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Documento BOE-A-2023-25409

Resolución de 21 de noviembre de 2023, de la Secretaría General de Coordinación Territorial, por la que se publica el Acuerdo de 16 de noviembre de 2023, de la Comisión Bilateral de Cooperación Aragón-Estado, en relación con la Ley 7/2023, de 23 de febrero, de medidas para la implantación y desarrollo en Aragón de tecnologías en la nube (tecnologías cloud).

Publicado en:
«BOE» núm. 298, de 14 de diciembre de 2023, páginas 165436 a 165437 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática
Referencia:
BOE-A-2023-25409

TEXTO ORIGINAL

Conforme a lo establecido en el artículo 33 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, modificado por la Ley Orgánica 1/2000, de 7 de enero, esta Secretaría General dispone la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del Acuerdo que se transcribe como anexo a la presente Resolución.

Madrid, 21 de noviembre de 2023.–La Secretaria General de Coordinación Territorial, Miryam Álvarez Páez.

ANEXO
Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Aragón-Estado en relación con la Ley 7/2023, de 23 de febrero, de medidas para la implantación y desarrollo en Aragón de tecnologías en la nube (tecnologías cloud)

La Comisión Bilateral de Cooperación Aragón-Estado ha adoptado el siguiente Acuerdo:

I. De conformidad con las negociaciones previas mantenidas por el Grupo de Trabajo constituido en cumplimiento de lo previsto en el Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de Aragón para el estudio y propuesta de solución de las discrepancias competenciales manifestadas en relación con los artículos 26 y 34 de la Ley 7/2023, de 23 de febrero, de medidas para la implantación y desarrollo en Aragón de tecnologías en la nube (tecnologías cloud), ambas partes consideran solventadas las mismas conforme a los siguientes compromisos y consideraciones:

1.º En relación con el artículo 26, ambas partes consideran solventadas las discrepancias en razón del compromiso que asume la Comunidad Autónoma de Aragón de promover la correspondiente modificación legislativa, dando al apartado segundo de dicho precepto la siguiente redacción literal:

«2. La obtención de la calificación de Solución Cloud Certificada de Aragón podrá recogerse como criterio de valoración en las bases reguladoras de subvenciones y ayudas que el sector público autonómico pueda aprobar en materia de sociedad de la información y nuevas tecnologías. Asimismo, podrá recogerse como criterio de valoración o preferencia en las disposiciones que pongan en marcha otras medidas de fomento cuando esté relacionado con su objeto. El cumplimiento de los requisitos ligados a la calificación, acreditado a través de la propia Solución Cloud Certificada de Aragón o por cualquier otro medio válido en derecho que proporcione un grado de fiabilidad equivalente, podrá tomarse en consideración en los procedimientos de contratación del sector público de Aragón, en el marco de los pliegos de prescripciones técnicas, de los criterios de adjudicación, de las condiciones de especiales de ejecución, o a los efectos de verificar la solvencia de los licitadores, en los términos establecidos por la legislación básica de contratos del sector público.»

2.º Respecto a la controversia suscitada en relación al artículo 34 ambas partes estiman procedente que, por parte del Gobierno de Aragón, se promueva la correspondiente modificación legislativa a fin de precisar que en los planes de estudios de las enseñanzas universitarias la función de los órganos competentes de la Comunidad Autónoma se ceñirá a impulsar o fomentar en los mismos la inclusión de materias relacionadas con las tecnologías en la nube.

II. En razón al acuerdo alcanzado, ambas partes coinciden en considerar resueltas las discrepancias manifestadas y concluida la controversia planteada.

III. Comunicar este Acuerdo al Tribunal Constitucional, a los efectos previstos en el artículo 33.2 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, así como insertar el presente Acuerdo en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Boletín Oficial de Aragón».

La Ministra de Política Territorial, Isabel Rodríguez García.–La Consejera de Presidencia, Interior y Cultura, Tomasa Hernández Martín.

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