C.P. Salceda de Caselas-Caldelas de Tuy
A fin de realizar tal acto, se convoca para el
día 15 de octubre de 1998, a las diez treinta horas,
en el excelentísimo Ayuntamiento de Salceda de
Caselas, a los siguientes propietarios:
Juan Rodríguez Coto, Javier Cabaleiro, Núñez,
Francisco y Lucinda Cabaleiro Castro, Venancio
Fernández Pérez, Aurea Bermúdez Solla,
Gumersindo y Ernesto Cabaleiro Núñez, Claudio Gándara
Sanmartín, Venancio Cabaleiro Núñez, Amancio y
Román Cabaleiro Calvo, Demetrio Pérez Sousa,
Manuel Pereira, herederos de Lino Gómez, Perfecto
Garrido Piñeiro, Carmen Álvarez Núñez,
Purificación Fernández Fernández, Dorito Requejo, José
Rodríguez Álvarez, Luciano Cruces, Carmen Núñez
Rodríguez, Rosendo Cabaleiro Fernández,
herederos de Serafín Cabaleiro, Maruja Núñez Castiñeira
y Austerio Alonso Cabaleiro.
Pontevedra, 21 de septiembre de 1998.-El
Secretario.-Visto bueno, el Presidente.-50.333.
UNIVERSIDADES
CÓRDOBA
Facultad de Ciencias de la Educación
A efectos de expedición de un duplicado y según
lo establecido en la Orden de 8 de julio de 1988,
se anuncia el extravío del título de Diplomado en
Profesorado de Educación General Básica,
especialidad "Lengua Española e Idiomas Modernos", de
don Francisco Javier Zurbano Ortiz, expedido por
el Ministerio con fecha 30 de junio de 1987.
Córdoba, 16 de marzo de 1998.-El Secretario,
José Luis García Ruz.-49.233.
VALENCIA
Escuela Universitaria de Magisterio
"Ausiàs March"
A efectos de la Orden de 8 de julio de 1988
se anuncia el extravío del título de Diplomado en
Profesorado de Educación General Básica, de doña
María del Carmen Forés Barranco, expedido por
el Ministerio de Educación y Ciencia el día 31 de
mayo de 1980, registrado en el folio 27, número
11.188, del libro correspondiente de ese Ministerio.
Valencia, 23 de junio de 1998.-El Director,
Bernardo Gómez Alfonso.-49.231.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid