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Documento BOE-A-2023-8940

Resolución de 29 de marzo de 2023, de la Dirección General de Políticas Palanca para el Cumplimiento de la Agenda 2030, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría de Estado para la Agenda 2030 y la Federación Plataforma por los Derechos Trans, para el desarrollo de actividades de promoción de la integración de la diversidad de la Agenda 2030.

Publicado en:
«BOE» núm. 85, de 10 de abril de 2023, páginas 51801 a 51808 (8 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030
Referencia:
BOE-A-2023-8940

TEXTO ORIGINAL

Con fecha 29 de marzo de 2023 se ha suscrito el Convenio entre la Secretaría de Estado para la Agenda 2030 y la Red Española para el Desarrollo Sostenible.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 29 de marzo de 2023.–La Dirección General de Políticas Palanca para el Cumplimiento de la Agenda 2030, el Director General, Gabriel Castañares Hernández.

ANEXO
Convenio entre la Secretaría de Estado para la Agenda 2030 y la Federación Plataforma por los Derechos Trans para el desarrollo de actividades de promoción de la integración de la diversidad de la Agenda 2030

En Madrid, a 29 de marzo de 2023.

REUNIDOS

De una parte, doña Lilith Verstrynge Revuelta, Secretaria de Estado para la Agenda 2030, nombrada mediante Real Decreto 655/2022, de 26 de julio, publicado en el BOE núm. 179, de 27 de julio de 2022, actuando en virtud de las competencias enunciadas en el artículo 6.2.d y f) del Real Decreto 452/2020, de 10 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, y se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.

De otra parte, doña Mar Cambrollé Jurado, en su calidad de Presidenta de la Federación Plataforma por los Derechos Trans, y actuando en nombre y representación de la misma, como apoderada de dicha entidad según consta en los Estatutos vigentes de esta Federación, inscrita oficialmente en el Registro Nacional de Asociaciones con fecha 27 de octubre de 2016 y número de registro 51271, con domicilio en Sevilla y CIF G-90293853.

Las partes, actuando con la representación que ostentan, se reconocen mutuamente, y en virtud de las facultades que tienen conferidas,

EXPONEN

Primero.

Que la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, suscrita por los Jefes de Estado y de Gobierno de 193 países en el seno de la Asamblea General de Naciones Unidas en Nueva York, por Resolución A/RES/70/1, «Transformar nuestro mundo: La Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible», de 25 de septiembre de 2015, aprobó un conjunto de diecisiete Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) para poner fin a la pobreza, luchar contra la desigualdad y la injusticia, y hacer frente al cambio climático. Los mismos constituyen una oportunidad única para sentar las bases de una transformación global que conduzca hacia modelos de desarrollo incluyentes y sostenibles, a nivel nacional e internacional. Los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) son un conjunto de diecisiete objetivos y 169 metas destinadas a resolver los problemas sociales, económicos y ambientales que aquejan al mundo, cubriendo el periodo 2015-2030. Por primera vez una estrategia de estas dimensiones se asume desde una perspectiva holística: Social, cultural, económica y medioambiental.

Segundo.

Que la Secretaría de Estado para la Agenda 2030 se creó por Real Decreto 452/2020, de 10 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, y se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, y, es responsable de la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de impulso, seguimiento y cooperación para la implementación de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible. La Secretaría de Estado para la Agenda 2030 llevará a cabo el ejercicio de funciones para impulsar la Agenda 2030 y los Objetivos de Desarrollo Sostenible, a través del impulso a la actividad y contribución de la sociedad civil organizada, el sector privado y otros actores comprometidos con ella.

Tercero.

Que en 2016 nace la Federación Plataforma por los Derechos Trans, constituyéndose como federación y con sede en Sevilla, con la misión de mejorar la situación social, laboral y personal de las personas trans, y ser un referente a nivel nacional para la defensa de los derechos trans y constituirse como un punto de encuentro de políticas y de la situación social de dicho colectivo de todas las comunidades autónomas del territorio español. Ello le confiere el carácter de entidad más representativa, aunando a la práctica totalidad de las entidades trans que existen en España, y siendo la Federación que ostenta su representación en el Consejo de Participación de las personas LGTBI, adscrito al Ministerio de Igualdad.

Cuarto.

Que la Federación Plataforma por los Derechos Trans desarrolla desde su fundación una intensa labor de pedagogía social e interlocución institucional a nivel del Estado español, europeo y organismos internacionales, siendo miembro de ILGA Europe y de Transgender Europe.

Quinto.

Que, en el marco del proceso de elaboración de la Estrategia de Desarrollo Sostenible 2030, aprobada por el Consejo de Ministros el 8 de junio de 2021, la Secretaría de Estado para la Agenda 2030 tiene como objetivo, a través de su reto país 3, cerrar la brecha de la desigualdad de género y poner fin a la discriminación erradicar las discriminaciones por razón de orientación sexual, identidad de género, expresión de género o características sexuales, así como promover y garantizar la igualdad real y efectiva de las personas LGTBI, prestando especial atención a la desigual situación de las personas trans en el ámbito laboral.

Sexto.

Que la Federación Plataforma por los Derechos Trans viene trabajando en la implementación de actuaciones que promuevan acciones para el impulso de políticas públicas y de planificación estratégica alineadas con los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030 y con la Estrategia de Desarrollo Sostenible 2030, destacando, entre ellas, la contribución a la elaboración de la Ley para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI, que constituye una de las prioridades de actuación de la Política Aceleradora número 3. Vidas libres e iguales para todas, de la referida Estrategia de Desarrollo Sostenible 2030. Dichas acciones se plasman en la participación en congresos, jornadas y simposios a nivel nacional e internacional para contribuir a la implementación de las prioridades de actuación recogidas en la Estrategia de Desarrollo Sostenible 2030 citadas.

Séptimo.

Que la Secretaría de Estado para la Agenda 2030 y la Federación Plataforma por los Derechos Trans expresan su interés en colaborar conjuntamente en actividades dirigidas a promover la integración de la diversidad y promover la visibilidad y la igualdad de las personas trans como contribución a la consecución de los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030 de las Naciones Unidas.

Por todo ello, la Secretaría de Estado para la Agenda 2030 y la Federación Plataforma por los Derechos Trans acuerdan suscribir el presente convenio con sujeción a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto.

El objeto del presente convenio es articular la colaboración entre la Secretaría de Estado para la Agenda 2030 y la Federación Plataforma por los Derechos Trans para desarrollar un proceso de trabajo que recoja la integración de la diversidad en la Agenda 2030, implicando a la sociedad en su conjunto, y dirigido a promover un cambio de paradigma con respecto a la mirada social, convirtiéndola en una mirada transpositiva que se aleje de los tópicos y prejuicios asociados a las personas trans, para la transformación de la sociedad bajo criterios de inclusión e igualdad, contribuyendo asimismo a poner fin a la discriminación por orientación sexual e identidad de género y al rechazo social que sufren las personas trans. De la misma manera, se pretende también posibilitar el empoderamiento y la organización de las personas trans, como una herramienta de participación en la vida social, cultural y política de nuestro país.

Segunda. Compromisos de las partes.

1. La Secretaría de Estado para la Agenda 2030 se compromete a:

Colaborar con Federación Plataforma por los Derechos Trans en la realización de las actividades objeto de este convenio, por ser su ejecución de interés común para ambas partes, mediante la aportación de recursos económicos para la financiación de sus actividades conforme a lo previsto en la cláusula cuarta del presente convenio.

Además, participará junto con Federación Plataforma por los Derechos Trans, en el diseño y organización de las actividades, así como en las acciones necesarias para la difusión y promoción de las actividades programadas y colaborará en los actos que se realicen como consecuencia de las actividades mencionadas, que incluirá la participación presencial y/o virtual de representantes de la Secretaría de Estado para la Agenda 2030, la colaboración en el diseño y coorganización de la actividad y la difusión en los canales de la Secretaría de Estado para la Agenda 2030.

2. Federación Plataforma por los Derechos Trans se compromete a:

Colaborar con la Secretaría de Estado para la Agenda 2030, en la organización y desarrollo de las actividades objeto de este convenio, mediante la aportación de recursos económicos con cargo a sus propios presupuestos.

Conjuntamente con la Secretaría de Estado para la Agenda 2030, a asumir la preparación y coordinación de las siguientes actividades que forman parte del presente convenio:

– Elaboración de una «Guía de conceptos en identidades trans EMPODERA-T», que avance en identificación de conceptos y apoye la promoción de normativas acordes con el respeto a los Derechos Humanos de los hombres y mujeres trans y sus familias. Esta actividad comprende tareas de preparación y coordinación de los contenidos, incluyendo su diseño y maquetación, así como de impresión de 1.000 unidades que serán puestas a disposición del público en foros y actividades especializados en este ámbito, a la vez que estará disponible en plataformas digitales como «Scribd» para que resulte accesible a cualquier persona, entidad u organismo.

– Realización de actividades formativas que contribuyan al conocimiento de la realidad de las personas trans y respondan a la necesaria integración de la diversidad en la Agenda 2030. Esta actividad comprende tareas de elaboración de los materiales, coordinación de contenidos e impartición de cuatro talleres formativos on-line, que serán realizados cada quince días durante tres meses, alcanzando un público estimado de 12.000 personas Los contenidos de dichos talleres versarán sobre las siguientes temáticas: «Identidades Trans, Conceptos y tópicos asociados», «Legislación internacional y nacional sobre personas trans», «Salud Integral en las Personas Trans» y «Memoria Histórica e Integración Social de las Personas Trans».

– Coordinación de una exposición monográfica itinerante, que viajará a más de diez ciudades españolas, para visibilizar buenas prácticas en el empoderamiento y la participación activa de las personas trans, contribuyendo a la visibilización social del movimiento trans. Así mismo contará con difusión en prensa y redes sociales. Esta actividad comprende tareas de preparación y coordinación de los contenidos de la exposición, gestión logística de su itinerancia, así como labores de comunicación y difusión de la iniciativa.

– Promoción de la participación, voluntariado y asociacionismo en las personas trans a través de actividades de difusión de materiales que fomenten la Federación Plataforma por los Derechos Trans como un instrumento para incentivar la organización de las personas trans y su participación en el movimiento asociativo, con objeto de conseguir la igualdad real y efectiva entre hombres y mujeres trans y cis. Esta actividad comprende la coordinación de la preparación y realización de material para la visibilidad del colectivo trans para su puesta a disposición entre las personas trans, voluntariado y otro público participante en el conjunto de las actividades de este convenio.

Tercera. Seguimiento y control.

Para el adecuado seguimiento, coordinación, control e interpretación de lo establecido en el presente convenio se crea una Comisión de Seguimiento paritaria, integrada por dos miembros, un representante designado por la Secretaría de Estado para la Agenda 2030 y un representante designado por la Federación Plataforma por los Derechos Trans.

La Secretaria de Estado para la Agenda 2030 y la Junta Directiva de la Federación Plataforma por los Derechos Trans podrán sustituir, en el ámbito de sus competencias, a los miembros de la Comisión de Seguimiento que pierdan o cambien la condición por la que fueron designados para la misma, informando de ello a la otra parte.

La Comisión se reunirá cuantas veces considere necesario para la buena marcha de las actuaciones a desarrollar en el marco del convenio y tendrá las siguientes funciones:

a) La supervisión y control de la ejecución de las actividades contempladas en el presente convenio.

b) Acordar, de manera detallada, los términos para la ejecución de las actividades de colaboración en materia de actividades concretas, manteniendo el contenido mínimo y esencial del convenio.

c) Resolver de mutuo acuerdo las dudas y controversias que pudieran surgir con motivo del desarrollo del presente convenio.

El régimen de funcionamiento de la Comisión de Seguimiento se ajustará a lo establecido en la sección tercera del capítulo II del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Cuarta. Financiación.

La aplicación y ejecución de este convenio, incluyéndose al efecto todos los actos jurídicos que pudieran dictarse en su ejecución y desarrollo, supone un desembolso por parte de la Secretaría de Estado para la Agenda 2030 de 31.300,00 euros (treinta y un mil trescientos euros), impuestos incluidos, con cargo a la aplicación presupuestaria 29.07.921Y.226.10. La aportación estará dirigida a la financiación de las actuaciones desglosadas en el anexo I.

Por su parte, la Federación Plataforma por los Derechos Trans se compromete a aportar, con cargo a su propio presupuesto, la cantidad de 8.826,00 euros (ocho mil ochocientos veintiséis euros), impuestos incluidos, en concepto de recursos humanos, infraestructura, difusión y comunicación. La aportación estará dirigida a la financiación de las actuaciones desglosadas en el anexo I.

La aportación de la financiación comprometida por la Secretaría de Estado para la Agenda 2030 se hará efectiva a la finalización de cada una de las actividades programadas conjuntamente, tras la justificación de su efectivo cumplimiento, por parte de Federación Plataforma por los Derechos Trans, a través de la presentación de una memoria técnica y económica, y previa certificación de la Comisión de Seguimiento del convenio que acredite su realización.

Quinta. Eficacia y vigencia del convenio.

Conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el presente convenio resultará eficaz tras su inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal. Tras su inscripción en el citado Registro, se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» y extenderá su vigencia hasta seis meses después de su entrada en vigor, con la entrega del balance final de las actividades objeto de colaboración, lo cual tiene cabida dentro de los márgenes establecidos en el artículo 49.h) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

El convenio se perfeccionará por la prestación del consentimiento de las partes, que se materializará a través de la firma.

Sexta. Modificaciones del convenio.

En aplicación del artículo 49.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la modificación del contenido del presente convenio requerirá acuerdo unánime de los firmantes, en cualquier momento previo a que finalice el plazo de vigencia del convenio, debiendo seguirse los mismos trámites que para su suscripción.

Séptima. Propiedad intelectual.

Para la realización de los compromisos relativos a las actividades objeto del presente Convenio, la Federación Plataforma por los Derechos Trans se responsabilizará de gestionar todos los derechos de explotación (reproducción, transformación, distribución y comunicación pública) y demás derivados de la propiedad intelectual e industrial y de los derechos de imagen o de cualquier otro tipo necesarios para la celebración de estas actividades y para la difusión de las mismas y se compromete, asimismo, a eximir de responsabilidad a la Secretaría de Estado para la Agenda 2030 de cualquier reclamación que recibiera de terceros al respecto de la legitimidad de la titularidad de los derechos referidos anteriormente.

Para la realización de los compromisos asumidos en la cláusula segunda la Federación Plataforma por los Derechos Trans habrá gestionado y pagado a su cargo, en su caso, la cesión por parte de sus titulares de los derechos de propiedad intelectual necesarios para realizar el objeto del presente convenio durante el año 2023.

En el caso de que cualquiera de las partes realice grabaciones y ediciones de vídeos, fotos o cualquier otro material audiovisual de las actividades objeto del presente convenio, su titularidad corresponderá a la parte que lo realice, comprometiéndose dicha parte a ceder a la otra una copia del mismo. Esta cesión comportará la autorización a la otra parte para la reproducción, transformación, distribución, comunicación pública, incluida la puesta a disposición del público a través de Internet, del material audiovisual realizado en virtud del presente convenio, en todos los países y durante el tiempo más amplio permitido por la legislación vigente. Todo ello sin perjuicio de los derechos de cualquier tipo que terceras personas ostenten sobre estos materiales.

Los derechos de explotación y difusión sobre los resultados obtenidos de las actividades objeto de este convenio, en el caso de que los hubiere, serán de titularidad de las dos partes firmantes.

Octava. Difusión de la colaboración.

Las partes se comprometen a incluir y difundir la presente colaboración en todo el material divulgativo y publicitario que edite, en cualquier soporte, con motivo de la colaboración prevista en la cláusula primera del presente convenio.

La Federación Plataforma por los Derechos Trans incorporará el logo de la Secretaría de Estado para la Agenda 2030 a la documentación empleada en las actividades contempladas en el presente Convenio, así como en los actos relacionados con su objeto.

La utilización de materiales gráficos o de imagen vinculados a la colaboración se limita exclusivamente a los fines de la presente colaboración sin que ello suponga la concesión a favor ni de la Secretaría de Estado para la Agenda 2030 ni de la Federación Plataforma por los Derechos Trans, de ningún derecho, sea de la naturaleza que sea, sobre el logotipo ni sobre la marca de la contraparte, y se realizará de acuerdo con las correspondientes normas gráficas de cada una de las partes.

Las partes se obligan a que, con carácter previo a la utilización de la marca, nombre, logo, imagen corporativa, etc., de la otra, y con el alcance y fines establecidos en la presente cláusula, solicitar a la otra que le proporcione dichos elementos, así como las instrucciones para su correcto uso de acuerdo a la política de comunicación que cada una de ellas pueda tener establecidas al respecto.

Novena. Extinción del convenio.

En virtud del artículo 51 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el presente convenio se extinguirá por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto o por incurrir en causa de resolución.

Serán causas de resolución:

a) El transcurso del plazo de vigencia del convenio.

b) El acuerdo unánime de todos los firmantes.

c) El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes.

En este caso, cualquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en un determinado plazo con las obligaciones o compromisos que se consideran incumplidos. Este requerimiento será comunicado al responsable del mecanismo de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio y a las demás partes firmantes.

Si trascurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a la otra parte firmantes la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el convenio.

d) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.

e) Por cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en el convenio o en otras leyes.

Décima. Protección de datos.

Ambas partes se comprometen a cumplir la normativa vigente en materia de protección de datos actuando en este sentido conforme a lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento General de Protección ce Datos) y a la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD).

En cada caso concreto en el que sea necesario un tratamiento de datos personales como realización de vídeos, toma de fotografías, organización de eventos, etc., se determinará por escrito qué parte actuará como «responsable el tratamiento de datos» desarrollándose, en su caso, lo dispuesto en el artículo 28 del Reglamento (UE) 2016/679.

Undécima. Transparencia.

El Convenio suscrito será puesto a disposición de la ciudadanía en el correspondiente Portal de Transparencia en aplicación de lo dispuesto en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso y Buen Gobierno, y demás normativa de desarrollo de la misma.

Duodécima. Naturaleza jurídica y resolución de conflictos.

El presente convenio tiene naturaleza administrativa, de acuerdo con lo establecido en el capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Por tanto, las dudas o lagunas que puedan suscitarse en la interpretación y aplicación de este convenio se resolverán aplicado los principios contenidos en dicha Ley. Las cuestiones litigiosas que puedan suscitarse entre las partes serán competencia del orden jurisdiccional contencioso-administrativo, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

Y en prueba de conformidad con todo lo expuesto, en el ejercicio de las facultades que legalmente corresponden a cada uno de los firmantes, obligando con ello a las instituciones que representan, suscriben el presente convenio por duplicado en el lugar y fecha señalados al principio.–Por la Secretaría de Estado para la Agenda 2030, la Secretaria de Estado, Lilith Verstrynge Revuelta.–Por la Federación Plataforma por los Derechos Trans, la Presidenta, Mar Cambrollé Jurado.

ANEXO 1
Actuaciones

Aportación de la Secretaría de Estado para la Agenda 2030

Euros

Aportación de Federación Plataforma Trans

Euros

Total

Euros

Guía de conceptos en identidades trans «EMPODERAT».

Preparación y coordinación de contenidos, dirección de la publicación (diseño, maquetación e impresión de 1000 unidades) y difusión en foros especializados y a través de plataformas digitales.

4.600 918 5.518

Modulo formativo «La integración de la diversidad en la Agenda 2030».

Elaboración de materiales y coordinación de contenidos, e impartición de 4 talleres formativos on-line realizados cada 15 días durante 4 meses con un alcance estimado de 12000 personas.

11.300 2.754 14.054

Exposición monográfica «Las personas trans como sujeto empoderado en la consecución real».

Preparación y coordinación de contenidos de la exposición itinerante (más 10 ciudades españolas), gestión logística exposición y actividades de difusión y comunicación en medios.

11.500 3.036 14.536

Promoción de la participación, voluntariado y asociacionismo en las personas trans.

Coordinación de la preparación y elaboración del material para dotar de visibilidad al colectivo trans entre las personas trans, voluntariado y público participante convenio.

3.900 2.118 6.018
  Total. 31.300 8.826 40.126

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