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Documento BOE-B-1998-38380

Resolución del Ayuntamiento de Zorita (Cá- ceres) por la que se anuncia subasta para el aprovechamiento de pastos.

Publicado en:
«BOE» núm. 161, de 7 de julio de 1998, páginas 11025 a 11025 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - A. Subastas y concursos de obras y servicios
Departamento:
Administración Local
Referencia:
BOE-B-1998-38380

TEXTO

Cumplidos los trámites reglamentarios, se

convoca la siguiente subasta:

Primero.-La adjudicación que, mediante subasta,

se acuerde en el momento oportuno tiene por objeto

el aprovechamiento de los pastos sobrantes y

rastrojeras de la dehesa Boyal Huerta Vieja, propiedad

de este Ayuntamiento, incluido el corral de los toros

y de las vacas, reservándose la propiedad una

extensión, aproximada, de 10 hectáreas para un posible

polígono industrial, al sitio por bajo del Corral de

Concejo, izquierda de la carretera en dirección a

Miajadas. Igualmente, se reserva la posible

construcción de un polígono ganadero en la franja de

terreno existente a la derecha de la carretera de

Santa Cruz de la Sierra, dirección a esta localidad,

desde la depuradora hasta la cascotera, y que,

aproximadamente, serán unas 5 hectáreas, pudiendo el

arrendatario disfrutar de dichos terrenos mientras

no se construyan los mismos, no disminuyendo el

precio de la renta si se realizaran.

Segundo.-El presente contrato se regirá, en

cuanto a su preparación y adjudicación, por la Ley

13/1995, y demás Leyes administrativas que le sean

aplicables. En cuanto a sus efectos y extinción, se

regirá por las normas de derecho privado.

Tercero.-El que se otorgue lo será por cuatro

años, que comenzará el día 1 de octubre de 1998

y concluirá el día 30 de septiembre de 2002, no

concediéndose ninguna prórroga automática de las

previstas en el capítulo IV, artículo 25.2, del

Decreto-ley 83/1980, de 31 de diciembre, que regula los

arrendamientos rústicos.

Cuarto.-Se fija como tipo de licitación la cantidad

de 2.500.000 pesetas anuales, pudiendo los

licitadores mejorarla ofreciendo cantidad superior

concreta expresada en letra y número, prevaleciendo

la expresada en letra, caso de no ser iguales, no

considerándose válidas proposiciones comparativas

tales como "tanto como el que más" o conceptos

por el estilo.

Quinto.-La renta anual fijada en la adjudicación

definitiva se abonará por el arrendatario al

Ayuntamiento en dos plazos, el primero, consistente en

el 60 por 100 de su importe total, dentro de los

diez primeros días del mes de junio, y el 40 por

100 restante, entre los días 10 y 20 del mes de

septiembre de cada año de arrendamiento, no

concediéndose bajo ningún concepto prórroga en el

pago de las fechas indicadas.

La demora en el pago gravará la renta según los

tipos fijados en la legislación vigente en cada

momento.

Sexto.-Para tomar parte en la subasta, es preciso

acompañar a la proposición el documento que

acredite haber constituido la garantía provisional,

consistente en el 2 por 100 del tipo de licitación (50.000

pesetas).

Séptimo.-Las proposiciones para tomar parte en

la subasta se presentarán en la Secretaría del

Ayuntamiento, de nueve a trece horas, durante el plazo

de veintiséis días naturales siguientes a la publicación

del presente anuncio en el "Boletín Oficial del

Estado".

Las proposiciones y documentos que la

acompañan, a excepción del justificante de la garantía

provisional, que será entregado en sobre distinto

sin cerrar, se presentarán en sobre cerrado, en el

que figurará la inscripción: "Proposición para tomar

parte en la subasta para arriendo de los pastos y

rastrojeras sobrantes de la dehesa Boyal Huerta

Vieja, propiedad del Ayuntamiento de Zorita", y serán

entregadas ante el Secretario o funcionario que él

mismo designe. Toda proposición deberá ajustarse

al modelo descrito en este pliego de condiciones,

sin que las mismas puedan alterar el contenido del

mismo. A cada proposición se acompañará una

declaración en la que el licitador afirme, bajo su

responsabilidad, no hallarse comprendido en

ninguno de los casos de incapacidad o incompatibilidad

señalados en la Ley de Contratos de las

Administraciones Públicas, citada anteriormente.

Octavo.-El acto de apertura de proposiciones será

público y se realizará en el Ayuntamiento a las doce

treinta horas del día siguiente hábil a aquel en que

finalice el plazo de presentación de plicas.

Noveno.-El adjudicatario, como garantía

definitiva, deberá constituir aval bancario, por el importe

de la renta de un año, de carácter solidario respecto

al adjudicatario, con renuncia expresa al beneficio

de exclusión y pagadero al primer requerimiento

del Ayuntamiento, dicho aval será de duración

indefinida, permaneciendo vigente hasta que el

Ayuntamiento declare la extinción de la obligación

garantizada y la cancelación del aval, haciéndose constar

expresamente que dicho aval se ajustará a los

requisitos señalados en el Real Decreto 390/1996.

Caso de ser ejecutado el aval presentado, se deberá

presentar otro aval en las mismas condiciones

indicadas anteriormente, en el plazo de quince días

desde dicha ejecución; de no ser así, se entenderá

rescindido el contrato firmado.

Décimo.-No podan tomar parte en la subasta

los deudores directos o subsidiarios de este

Ayuntamiento.

Undécimo.-El contrato que se formalice se

entenderá otorgado a riesgo y ventura, con arreglo al

artículo 99 de la Ley de Contratos de las

Administraciones Públicas (Ley 13/1995, de 18 de mayo).

Duodécimo.-El aprovechamiento podrá hacerse

con cualquier clase de ganado, en la cantidad de

cabezas que se estime conveniente por el

arrendatario, fijándose como límite máximo el que

solamente podrán pastar en la finca a partir del día

25 de julio del año en que finaliza el arrendamiento,

500 cabezas lanares y 10 vacunas, pudiendo ser

equivalente cada vaca a 10 ovejas, quedando

totalmente prohibida la existencia de cochinos en la

finca a partir del citado día.

Las hojas de labor que el Ayuntamiento viene

distribuyendo tradicionalmente en lotes o pegujales

entre los vecinos seguirán señalándose con arreglo

al ciclo de rotación en que se viene efectuando,

sin que el adjudicatario tenga participación alguna

en ella ni percibir renta por dicho concepto.

No obstante lo expresado anteriormente, con el

fin de incrementar la zona de reserva, el mejor

acceso del ganado a los establos o simplemente el

cuadrar las hojas de turno e igualar sus superficies,

podrá el Ayuntamiento agregar o segregar pequeñas

superficies de la hoja de turno a otra.

Se cede al arrendatario, para su aprovechamiento,

un corral de los llamados del las vacas, el que

corresponda dos años antes de su inclusión en la hoja

de turno.

Los establos deberán quedar completamente

limpios en el mes de junio, quedando de propiedad

del Ayuntamiento el estiércol que proceda de los

mismos, para darle el uso que estime más

conveniente.

Los rastrojos de siembra de primavera deberán

quedar libres el día 10 de septiembre de cada año

y las sementeras podrán empezar a partir del día

4 de octubre siguiente.

El ganado pernoctará en la finca, salvo casos

excepcionales y previa autorización del Ayuntamiento.

Decimotercero.-Para lo no previsto en el presente

pliego de condiciones se estará a lo dispuesto en

la Ley 13/1995, de 18 de mayo, de Contratos de

las Administraciones Públicas.

Decimocuarto.-Para cuantas cuestiones se

deriven de la interpretación y cumplimiento del

contrato, las partes contratantes, con renuncia a

cualquier fuero que pudiera corresponderles, se someten

a los Juzgados y Tribunales a cuya jurisdicción

pertenece la localidad de Zorita.

Modelo de proposición

Don ........, de ........ años de edad, de estado ........,

de profesión ........, vecino de ........, y con

documento nacional de identidad número ........, actuando

en su propio nombre o en representación de ........,

con capacidad legal para contratar, enterado del

anuncio de subasta para arriendo de los pastos y

rastrojeras sobrantes de la dehesa Boyal Huerta Vieja

y pliego de condiciones económico-administrativas,

solicita tomar parte en dicha subasta, aceptando

las condiciones consignadas y ofreciendo la cantidad

de ........ pesetas anuales. La cantidad se consignará

en letra y número, prevaleciendo, caso de no ser

iguales, la expresada en letra.

(Lugar, fecha y firma.)

Declaración de capacidad

A la proposición se acompañará declaración

jurada concebida en estos términos:

"El que suscribe, a los efectos del artículo 30

del Reglamento de Contratación de las

Corporaciones Locales, de 9 de enero de 1953, declara

bajo juramento que no está afectado por incapacidad

e incompatibilidad alguna para optar a la subasta

anunciada por el Ayuntamiento de Zorita para el

arriendo de la dehesa Boyal Huerta Vieja.

Zorita, ........ de ........ de 199 ........

Zorita, 16 de junio de 1998.-El Alcalde.- 35.170.

ANÁLISIS

Tipo:
Subastas y Concursos de Obras y Servicios

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