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Documento BOE-A-2022-9964

Resolución de 9 de junio de 2022, de la Subsecretaría, por la que se publica la Adenda de modificación y prórroga del Convenio entre el Instituto Social de la Marina y la Sociedad de Salvamento y Seguridad Marítima, sobre evacuaciones médicas en el mar.

Publicado en:
«BOE» núm. 142, de 15 de junio de 2022, páginas 82830 a 82832 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática
Referencia:
BOE-A-2022-9964

TEXTO ORIGINAL

La Directora del Instituto Social de la Marina y el Presidente de la Entidad Pública Empresarial Sociedad de Salvamento y Seguridad Marítima, han suscrito una Adenda de modificación y prórroga del Convenio sobre evacuaciones médicas en el mar.

Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del referido convenio como anexo a la presente resolución.

Madrid, 9 de junio de 2022.–El Subsecretario de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática, Alberto Herrera Rodríguez.

ANEXO
Adenda de modificación y prórroga del Convenio entre el Instituto Social de la Marina y la Sociedad de Salvamento y Seguridad Marítima sobre evacuaciones médicas en el mar

23 de mayo de 2022.

COMPARECEN

De una parte, en nombre y representación del Instituto Social de la Marina, Entidad Gestora de la Seguridad Social, organismo con personalidad jurídica propia, su Directora, doña Elena Martínez Carqués, nombrada por Orden ISM/986/2021, de 7 de septiembre, del Ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, en virtud de las competencias que le atribuye el artículo 7.2 del Real Decreto 504/2011, de 8 de abril, de estructura orgánica y funciones del Instituto Social de la Marina, y de acuerdo, asimismo, con lo señalado en el artículo 48.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Y de otra parte, la Entidad Pública Empresarial Sociedad de Salvamento y Seguridad Marítima, y en su nombre y representación, su Presidente y Director General de la Marina Mercante, don Benito Núñez Quintanilla, nombrado mediante Real Decreto 626/2018, de 22 de junio, en aplicación del artículo 271 del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre.

Intervienen en función de sus respectivos cargos y en el ejercicio de las facultades que tienen conferidas en nombre de las entidades que representan,

EXPONEN

Primero.

Que con fecha de 19 de abril de 2018 la Entidad Pública Empresarial Sociedad de Salvamento y Seguridad Marítima y el Instituto Social de la Marina han suscrito convenio sobre las evacuaciones médicas en el mar, al amparo de lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, con un plazo de duración de cuatro años que finalizará el próximo 25 de mayo de 2022.

Segundo.

Que la cláusula Novena del citado convenio prevé la prórroga del mismo, por un periodo máximo de otros cuatro años mediante acuerdo expreso de las partes, que habrá de suscribirse antes de su finalización.

Tercero.

Al objeto de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 49.d) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, es necesario introducir al convenio dos cláusulas, la Undécima, relativa a «Financiación» y la Duodécima sobre Protección de Datos, conforme al Reglamento (UE) 2016/679, General de Protección de Datos, y la Ley Orgánica 3/2018, de Protección de Datos Personales.

Por todo lo anteriormente expuesto, las partes acuerdan suscribir la presente Adenda de modificación y prórroga de este convenio, que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Financiación.

Se incluye una nueva cláusula, Undécima, sobre Obligaciones y compromisos económicos asumidos, con el siguiente tenor:

«Undécima.

El compromiso de gasto asumido por el lSM, si bien dependerá de los servicios que efectivamente se requieran y se presten por SASEMAR y de las correspondientes tarifas vigentes (actualmente, los precios son los fijados en la Orden FOM/1634/2013, de 30 de agosto), a su vez actúa como el importe máximo de los compromisos económicos-presupuestarios que puede asumir.

Se estima un importe máximo de trescientos mil euros (300.000,00 euros) exento de IVA, a fin de hacer frente a las obligaciones contraídas durante el periodo de vigencia de la prórroga del convenio (cuatro años), distribuidos en las siguientes anualidades:

– Ejercicio 2022: 43.750,00 euros.

– Ejercicio 2023: 75.000,00 euros.

– Ejercicio 2024: 75.000,00 euros.

– Ejercicio 2025: 75.000,00 euros.

– Ejercicio 2026: 31.250,00 euros.

Con cargo a la rúbrica presupuestaria 2325-2552-03 del Presupuesto de gastos del ISM de acuerdo con lo previsto en la legislación presupuestaria.»

Segunda. Protección de Datos.

Se incluye una nueva cláusula, Duodécima, sobre «Protección de datos», con el siguiente tenor:

«Las partes se comprometen a cumplir, en los términos que sea de aplicación, lo establecido en el Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, así como en las disposiciones de desarrollo que se dicten.»

Tercera. Prórroga del Convenio.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 49.h) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, y de conformidad con la cláusula novena del convenio entre la Sociedad de Salvamento y Seguridad Marítima y el Instituto Social de la Marina sobre evacuaciones médicas en el mar, suscrito el 19 de abril de 2018, y con eficacia desde el día de su publicación en el BOE (26 de mayo de 2018), se prorroga dicho convenio por un periodo de cuatro años, a computar desde el día 26 de mayo de 2022, previa inscripción de la presente adenda en el Registro electrónico estatal de órganos e instrumentos de cooperación del sector público estatal. Así mismo, la referida adenda se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», de acuerdo con lo establecido en el artículo 48 y el apartado 2 de la disposición adicional séptima de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.

Y en prueba de conformidad, suscriben el presente documento mediante firma electrónica, en el lugar donde se encuentran sus respectivas sedes.–La Directora del Instituto Social de la Marina, Elena Martínez Carqués.–El Presidente de la Entidad Pública Empresarial Sociedad de Salvamento y Seguridad Marítima, Benito Núñez Quintanilla.

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