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Documento BOE-A-2023-6309

Resolución de 23 de febrero de 2023, de la Dirección General de Modernización y Relaciones con la Administración de Justicia, de la Consellería de Justicia, Interior y Administración Pública, por la que se resuelve definitivamente el concurso de traslado entre personal funcionario de los Cuerpos y Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, convocado por Resolución de 18 de agosto de 2022.

Publicado en:
«BOE» núm. 59, de 10 de marzo de 2023, páginas 35633 a 35662 (30 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - A. Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Comunitat Valenciana
Referencia:
BOE-A-2023-6309

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente instruido como consecuencia del concurso de traslados convocado por Resolución de 18 de agosto de 2022 de la Dirección General de Modernización y Relaciones con la Administración de Justicia («Boletín Oficial del Estado» de 3 de septiembre de 2022), para cubrir plazas vacantes entre funcionarios de los Cuerpos y Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia.

Esta Dirección General, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 524 y siguientes de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, modificada por la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre y por Ley Orgánica 4/2018, de 28 de diciembre; con los artículos 43 y siguientes y la disposición derogatoria única del Reglamento de Ingreso, Provisión de puestos de trabajo y promoción profesional del personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia, aprobado por Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre; y en uso de las atribuciones conferidas en virtud del artículo 9 del Decreto 172/2020, de 30 de octubre, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Justicia, Interior y Administración Pública, ha dispuesto:

Primero.

Resolver de forma definitiva el concurso de traslado entre funcionarios/as de los Cuerpos y Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia convocado por Resolución de 18 de agosto de 2022, tal y como se relaciona en el Anexo.

Segundo.

Excluir del concurso de traslados a los funcionarios/as que se relacionan en la página web del Ministerio de Justicia (www.mjusticia.gob.es/es/ciudadanía/empleo-publico/concursos-traslados/Concurso-traslados-ordinario-Gestion-Tramitacion-Auxilio-2022).

Indicar en la página web indicada anteriormente las preferencias que se han tenido en cuenta en la resolución definitiva del concurso.

Tercero.

Declarar caducadas las instancias presentadas por los participantes en el presente concurso que no han obtenido destino, por lo que no serán tenidas en cuenta en futuros concursos de traslados.

Cuarto.

Declarar desiertas las plazas no adjudicadas en el presente concurso que se cubrirán por funcionarios de nuevo ingreso, salvo que, por necesidades del servicio, se pretendan amortizar. También podrán anunciarse nuevamente como vacantes en concurso ordinario en caso de que no se convoquen procesos selectivos o de que la oferta pública de empleo que corresponda no haga necesario el anuncio de todas las desiertas existentes.

Quinto.

Para el personal funcionario que se encuentre en activo o en servicios especiales y no reingrese en ninguno de los Cuerpos o Escalas a que se refiere el presente concurso, no incluyéndose en ese punto al personal funcionario que se encuentre reingresado provisional, el cese deberá efectuarse en las fechas que a continuación se indican: Tramitación Procesal y Administrativa, el 23 de marzo de 2023, jueves; Gestión Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial, el 30 de marzo de 2023, jueves.

Aquel personal funcionario que se encuentre desempeñando una comisión de servicios no será necesario que se desplace al órgano judicial de origen que tenga reservado para formalizar el cese, el cual le será notificado a través de su carpeta ciudadana de la Generalitat Valenciana. Una vez firmado digitalmente el cese, ese mismo día, el interesado deberá remitir una copia del mismo en formato PDF a la dirección de correo electrónico rrhh_justicia.comisionesdeservicio@gva.es, y en el asunto indicar: Finalización comisión servicios concurso 2022. El plazo posesorio que corresponde disfrutar a estos funcionarios se contará teniendo en cuenta la localidad del puesto que está desempeñando efectivamente en comisión, no la del que tuviera reservado, y la localidad del obtenido en el concurso.

Sexto.

La toma de posesión del nuevo destino obtenido por concurso, para el personal funcionario indicado en el punto anterior, se producirá en los tres días hábiles siguientes al cese, si no hay cambio de localidad del funcionario, o en los ocho días hábiles siguientes si implica cambio de localidad dentro de la Comunidad Autónoma, y veinte días hábiles siguientes si implica cambio de Comunidad Autónoma, con excepción de la Comunidad Autónoma de Canarias, Comunidad Autónoma de Illes Balears, Ciudad de Ceuta y Ciudad de Melilla, en que el plazo será de un mes, tanto si el puesto de trabajo en las islas o en las ciudades es el de origen como si es el de destino. La formalización del cese y el cómputo de los plazos posesorios se producirá cuando finalicen los permisos o licencias, incluidos los de vacaciones, que hayan sido concedidos a los interesados/as en cuyo caso, el cese se formalizará el mismo día de la incorporación del funcionario/a a su puesto de trabajo, comenzando ese mismo día, de conformidad con lo dispuesto en la Base Décima de la Resolución de 18 de agosto de 2022 por la que se convoca el concurso y en el artículo 52.2 del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, a contarse el plazo posesorio correspondiente. Efectuada la toma de posesión, el plazo posesorio se considerará como de servicio activo a todos los efectos. El plazo posesorio será retribuido por la Administración competente respecto a la plaza obtenida en concurso.

Séptimo.

Si la Resolución comporta reingreso al servicio activo a la Administración de Justicia en los Cuerpos o Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa o Auxilio Judicial, procedentes desde las situaciones administrativas de excedencia voluntaria por el cuidado de familiares, excedencia voluntaria por prestación de servicios en el sector público, excedencia voluntaria por interés particular, excedencia voluntaria por agrupación familiar o suspensión de funciones, incluyéndose en este punto a los funcionarios que se encuentren adscritos provisionales, el plazo posesorio será de veinte días hábiles y deberá de computarse desde el día de la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado». Este plazo posesorio no será retribuido.

En el caso de que el personal funcionario reingresado por medio del presente concurso se encontrara adscrito provisional en el Cuerpo o Escala donde reingresan o en activo en otro Cuerpo o Escala de la Administración de Justicia y no quisiera que se interrumpiera su relación de servicio con la Administración de Justicia, bastará con que, dentro del plazo posesorio de veinte días hábiles tomen posesión en el nuevo Cuerpo o Escala, teniéndolo por cesado en su antiguo destino con la fecha inmediatamente anterior a la de su posesión en la nueva plaza de reingreso. Para ello, dada la necesidad de contar con el tiempo indispensable para efectuar la toma de posesión, podrán solicitar a esta Dirección General a través de la dirección de correo electrónico concursosjust@gva.es, un permiso retribuido de dos días hábiles si hay cambio de localidad, salvo aquellos casos que hayan de desplazarse a Canarias, Islas Baleares o Ceuta y Melilla, en cuyo caso el permiso podrá ser de hasta tres días hábiles, debiendo disfrutarse, en cualquier caso, dentro del plazo posesorio. La toma de posesión en el nuevo destino se efectuará durante los días de permiso indicados.

Por la Comunidad Autónoma competente, o la Gerencia Territorial que corresponda, se les concederá la excedencia de oficio en el Cuerpo o Escala de procedencia si ésta se produce en un Cuerpo o Escala al servicio de la Administración de Justicia, en cuyo destino se les tendrá por cesados con la fecha anterior a la de su posesión en los Cuerpos o Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa o Auxilio Judicial, al objeto de evitar la interrupción en la percepción de sus haberes. La notificación de dicha excedencia se efectuará a través de la carpeta ciudadana de la Generalitat Valenciana.

Octavo.

Con carácter general, el personal funcionario interino que actualmente ocupe las plazas que han sido adjudicadas, cesará el 23 de marzo de 2023, en el caso del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa y el día 30 de marzo en el caso de los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial, salvo supuestos excepcionales a determinar por esta Dirección General, que serán notificados individualmente a cada órgano judicial afectado.

No obstante, en los casos de funcionarios que reingresen al servicio activo como consecuencia de la resolución del concurso y de funcionarios adscritos provisionales que, igualmente, obtengan destino como consecuencia de la resolución del concurso, y tomen posesión en fechas distintas a las citadas anteriormente, los funcionarios interinos afectados cesarán con motivo de dichas tomas de posesión.

Noveno.

La notificación de los documentos de cese derivados del concurso de traslados (F3T) se efectuará a través de la carpeta ciudadana de la Generalitat Valenciana. Una vez firmado digitalmente el cese, el interesado deberá remitir una copia del mismo en formato PDF a la dirección de correo electrónico concursosjust@gva.es, y en el asunto indicar: Cese concurso 2022.

Los documentos de toma de posesión (F1T) serán remitidos por esta Dirección General a las direcciones de correo electrónico corporativo de los órganos judiciales en los que los funcionarios adjudicatarios hayan obtenido destino. Para su formalización deberán ser firmados digitalmente, dentro del plazo posesorio, por los interesados que deberán remitir una copia, en formato PDF, a la dirección de correo electrónico concursosjust@gva.es. Aquellos funcionarios que, por causas debidamente justificadas, no puedan firmar digitalmente el documento de toma de posesión podrán proceder a la firma manual del mismo debiendo remitir una copia, en formato PDF, a la dirección de correo electrónico concursosjust@gva.es.

Los documentos de cese de los funcionarios interinos (F3T) serán notificados a los interesados a través de la carpeta ciudadana de la Generalitat Valenciana. Una vez firmado digitalmente el cese deberán remitir una copia en formato PDF a la dirección de correo electrónico interinos_rrhhdgj@gva.es.

Décimo.

Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la Dirección General de Modernización y Relaciones con la Administración de Justicia, en el plazo de un mes, según lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Valencia, en el plazo de dos meses, según lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa; a contar desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Valencia, 23 de febrero de 2023.–La Directora General de Modernización y Relaciones con la Administración de Justicia, Angels Bixquert Sanz.

ANEXO

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ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 23/02/2023
  • Fecha de publicación: 10/03/2023
  • Resolución.

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