Está Vd. en

Documento BOE-A-2023-9269

Resolución de 31 de marzo de 2023, de la Dirección General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa, por la que se aprueba la revisión del Manual de Reformas de Vehículos.

Publicado en:
«BOE» núm. 90, de 15 de abril de 2023, páginas 53674 a 53674 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria, Comercio y Turismo
Referencia:
BOE-A-2023-9269

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto 866/2010, de 2 de julio, por el que se regula la tramitación de las reformas de vehículos, define el Manual de Reformas de Vehículos como un documento elaborado por el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo en colaboración con los órganos competentes en materia de ITV de las comunidades autónomas que establece las descripciones de las reformas tipificadas, su codificación y la documentación precisa para su tramitación.

La constante evolución tecnológica de los vehículos y, por tanto, de los requisitos de homologación aplicables a éstos, así como las necesidades de transformación del parque móvil existente que demanda la sociedad, requiere una revisión constante de lo establecido en el manual de reformas de vehículos.

Esta versión del manual de reformas de vehículos, que constituye la corrección primera de la séptima revisión del documento, actualiza los requisitos que deben aplicarse durante el proceso de tramitación de las reformas de vehículos.

Por todo ello, de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 866/2010, de 2 de julio, esta Dirección General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa resuelve:

Primero. Aprobar la corrección primera de la revisión séptima del manual de reformas de vehículos.

Mediante esta resolución se aprueba la corrección primera de la revisión séptima del manual de reformas de vehículos, que se anexa a esta resolución.

Segundo. Recursos.

Esta resolución no pone fin a la vía administrativa, por lo que, en el plazo de un mes, se podrá interponer recurso de alzada ante el Secretario General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Tercero. Aplicación.

Esta resolución entrará en vigor a los veinte días siguientes de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Cuarto. Publicidad.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 39 de la Ley 39/1015, de 1 de octubre, la presente resolución se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», y su anexo en la dirección web:

https://industria.gob.es/Calidad-Industrial/vehiculos/Paginas/homologacion-vehiculos.aspx

Madrid, 31 de marzo de 2023.–La Directora General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa, María José Muñoz Martínez.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid